Norma Legal Oficial del día 05 de Noviembre del año 2010 (05/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

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con inhabilitacion temporal para contratar con el Estado por un periodo no menor de uno (01) ni mayor de dos (02) anos. 12. Consecuentemente, este Tribunal estima pertinente imponer doce (12) meses de inhabilitacion temporal a la empresa Multiservicios Danysa E.I.R.L., en razon a la naturaleza de la infraccion cometida, el monto involucrado en el MORDAZA de seleccion de la referencia, asi como el dano causado a la Entidad; sin perjuicio de valorar, ademas, que el mencionado postor no ha sido anteriormente inhabilitado en esta sede administrativa. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la intervencion de los Senores Vocales la Dra. MORDAZA Yadira Yaya MORDAZA y la Dra. Dammar MORDAZA MORDAZA, atendiendo a la conformacion de la MORDAZA Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 1902010-OSCE/PRE expedida el 29 de marzo de 2010, en ejercicio de las facultades conferidas en el articulo 63º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, y su MORDAZA disposicion complementaria transitoria, asi como los articulos 17º y 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2009EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Imponer a la empresa Multiservicios Danysa E.I.R.L., la sancion administrativa de inhabilitacion temporal por el periodo de doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la comision de la infraccion tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51º de la Ley y literal a) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento, durante su participacion en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0812009/PECH, para la contratacion del "Servicio de reparto de recibos y de toma de lecturas", la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la presente Resolucion. 2. Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Subdireccion del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA ROMERO. YAYA LUYO. MORDAZA DIAZ.

particularmente complejos o masivos, y siempre que tengan repercusion nacional y sus efectos superen el ambito de un Distrito Judicial, o que se cometan por organizaciones delictivas; Segundo: Que, en ese contexto este Organo de Gobierno mediante Resolucion Administrativa N° 1792010-CE-PJ, de fecha 20 de MORDAZA del ano en curso; dispuso ampliar la competencia de la Sala Penal Nacional y de los Juzgados Penales Supraprovinciales de MORDAZA, para conocer ademas delitos cometidos por organizaciones delictivas, El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial , en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo previsto en el articulo 82°, inciso 26, del Texto unico Ordenado de la Ley organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar la competencia de la Sala Penal Nacional y de los Juzgados Penales Supraprovinciales de MORDAZA, para conocer ademas siguientes los delitos cometidos contra periodistas en el ejercicio de sus funciones: a) Homicidio (articulo 106° del Codigo Penal) b) Asesinato (articulo 108° del Codigo Penal) c) Lesiones Graves (articulo 121° del Codigo Penal) d) Secuestro (articulo 152° del Codigo Penal) e) Extorsion (articulo 200° del Codigo Penal) Articulo Segundo.- Los procesos penales ya iniciados, por los delitos mencionados precedentemente, que MORDAZA de conocimiento de los Juzgados y/o MORDAZA Penales ordinarias, deberan proseguir hasta su culminacion en el mas breve plazo. Articulo Tercero.- Facultar al Magistrado Coordinador de la Sala Penal Nacional y de los Juzgados Penales Supraprovinciales, a dictar las medidas complementarias, para el adecuado cumplimiento de la presente disposicion. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Oficina de control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Sala Penal Nacional y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Amplian competencia de la Sala Penal Nacional y de los Juzgados Penales Supraprovinciales de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 187-2010-CE-PJ
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Primero: Que, el articulo 16° del Codigo de Procedimientos Penales, modificado por el Decreto Legislativo N° 983, faculta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a instituir un sistema especifico de competencia penal, en los casos de delitos especialmente graves y

MORDAZA MORDAZA MORDAZA

563453-1

Prorrogan funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Amazonas
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 320 -2010-CE-PJ
MORDAZA, 15 de setiembre de 2010 VISTOS: El Oficio N° 864-2010-ETI-PJ, remitido por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, el Oficio N° 327-2010-DPD/PJ, del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Informe N° 1512010-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General del Poder Judicial, y el Oficio N° 3199-2010-PCSJAM/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, y;

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