Norma Legal Oficial del día 12 de Mayo del año 2010 (12/05/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

418809

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal; siendo competentes, entre otros, para aprobar su organizacion interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el articulo 192 de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional y el articulo 2 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus leyes modificatorias. Que, se hace necesario fijar las Remuneraciones del Presidente y Vicepresidente, asi como las Dietas de los Consejeros Regionales para el periodo 2010. Que, el articulo 15, Inc. "f" de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus Leyes modificatorias, establece la atribucion del Consejo Regional para fijar la remuneracion del Presidente y Vicepresidente, asi como las Dietas de los Consejeros Regionales. Que, los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir dietas, conforme a lo dispuesto por el articulo 19 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, mediante el articulo 5 del Decreto de Urgencia N° 019-2006, se establece que los Presidentes de los Gobiernos Regionales percibiran por todo concepto, la compensacion por el ejercicio de sus funciones que fije el Consejo Regional correspondiente, la misma que no excedera la suma de S/. 14,300.00 (CATORCE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES). Que, mediante Decreto de Urgencia N° 038-2006, se modifican algunos articulos de la Ley Nº 28212, entre otros, el articulo 5 De las Dietas, 5.2 senalando en cuanto a las Dietas de los Consejeros que: Los Consejeros Regionales reciben unicamente dietas, segun el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales, de conformidad con lo que dispone la Ley Organica de Gobiernos Regionales. En ningun caso, dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%), de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional. Que, mediante el articulo 2 del Decreto de Urgencia N° 038-2006, se establecen los topes de ingresos, senalando que: Ningun funcionario o servidor publico que presta servicios al Estado, bajo cualquier forma o modalidad contractual y regimen laboral, con excepcion del Presidente de la Republica, percibira ingresos mensuales mayores a 6 (SEIS), Unidades de Ingreso del Sector Publico, salvo en los meses en que corresponda las gratificaciones o aguinaldos de MORDAZA y diciembre. Que, mediante Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, se establece la prohibicion de incremento de remuneraciones y dietas. Que, mediante Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Vicepresidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, cumple funciones de Presidente Regional, por encargatura y en su reemplazo, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo. Dentro de la estructura institucional, esta considerado como alto funcionario con los topes remunerativos referidos en el articulo 2 del Decreto de Urgencia N° 038-2006, el mismo que se encuentra sujeto a la decision del Consejo Regional. Que, el Consejo Regional en Sesion, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por mayoria, ha determinado fijar las remuneraciones del Presidente y Vicepresidente, asi como fijar las dietas de los Consejeros Regionales para el periodo 2010; por lo que, se hace necesario la emision del correspondiente acuerdo. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR, la Remuneracion mensual del Presidente Regional en la suma de S/. 14,300.oo (CATORCE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) y la Remuneracion mensual del Vicepresidente Regional en la suma de S/. 13,500.oo (TRECE MIL QUINIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), para el periodo 2010. Tal y conforme al ano proximo pasado. Articulo Segundo.- FIJAR, las Dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente Regional, que equivale a S/. 4,290.oo (CUATRO

MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), para el periodo 2010. Tal y conforme al ano proximo pasado. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de enero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional DILLMAN MORDAZA MORDAZA Secretario 491859-1

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban propuesta de Modificacion del CAP del Proyecto Especial Alto MORDAZA (PEAM)
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2010-GRSM/CR Moyobamba, 20 de MORDAZA de 2010 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, el articulo 5º de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es mision de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, establece que el Cuadro para Asignacion de Personal, contiene la correcta definicion de los cargos y plazas organicas que se preven como necesarias para el normal funcionamiento de la Entidad a partir de la Estructura Organica aprobada en su Reglamento de Organizacion y funciones; Que, conforme Oficio Nº 159-2009-GRSM-PEAM-06.00, del 30 de diciembre del 2009, el Gerente General del Proyecto Especial Alto MORDAZA ­ PEAM, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el proyecto del Cuadro de Asignacion de Personal ­ CAP, del Proyecto Especial Alto MORDAZA, de acuerdo al Decreto supremo N° 043-2004-PCM; Que, Nota Informativa Nº 006-2010-GRSM/GRPPAT/SGR, de fecha 19 de enero del 2010, la Sub Gerencia de Racionalizacion, explica que el Cuadro de Asignacion de Personal CAP, ha sido elaborado con la finalidad de dar cumplimiento a las Sentencias Judiciales emitidas por la Sala Civil de San MORDAZA, a favor de los servidores: 1) SR. MORDAZA MORDAZA Rojas; 2) Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 3) Sra. MORDAZA MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.