Norma Legal Oficial del día 11 de Noviembre del año 2010 (11/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de noviembre de 2010

Acceden a solicitud de extradicion activa de ciudadano peruano, por la presunta comision del Delito contra la Administracion Publica y disponen su MORDAZA por via diplomatica a Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 210-2010-JUS MORDAZA, 10 de noviembre de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 096-2010/ COE-TC, del 19 de octubre de 2010, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA VEYRET, formulado por la Tercera Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 2 de agosto de 2010, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA VEYRET, por la presunta comision del Delito contra la Administracion Publica - Colusion, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 62-2010); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 096-2010/COE-TC, del 19 de octubre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana, suscrito en MORDAZA el 28 de junio de 1989; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA VEYRET, formulada por la Tercera Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Administracion Publica - Colusion, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 565758-20

Acceden a solicitud de ampliacion de extradicion activa de ciudadano peruano, por la presunta comision del Delito contra la MORDAZA - Violacion de la MORDAZA Personal y disponen su MORDAZA por via diplomatica a Estados Unidos
RESOLUCION SUPREMA Nº 211-2010-JUS MORDAZA, 10 de noviembre de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 1042010/COE-TC, del 28 de octubre de 2010, sobre la solicitud de ampliacion de extradicion activa a los Estados Unidos de MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 10 de junio de 2010, declaro procedente la solicitud de ampliacion de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra la MORDAZA - Violacion de la MORDAZA Personal - Secuestro agravado, en perjuicio de MORDAZA MORDAZA Galdos MORDAZA y otros (Expediente Nº 20-2010); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 104-2010/COE-TC, del 28 de octubre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrito en MORDAZA con fecha 25 de MORDAZA de 2001; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

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