Norma Legal Oficial del día 07 de Noviembre del año 2010 (07/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

428781

CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 223-2010-EF se ha aprobado la operacion de administracion de deuda publica, bajo la modalidad de prepago, parcial y/o total, de las obligaciones provenientes de las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Supremos Nºs 274-91-EF, 210-92-EF, 030-94-EF, 039-96EF, 127-96-EF, 145-97-EF, 147-97-EF, 148-97-EF, 14997-EF, 050-99-EF, 178-99-EF, 094-2000-EF, 095-2000-EF, 161-2005-EF, 112-2009-EF, 156-2009-EF y 210-2009-EF, cuyo financiamiento se realizara mediante la emision interna y/o externa de bonos; Que, asimismo, a traves del Articulo 2° del acotado Decreto Supremo, se aprobo una emision externa y/o interna de bonos, en una o mas colocaciones, hasta por un monto de US$ 2 500 000 000,00 (DOS MIL QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) que se destinara a financiar la operacion de administracion de deuda publica MORDAZA citada y a reembolsar al Tesoro Publico el apoyo prestado en virtud al Decreto de Urgencia Nº 028-2010, asi como para prefinanciar los requerimientos financieros del Sector Publico No Financiero para el Ano Fiscal 2011, en caso las condiciones de MORDAZA de capitales MORDAZA favorables; Que, el Articulo 6º del referido Decreto Supremo dispone que los Prospectos Suplementarios y los contratos y documentos que se deriven de la emision externa y/o interna de bonos, que se realicen en virtud del Decreto Supremo MORDAZA mencionado seran aprobados por Resolucion Ministerial del Sector Economia y Finanzas; Que, para la implementacion de la emision interna y/o externa de bonos, se requiere aprobar los textos del "Prospecto Suplementario", del "Preliminary Offering Memorandum", asi como los textos de los contratos denominados "Purchase Agreement" y el "Underwriting Agreement"; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 223-2010-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los textos del "Prospecto Suplementario" y del "Preliminary Offering Memorandum" correspondiente a la emision interna y/o externa de bonos que servira para financiar una operacion de administracion de deuda publica, asi como reembolsar al Tesoro Publico el apoyo prestado en virtud al Decreto de Urgencia Nº 028-2010, y prefinanciar los requerimientos financieros del Sector Publico No Financiero para el Ano Fiscal 2011, que se realizaran en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 223-2010-EF. Articulo 2º.- Aprobar los textos de los contratos denominados "Purchase Agreement" a ser suscrito con el Scotiabank Peru S.A.A., MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Fenner & MORDAZA Incorporated y MORDAZA MORDAZA & Co. Incorporated; y el "Underwriting Agreement" a ser suscrito con MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Fenner & MORDAZA Incorporated y MORDAZA MORDAZA & Co. Incorporated para implementar la emision interna y/o externa de bonos a realizarse como parte de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 223-2010-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 564313-1

Que, mediante escrito de fecha 19 de MORDAZA de 2010, LINEA AMARILLA S.A.C., solicito a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, la suscripcion de un Convenio de Estabilidad Juridica; Que mediante Oficio No. 193-2010-DFPI/ PROINVERSION, el Director de Facilitacion y Promocion de Inversiones de PROINVERSION, solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones MTC, que emita conformidad al proyecto de Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con la citada empresa, por el aporte que realizaran los inversionistas extranjeros OAS INVESTIMENTOS S.A. y CONSTRUTORA OAS LTDA.; Que, a efectos del Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con LINEA AMARILLA SAC., los accionistas de dicha empresa se han comprometido a un aumento de capital hasta por la suma de US$ 20,000,000.00 (Veinte Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), de acuerdo con el Informe Legal Nº 249-2010-OAJ-AR, Informe No. 29-2010-JTICI-DFPI/PROINVERSION, Informe No. 465-2010-MTC/25 y Memorandum No. 2613-2010-MTC/25; lo que permite al solicitante cumplir de conformidad con el articulo 2 de la Ley Nº 27342, que establece una inversion por un monto no menor de US$ 5,000,000.00 (Cinco Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) para acceder a la estabilidad juridica en cualquier sector de la economia, con excepcion de los sectores de mineria e hidrocarburos; Que, la solicitante ampara su peticion en lo dispuesto en los Decretos Legislativos No. 662 y No. 757, en el Reglamento de los Regimenes de Garantia a la Inversion Privada, aprobado por Decreto Supremo No. 162-92-EF y normas modificatorias y complementarias, en la Ley No. 27342, en el Decreto Legislativo No. 1011 y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No. 148-2008-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 30 del Decreto Supremo No. 162-92-EF y por el Decreto Supremo No. 136-97-EF, la suscripcion de convenios de estabilidad juridica que realicen las empresas receptoras de inversion debera ser efectuada conjuntamente por el Ministerio del sector correspondiente, o quien este designe y por PROINVERSION; Que, para efectos de la suscripcion del Convenio de Estabilidad Juridica con LINEA AMARILLA SAC, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones MTC participa en representacion del Estado Peruano; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo No. 021-2007-MTC, establece en los articulos 6 y 7 literal k), que el Ministro de Transportes y Comunicaciones es la mas alta autoridad politica del Sector, encontrandose facultado a delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su cargo , disponiendo en el articulo 9, literal j), dentro de las atribuciones que correspondan a los Viceministros, aquellas que el Ministro les delegue en el ambito de su competencia; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Convenio MORDAZA referido, asi como autorizar al funcionario que lo suscribira en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 29370 y el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Convenio de Estabilidad Juridica a ser celebrado entre el Estado Peruano representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION con la empresa LINEA AMARILLA S.A.C., que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el convenio a que se refiere el articulo anterior. Articulo 3.- La presente Resolucion Ministerial surtira sus efectos a partir de la fecha de su suscripcion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Transportes y Comunicaciones (e) 563957-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Convenio de Estabilidad Juridica a ser celebrado por el Estado Peruano con la empresa Linea Amarilla S.A.C.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 511-2010-MTC/01 MORDAZA, 4 de noviembre de 2010

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