Norma Legal Oficial del día 21 de Mayo del año 2010 (21/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2010

Ordenanza en ratificacion, cuya fiscalizacion se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. 7. Es preciso senalar que el analisis tecnico realizado se baso en la documentacion presentada por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, teniendo dicha informacion el caracter de declaracion jurada segun lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2° de la Ordenanza N° 607 que regula el procedimientos de ratificacion de ordenanzas distritales para la Provincia de Lima. 8. Finalmente, corresponde senalar que, en la medida que la Ordenanza en ratificacion se encuentra conforme a las disposiciones tecnicas y legales vigentes, el Servicio de Administracion Tributaria, emite opinion tecnico legal favorable en el presente caso. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en su Dictamen N° 129-2010-MML-CMAEO; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar los 101 derechos correspondientes a un total de 77 procedimientos y servicios administrativos, que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenidos en la Ordenanza N° 103-MDSL de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que aparecen detallados en el Anexo N° 1 del Informe N° 004181-00000148 del Servicio de Administracion Tributaria. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionada al cumplimiento de su publicacion y de la Ordenanza N° 103-MDSL; asi como del Anexo Nº 1 que contiene el listado de los derechos de tramite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el MORDAZA legal vigente. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Luis. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2° de la Ordenanza N° 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

prorrogo la vigencia de la mencionada hasta el 30 de MORDAZA del 2010; Que, el informe de la Gerencia de Rentas senala que resulta necesario prorrogar la vigencia de la mencionada Ordenanza, a fin de brindar acceso a un mayor numero de contribuyentes del distrito de Ancon, en especial a los propietarios y/o posesionarios de los Asentamientos Humanos; Que, la Cuarta Disposicion Final de la Ordenanza Nº 206-MDA, senala que la Alcaldesa se encuentra facultada a dictar mediante Decreto de Alcaldia las disposiciones complementarias para el correcto cumplimiento de la presente Ordenanza y/o disponer la prorroga de su vigencia total o parcialmente; Que, estando a lo expuesto y en uso de sus facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de la vigencia de la Ordenanza Nº 206-MDA hasta el 18 de junio del 2010. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOBIN MORDAZA Alcaldesa

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MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Establecen normas sobre propaganda electoral en el distrito
ORDENANZA Nº 117-2010-MDC
Cieneguilla, 13 de MORDAZA de 2010. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Cieneguilla en sesion ordinaria de la fecha. VISTOS: El Memorando Nº 84-2010-GM-MDC de fecha 12 de marzo del 2010 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 48-2010-GAJ-MDC de fecha 17 de marzo del 2010 de la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el numeral 17 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, establece que toda persona tiene derecho a participar en forma individual o asociada en la MORDAZA politica de la nacion y los ciudadanos tienen derecho a la eleccion de las autoridades. Que, el articulo 31º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos publicos, y el derecho de ser elegidos y elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por Ley Organica. El derecho al MORDAZA y el goce de su capacidad civil. La ley establece los mecanismos para garantizar la neutralidad estatal durante los procesos electorales y la participacion ciudadana. Es nulo y punible todo acto que prohiba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos. Que, el numeral 8 del articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y son competentes para desarrollar y regular actividades de conservacion del medio ambiente, patrimonio cultural historico, asi como el uso de los bienes publicos y la propiedad privada. Que, el articulo 40 de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Ordenanzas son normas de caracter

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MUNICIPALIDAD DE ANCON
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 206-MDA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004- 2010- A/MDA
Ancon, 30 de MORDAZA del 2010 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON; VISTOS: Informe Nº 31-2010-MDA/GR de fecha 30 de MORDAZA del 2010 de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica, concordado con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, disponen que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los MORDAZA de su competencia; Que, mediante la Ordenanza Nº 206-MDA de fecha 29 de enero del 2010, se aprobo el otorgamiento de beneficios tributarios extraordinarios de regularizacion tributaria y administrativa, la misma que tendria vigencia hasta el dia 31 de marzo del 2010; asimismo por Decreto de Alcaldia Nº 002-2010-A/MDA de fecha 29 de marzo del 2010, se

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