Norma Legal Oficial del día 05 de Noviembre del año 2010 (05/11/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

428717

- Abogado MORDAZA MORDAZA Chinchero, quien en su declaracion obrante a fojas 312 senalo: "... cuando existen diligencias programadas no quiere atender a los litigantes ni abogados..."; Decimo.- Que, en cuanto al extremo referido a no haber estado presente en su Despacho, no obstante encontrarse de turno durante el desarrollo de la Elecciones Municipales y Regionales a nivel nacional, el 19 de noviembre de 2006, del estudio del expediente se ha determinado que este hecho se encuentra acreditado con: a. La declaracion que obra a fojas 509 y 510, vertida por el Fiscal de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Canchis, doctor MORDAZA Pena MORDAZA, en la cual senalo: "... Que el dia de las elecciones municipales o regionales de noviembre, la policia tenia dos detenidos en el Departamento de Investigacion Criminal, que fueron detenidos en flagrancia por tentativa de homicidio... el Fiscal debia solicitar una detencion preliminar pero el senor Juez no se encontraba presente en su Despacho... por lo que al no poder estar detenidos mas de veinticuatro horas tuvieron que ser puestos en libertad", hecho del cual tambien senala que la Defensoria del Pueblo levanto el acta correspondiente; b. Con la declaracion del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, corriente de fojas 500 a 503, quien senalo que constato personalmente que el 19 de noviembre de 2006 el Juez MORDAZA MORDAZA, no estuvo presente todo el dia, pese a que los senores Fiscales MORDAZA Pena y su Adjunto requerian de su presencia, inclusive lo llamaban telefonicamente, ya que el debia decidir sobre la detencion de dos ciudadanos que se encontraban intervenidos, obligando a la policia a ponerlos en MORDAZA para no incurrir en responsabilidad; c. Con el acta de intervencion defensorial de fecha 19 de noviembre de 2006, que obra a fojas 131 y 132, que fue levantada en la dependencia de la DEINCRI de la MORDAZA de Sicuani, dejandose MORDAZA de la ausencia del investigado y la imposibilidad de la autoridad defensorial de solicitar la medida coercitiva personal de detencion contra los denunciados MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mamani; Que, de los hechos expuestos se establece que el magistrado procesado ha incurrido en inconducta funcional, al no haber observado estrictamente el horario de trabajo y el cumplimiento de las diligencias programadas, transgrediendo asi lo dispuesto en el articulo 184 inciso 7 de la Ley Organica del Poder Judicial, asi como al haberse ausentado del Juzgado durante el horario de Despacho no obstante encontrarse de turno, con motivo de las Elecciones Municipales y Regionales de fecha 19 de noviembre de 2006, contraviniendo asimismo lo prescrito en el articulo 196 inciso 7, concordante con el articulo 201, inciso 8 de la Ley Organica del Poder Judicial; Decimo Primero.- Que, sobre el cargo contenido en el literal B) el magistrado procesado senalo que no existe un solo informe de los secretarios o tecnicos del Juzgado que acredite la conducta que se le imputa; de otro lado, refirio que en la fecha en que se le formularon las quejas y denuncias ante el organo contralor tenia carga cero en su Juzgado por lo que no se explica la imputacion de que permanentemente se encontraba en estado de ebriedad; manifiesta ademas que el hecho de haber provocado un accidente de MORDAZA en estado de embriaguez es totalmente falso y que prueba de ello es la resolucion de la Primera Fiscalia Superior Penal de MORDAZA, por la cual se archivo definitivamente la denuncia; finalmente, ofrecio como medio probatorio el informe del registro del horario de ingreso y salida de su centro de labores, adjuntando a su escrito de descargo un memorial suscrito por 25 abogados; Que, en cuanto al extremo referido a la existencia de conducta irregular, vicios y costumbres que menoscaban el decoro y la respetabilidad del cargo, al encerrarse en su Despacho con senoritas de la Universidad MORDAZA, asistir a lugares de dudosa reputacion, haber sido visto en estado de ebriedad en reiteradas oportunidades y ocasionar accidentes de MORDAZA, se tiene que respecto a asistir a lugares de dudosa reputacion y haber sido visto en reiteradas oportunidades en estado ebriedad, estos hechos se encuentran acreditados con:

a. La declaracion del abogado MORDAZA Chayna MORDAZA, representante del Colegio de Abogados de la Provincia de Canchis, quien a fojas 310 senalo: "... es de publico conocimiento los actos de embriaguez y agresiones fisicas y verbales que habia sostenido -el magistrado procesadocon su Colega MORDAZA Choquenaira, cuyo incidente ha sido criticado por parte de la poblacion y la prensa..."; asimismo, en su declaracion obrante de fojas 506 a 508 agrego que la pelea protagonizada por el procesado y el abogado Choquenaira origino la tramitacion de un MORDAZA penal que si bien se archivo fue de conocimiento publico; b. La declaracion del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, corriente a fojas 318, quien manifesto respecto al magistrado procesado "... en los ultimos meses del ano 2005 que [con] otro colega MORDAZA MORDAZA Rosello se fueron a libar licor para favorecer a sus patrocinados de este abogado, en esta oportunidad provocaron una pelea, llegando inclusive a la agresion fisica y llego la investigacion al Juzgado de Paz Letrado..."; c. La declaracion del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que obra a fojas 500 a 503, en la cual senala que personalmente tomo conocimiento de "la existencia de un MORDAZA N° 11-2006, investigado por Faltas contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud (agresiones) en la que sin lugar a dudas estuvo inmerso en una pelea callejera el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ya ejercia la funcion de juez, lio este que lo sostuvo con el abogado MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Choquenaira... este hecho nada MORDAZA ha sido difundido por radio Sicuani y a nivel de las cuatro provincias altas..."; d. La declaracion de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que aparece de fojas 511 a 513, en la cual manifesto que desde que fue nombrado el magistrado procesado en el ano 2005, aprovechando su condicion de Juez, "...efectuaba cobros indebidos y recibia dadivas supeditando a la solucion de algunos procesos, creando malestar en la poblacion, pues desde esa fecha viene cometiendo una serie de inconductas funcionales...por ejemplo, para otorgar libertades a los litigantes que se encontraban detenidos este con sus abogados si eran sus amigos o de su entorno, lo hacia previas comilonas y/o dadivas..."; e. La declaracion del ciudadano MORDAZA Cortes MORDAZA, que figura a fojas 693 y 694, en la que refiere que: "...el dia 28 de diciembre del ano 2005 en que el Juez doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin respetar su condicion de magistrado del Poder Judicial y en desmedro de la imagen de la institucion donde labora, ingreso a una cantina en horas de la noche conjuntamente con el abogado MORDAZA MORDAZA, dedicandose al consumo de bebidas alcoholicas para luego haber hecho ingreso al mismo local ubicado en la Avenida MORDAZA el abogado MORDAZA Choquenaira con quien se lio a golpes, ocasionando un escandalo mayusculo, hecho que al ser publico preocupo a la ciudadania..."; Decimo Segundo.- Que, en cuanto al otro extremo del cargo contenido en el literal B) referido a haber ocasionado un accidente de MORDAZA en estado de ebriedad, dicha situacion se encuentra acreditada con: a. La MORDAZA simple de la ocurrencia comun de MORDAZA que obra a fojas 367 y 368, expedida por la Comisaria de Wanchaq, en la que se describe claramente el MORDAZA en el que participo el magistrado procesado y la conducta inadecuada desplegada por este, senalando el efectivo policial que el magistrado procesado presentaba signos de ebriedad y que se nego rotundamente a ser sometido al examen de dosaje etilico, a firmar el oficio e imprimir su huella digital, ofendiendo con palabras que atentaban contra la moral del Sub Oficial MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra el Sub Oficial Brigadier AE de la Policia Nacional del Peru, MORDAZA MORDAZA Chavez; asimismo, se anoto que amenazo a dichos efectivos policiales con hacerles dar de baja en su condicion de Juez y posteriormente se dio a la fuga; esta ocurrencia fue ratificada con la testimonial del mismo Sub Oficial corriente a fojas 524; b. La publicacion periodistica corriente a fojas 453, en la que se detalla el accidente de MORDAZA ocasionado por el magistrado procesado encontrandose en estado de ebriedad y su actitud de faltar el respeto a la policia; c. Las fotografias de los danos materiales que presentaba el vehiculo del magistrado procesado, que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.