Norma Legal Oficial del día 21 de Mayo del año 2010 (21/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Declaran en abandono solicitud de autorizacion para traslado fisico con innovacion tecnologica de establecimientos industriales pesqueros presentada por CFG Investment S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 219-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 07 de MORDAZA del 2010 Visto el escrito de registro N° 00104608-2009 del 30 de diciembre del 2009, presentado por CFG INVESTMENT S.A.C. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 096-2008PRODUCE/DGEPP del 15 de febrero de 2008, se aprobo a favor de CFG INVESTMENT S.A.C., el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a PESQUERA EL MORDAZA S.A., por Resolucion Ministerial N° 349-94-PE, para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero a traves de su planta de harina de pescado con una capacidad de 19 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Jr. Huancavelica N° 1161, Pueblo Joven MORDAZA Baja, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que, por Resolucion Directoral N° 783-2009-PRODUCE/ DGEPP de fecha 2 de octubre del 2009, se aprobo a favor de CFG INVESTMENT S.A.C., el cambio del titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado convencional, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 289-96-PE, a la empresa ALIMENTOS MARITIMOS S.A., modificada en su titularidad por la Resolucion Directoral N° 053-2005PRODUCE/DNEPP, para PESQUERA MARU S.A.C., en el establecimiento industrial pesquero ubicado en el MORDAZA San MORDAZA N° 108 - MORDAZA Baja, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que, mediante el escrito del visto, CFG INVESTMENT S.A.C., solicita autorizacion para el traslado fisico con innovacion tecnologica de los establecimientos industriales pesqueros cuyo permiso de pesca fueron otorgados por las Resoluciones mencionadas en los dos primeros considerandos, hacia el establecimiento industrial pesquero ubicado en Lote acumulado A-D con frente a Pasaje Comun MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA (planta Chimbote Sur), adjuntando documentos relacionados con el procedimiento N° 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; Que, mediante Oficio N° 00651-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 03 de febrero del 2010, se comunico al administrado que alcance el Protocolo Sanitario para la Autorizacion de traslado fisico de dos plantas de procesamiento pesquero para la instalacion de una nueva planta de procesamiento pesquero de harina de pescado de alto contenido proteinico con capacidad acumulada de 61 t/h de procesamiento, asimismo, precisar las facultades que lo habilitarian para efectos de traslado y fusion de las plantas de harina de pescado solicitado y precise la direccion exacta del MORDAZA establecimiento industrial pesquero a instalarse; otorgandose un plazo no mayor de diez (10) dias habiles, para subsanar las observaciones MORDAZA citadas; caso contrario se procedera de acuerdo a la normatividad vigente; Que, el articulo 191° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que en

los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta dias, la autoridad de Oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento. Dicha resolucion debera ser notificada y contra MORDAZA procederan los recursos administrativos pertinentes; Que, CFG INVESTMENT S.A.C., no ha cumplido con subsanar las observaciones anotadas en el Oficio N° 00651-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi, dentro del plazo establecido del mismo, lo que ha significado la paralizacion del procedimiento por mas de treinta (30) dias, a pesar de encontrarse debidamente notificada segun consta en el cargo de recepcion que obra en el expediente y de conformidad al articulo 191° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, por lo cual deviene en abandono la solicitud presentada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe N° 090-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi, MORDAZA con Informe N° 2192010-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el articulo 191° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar en abandono la solicitud de autorizacion para el traslado fisico con innovacion tecnologica de los establecimientos industriales pesqueros cuyo permiso de pesca fueron otorgados por Resolucion Ministerial N° 349-94-PE modificada por Resolucion Directoral N° 096-2008-PRODUCE/DGEPP y la Resolucion Ministerial N° 289-96-PE modificada por Resolucion Directoral N° 783-2009-PRODUCE/DGEPP; presentada por CFG INVESTMENT S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion del Gobierno Regional de MORDAZA, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de personas naturales
RESOLUCION DIRECTORAL N° 223-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 07 de MORDAZA del 2010 Visto: Los escritos con Registro Nº 00022463 de fechas 17 y 23 de marzo de 2010, presentados por la senorita MORDAZA MORDAZA MAQUEN FIESTAS. CONSIDERANDO : Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE del 20 de febrero del 2007, sustituye el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, estableciendo que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones sujetas al Regimen de la Ley Nº 26920, se efectuaran

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