Norma Legal Oficial del día 27 de Mayo del año 2010 (27/05/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

419598

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2010

estacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en el distrito, provincia y departamento de Lambayeque; Que, mediante Expediente Nº 1999-00140007, la referida empresa solicito la inspeccion tecnica de su estacion de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, a fin que se le otorgue la respectiva autorizacion por diez (10) anos; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables; Que, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento en mencion, precisa que los procedimientos administrativos referidos a los servicios de radiodifusion iniciados MORDAZA de la vigencia de la Ley Nº 28278, se rigen por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, el articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, posteriormente articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que dentro del periodo de instalacion y prueba, el titular instalara los equipos requeridos para la respectiva prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas, que seran verificadas por el organo competente; Que, el articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, posteriormente articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion, se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, con Informe Nº 0953-99-MTC/15.19.03.3, del 09 de diciembre de 1999, la entonces Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas da cuenta de la inspeccion tecnica efectuada a la estacion autorizada, mediante la cual se verifico que la administrada no cuenta con instalacion para el funcionamiento de una estacion de radiodifusion sonora en Onda Media (OM); Que, con fecha 21 de MORDAZA de 2005, se publico la Ley Nº 28586, la cual en su Primera Disposicion Complementaria y Final establece que los titulares de autorizaciones y licencias de servicios de radiodifusion tendran un plazo adicional de regularizacion de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la vigencia de dicha ley, para acreditar la operatividad de sus respectivas estaciones; Que, toda vez que, mediante Informe Nº 979-2000MTC/15.19.03.3, la entonces Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas dio cuenta que en la inspeccion tecnica efectuada el 03 de MORDAZA de 2000 la estacion contaba con el equipamiento necesario y operaba el servicio, el incumplimiento de sus obligaciones del periodo de instalacion y prueba quedo regularizado en virtud al beneficio contenido en la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28586; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 413-2005MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Onda Media (OM) para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Chiclayo ­ Ferrenafe ­ MORDAZA, incluyendose en esta al distrito, provincia y departamento de Lambayeque; Que, con Informe Nº 1743-2010-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que es procedente otorgar a UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA GALLO, autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 554-97-MTC/15.19, y que por lo tanto, debera culminar el 09 de noviembre de 2017, plazo computado desde el dia siguiente de la publicacion de la citada resolucion; De conformidad con el Reglamento de la Ley General de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, modificado por el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; el Reglamento de la

Ley de Radio y Television, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; y la Resolucion Viceministerial Nº 23698-MTC/15.03, y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA GALLO, autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Chiclayo ­ Ferrenafe ­ MORDAZA, departamento de Lambayeque. Articulo 2º.- El plazo de vigencia de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 554-97-MTC/15.19, computandose a partir del dia siguiente de la publicacion de dicha resolucion, el cual vencera el 09 de noviembre de 2017. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 3º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

497832-1

Otorgan renovacion de permiso de operacion de aviacion comercial a la compania Servicios Aereos de los Andes S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 109-2010-MTC/12
MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2010 Vista la solicitud de la compania SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., sobre Renovacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ MORDAZA, Fotografia, Publicidad, Inspeccion y Vigilancia, Defensa y Proteccion a la Fauna, Prospeccion, Carga Externa, Combate de Incendios; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Directoral N° 0652006-MTC/12 del 25 de MORDAZA del 2006, modificada por la Resolucion Directoral Nº 040-2008-MTC/12 del 29 de febrero del 2008, se otorgo a la compania SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ MORDAZA, Fotografia, Publicidad, Inspeccion y Vigilancia, Defensa y Proteccion a la Fauna, Prospeccion, Carga Externa, Combate de Incendios por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 26 de MORDAZA del 2006; Que, mediante Documento de Registro N° 2010002665 del 22 de enero del 2010, la compania SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. solicito la Renovacion de su Permiso de Operacion; Que, segun los terminos del Memorando N° 1132010-MTC/12, Informe Nº 250-2010-MTC/12.07.CER e Informe Nº 036-2010-MTC/12.07.PEL; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.