Norma Legal Oficial del día 05 de Noviembre del año 2010 (05/11/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

428731

Aprueban asignacion de zonificacion para uso Educacion a predios ubicados en el Asentamiento Humano Proyecto Integral Pueblos Unidos para el Desarrollo - Sector Costa MORDAZA, distrito de Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL N° 000050
Callao, 18 de octubre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion fecha 18 de octubre de 2010: Aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972, en el articulo 9 inciso 5 senala que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Plan de Desarrollo, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificacion de areas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demas planes especificos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 del 05 de octubre de 1995, se aprueba el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao para el periodo 1995-2010, en el cual contemplan la zonificacion y define la clasificacion de las vias y secciones viales; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000249, el mismo que aprobo el Dictamen Nº 21-2010-MPC/SR-CP, de la Comision de Poblacion, en consecuencia, aprobo la asignacion de zonificacion para Uso Educacion (E) de los predios inscritos en las Partidas Electronicas N° PO1214772 (considerado como Uso Local Comunal) y N° PO1214771 (considerado como Uso Comercio), ubicados en los lotes 1 y 2 de la Mz. D' del

Asentamiento Humano Proyecto Integral Pueblos Unidos para el Desarrollo ­ Sector Costa MORDAZA, distrito de Ventanilla - Callao, de acuerdo al Plano PZ ­ 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual tiene como antecedentes el Memorando N° 2198-2010-MPC/ GGDU de la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA que hace MORDAZA el Informe Nº 49-2010-MPC-GGDU-GPUC de la Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, asimismo, el Informe Nº 895-2010-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, opinando todos ellos que la asignacion de zonificacion solicitada es procedente al encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA ASIGNACION DE ZONIFICACION PARA USO EDUCACION (E) DE LOS PREDIOS UBICADOS EN LOS LOTES 1 Y 2 DE LA MZ. D' DEL ASENTAMIENTO HUMANO PROYECTO INTEGRAL PUEBLOS UNIDOS PARA EL DESARROLLO ­ SECTOR COSTA MORDAZA, DISTRITO DE VENTANILLA ­ CALLAO Articulo 1.- Apruebase la asignacion de zonificacion para Uso Educacion (E) de los predios inscritos en las Partidas Electronicas N° PO1214772 (considerado como Uso Local Comunal) y N° PO1214771 (considerado como Uso Comercio), ubicados en los lotes 1 y 2 de la Mz. D' del Asentamiento Humano Proyecto Integral Pueblos Unidos para el Desarrollo ­ Sector Costa MORDAZA, distrito de Ventanilla - Callao, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Distrital (CD), de acuerdo al Plano PZ ­ 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2.- Modificase en lo pertinente el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010 aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 de fecha 5 de octubre de 1995. Articulo 3.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 4.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion.
POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.