Norma Legal Oficial del día 21 de Mayo del año 2010 (21/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2010

mediante Ordenanza Nº 1099-MML publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12 de diciembre del 2007, de Comercio Zonal (CZ) a Educacion Superior Universitaria (E3), del predio de propiedad de la Universidad de San MORDAZA de Porres, ubicado con frente a la Av. MORDAZA MORDAZA, cuya area es de 39,671.32 m2 constituido por el Lote 1 de la Manzana Unica de la Habilitacion MORDAZA del Ex Fundo Mayorazgo Chico. Articulo Segundo.- Disponer que en el MORDAZA de Licencia de Habilitacion MORDAZA y de Edificacion correspondientes, el propietario del predio mencionado en el articulo precedente debera respetar la seccion vial normativa y la adecuacion de los accesos y salidas desde y hacia el establecimiento universitario, con la finalidad de mantener el libre MORDAZA por la totalidad de la seccion vial de la Av. MORDAZA Prado. Articulo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificacion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, incorpore en el Plano de Zonificacion del Distrito de Ate, la modificacion aprobada en el Articulo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA, a los 14 MAY 2010 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

reingreso la solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 0208MDI, que derogo la Ordenanza Nº 0200-MDI inicialmente enviada a ratificar, a traves de la cual establece los montos por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2010. Que, mediante Ordenanza Nº 607, publicada el 24.03.2004, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA establecio un MORDAZA procedimiento para la ratificacion de las ordenanzas tributarias, cuya Sexta Disposicion Final indica que sus disposiciones seran de aplicacion para la tramitacion de los procedimientos de ratificacion de ordenanzas tributarias distritales que aprueban derechos, por lo que corresponde que la presente solicitud sea tramitada segun lo establecido en dicha Ordenanza. Que, el Servicio de Administracion Tributaria ha procedido a la evaluacion legal y tecnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 607, emitiendo la Gerencia de Asuntos Legales del SAT el Informe Tecnico Legal Nº 004-18100000147 de fecha 04.05.2010, con opinion favorable, el mismo que concluye en lo siguiente: 1. La Ordenanza Nº 0208-MDI, mediante la cual la Municipalidad Distrital de Independencia establece los montos por concepto de derecho de emision mecanizada del impuesto predial correspondientes al ejercicio 2010, se encuentra conforme con las disposiciones sobre la materia recogidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal. 2. El monto por concepto del derecho de emision mecanizada del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2010 exigible a los contribuyentes por el primer predio asciende a S/. 3.23; y por cada predio adicional un monto equivalente a S/. 0.22, los cuales han sido determinados de acuerdo al costo efectivo de la prestacion del servicio. 3. De la evaluacion tecnica efectuada se ha considerado que los costos establecidos en la Ordenanza Nº 0208-MDI han sido determinados siguiendo los lineamientos de la Directiva Nº 001-006-00000001, cumpliendo por tal motivo con los requisitos tecnicos requeridos para tal efecto. Asimismo, se ha verificado que los ingresos anuales estimados por el servicio de emision mecanizada del impuesto predial cubren el 99.94% de los costos respectivamente. 4. La procedencia de la aplicacion de la Ordenanza Nº 208-MDI se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicacion del texto integro de la citada MORDAZA, en especial de la MORDAZA version de sus Anexos que contienen los MORDAZA de estructura de costos y estimacion de ingresos, respectivamente. 5. Sin perjuicio de lo MORDAZA mencionado, en aplicacion del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades y lo establecido en las Sentencias recaidas en los Expedientes Nº 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, las ordenanzas que aprueban tributos municipales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad; por lo que su aplicacion sin la publicacion del Acuerdo de Concejo Metropolitano o sin la ratificacion provincial correspondiente resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva. 6. Cabe precisar que tambien es responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad la aplicacion estricta de las disposiciones contenidas en la ordenanza en ratificacion, cuya fiscalizacion se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. 7. El analisis tecnico legal realizado se baso en la documentacion presentada por la Municipalidad Distrital de Independencia, teniendo dicha informacion el caracter de declaracion jurada segun lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2º de la Ordenanza Nº 607 que regula el procedimiento de ratificacion de Ordenanzas distritales para la provincia de Lima. 8. Finalmente, corresponde senalar que en la medida que la ordenanza en ratificacion se encuentra conforme con las disposiciones tecnicas y legales vigentes, el SAT emite opinion tecnico legal favorable en este caso. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en su Dictamen Nº 128-2010-MML-CMAEO: ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 208-MDI, que fija el monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2010 en el Distrito de Independencia, dado que cumple con las

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Ratifican la Ordenanza Nº 208-MDI que fija monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial correspondiente al Ejercicio 2010 en el distrito de Independencia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 185
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2010 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de MORDAZA del 2010, el Informe Nº 004-181-00000147 del 04 de MORDAZA del 2010 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria, emite opinion tecnico y legal favorable con relacion a la solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 0208-MDI, que fija el monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2010 en el Distrito de Independencia. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales, estas deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion. Que asimismo, la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio (S/. 14.40). Que, en el caso de la Provincia de MORDAZA, a traves del Edicto Nº 227 se otorgo al Servicio de Administracion Tributaria, la facultad de emitir opinion tecnico legal acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que MORDAZA sometidas a la ratificacion del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA . Que, mediante Oficio Nº 073-2010-GSG/MDI de fecha 30.04.2010, la Municipalidad Distrital de Independencia

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