Norma Legal Oficial del día 29 de Mayo del año 2010 (29/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

419773

Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el articulo 121º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que los servicios portadores, finales y de difusion de caracter publico, se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el articulo 143° de la citada MORDAZA senala que el otorgamiento de la concesion unica confiere al solicitante la condicion de concesionario para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones establecidos en la legislacion; Que, en caso la concesionaria requiera prestar servicios adicionales al servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informe Nº 717-2010-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa SUPERCATV SATELITAL S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria Ley Nº 28737, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa SUPERCATV SATELITAL S.A.C., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como servicio a prestar inicialmente, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa SUPERCATV SATELITAL S.A.C., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago

por el derecho de concesion y la MORDAZA de la Carta Fianza correspondiente. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 499334-1

Declaran resuelto contrato de concesion suscrito con AB Telecomunicaciones Peru S.A.C. para la prestacion de servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 243-2010-MTC/03 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2010 VISTA, la solicitud registrada con Expediente Nº 2007030783 de fecha 13 de setiembre de 2007, presentada por la empresa AB TELECOMUNICACIONES PERU S.A.C., sobre adecuacion de la concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 455-2006-MTC/03, modificada por Resolucion Ministerial Nº 283-2007MTC/03 al regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 455-2006MTC/03 de fecha 7 de junio de 2006, se otorgo a la empresa AB TELECOMUNICACIONES PERU S.A.C. concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado por el plazo de 20 anos en las provincias de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancayo, MORDAZA e Ica, de los departamentos de La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA e Ica, respectivamente; suscribiendose el contrato de concesion el 4 de setiembre de 2006; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 283-2007MTC/03 de fecha 14 de junio de 2007, se amplio el area de concesion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 4552006-MTC/03 a la empresa AB TELECOMUNICACIONES PERU S.A.C., incluyendose la provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque; suscribiendose la respectiva adenda el 17 de MORDAZA de 2007; Que, mediante Memorandos Nº 5018-2008-MTC/29, Nº 450-2009-MTC/29, Nº 144-2009-MTC/29, Nº 5562009-MTC/29 y Nº 3888-2009-MTC/29, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones hizo suyos los Informes Nº 5547-2008-MTC/29.02, Nº 64742008-MTC/29.02, Nº 6760-MTC/29.02, Nº 5810-2008MTC/29.02, Nº 5819-2008-MTC/29.02, Nº 0079-2009MTC/29.02 y Nº 4259-2009-MTC/29.02; en los cuales concluye que la empresa AB TELECOMUNICACIONES PERU S.A.C., no ha cumplido con iniciar operaciones de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado en el area de concesion aprobada por Resolucion Ministerial Nº 4552006-MTC/03.modificado por Resolucion Ministerial Nº 283-2007-MTC/03; Que, el numeral 6.02 de la clausula sexta del Contrato de Concesion, establece que la concesionaria AB TELECOMUNICACIONES PERU S.A.C. tiene la obligacion de iniciar la prestacion de los servicios concedidos en un plazo que no excedera de doce (12) meses computados desde la fecha efectiva, es decir desde el 4 de setiembre de 2006, para las provincias de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Huancayo, MORDAZA e Ica, de los departamentos de La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA e Ica, respectivamente y el dia 17 de MORDAZA de 2008, para la provincia de Chiclayo del departamento de MORDAZA acorde con lo senalado en la clausula

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