Norma Legal Oficial del día 11 de Noviembre del año 2010 (11/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de noviembre de 2010

El incumplimiento de dos (02) cuotas del mencionado Convenio de Fraccionamiento, significara la perdida del fraccionamiento y los beneficios otorgados en la presente Ordenanza, recalculando y actualizandose la obligacion tributaria, con sus respectivos intereses, conforme ley. d. Los contribuyentes deudores cuya cobranza se encuentren en cobranza coactiva, sobre los cuales no se MORDAZA dictado medidas cautelares efectivas, podran acogerse al PROGRAMA DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS Y ACTUALIZACION DE DATOS, los cuales tendran los mismos beneficios senalados en los incisos precedentes y adicionalmente se les condonara los gastos y costas procesales. En los casos de contribuyentes, cuyas obligaciones se encuentren en cobranza coactiva y que hayan sido materia de medias cautelares efectivas, tales como, embargos en forma de retencion en las entidades del sistema financiero, en forma de inscripcion en los Registros Publicos, respecto de bienes inmuebles, y ordenes de captura de vehiculos, en forma de deposito sobre los bienes muebles y valores, entre otras, podran acogerse a los beneficios que senala la presente Ordenanza siempre y cuando cumplan con el pago total de sus obligaciones adeudadas, con excepcion de aquellos casos, en los que las entidades del sistema financiero, hayan entregado a la Municipalidad el cheque en caso de embargo en forma de retencion. e. Los contribuyentes que se acojan al presente programa de incentivos, adicionalmente podran voluntariamente o a requerimiento de la Administracion Tributaria, actualizar sus datos; para el efecto, deberan de llenar, declarar y presentar el FORMATO 1 aprobado con Ordenanza No. 308-C/MC.. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- DISPENSAR del tramite de lectura y aprobacion del Acta para la inmediata publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano". Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y hasta el 28 de Diciembre de 2010. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 565117-3

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Declaran habilitados de oficio a sublotes y disponen su inscripcion registral de terreno MORDAZA a MORDAZA
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0770-2010/MDI Independencia, 9 de noviembre de 2010 VISTO: El Expediente Nº 016726-2010, presentado por NEGOCIOS INMOBILIARIOS LA MORDAZA S.A.C. e INVERSIONES MORDAZA S.A. representados por PLAZA MORDAZA NORTE SAC, propietarios de los terrenos denominado Sub Lote G1-A, G2-3-4-A-1 y G-2-3-4-A2, ubicados en el distrito de Independencia, calificados como rusticos, inscritos en las PARTIDAS No. 4078049, 11068191 y 4399422 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, quien solicita ACOGERSE AL ART. 24º DE LA LEY Nº 29090 - LEY DE REGULARIZACION DE HABILITACIONES URBANAS Y DE EDIFICACIONES Y SE DECLARE DE OFICIO LA HABILITACION URBANA; y,

Que, mediante Expediente Nº 016726-2010, presentado por NEGOCIOS INMOBILIARIOS LA MORDAZA S.A.C. e INVERSIONES MORDAZA S.A. representados por PLAZA MORDAZA NORTE SAC, propietarios del terreno denominado Sub Lote G1-A, G-2-3-4-A-1 y G-2-3-4-A-2, ubicados en el distrito de Independencia, calificados como rusticos, inscritos en las PARTIDAS No. 4078049, 11068191 y 4399422 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral No. IX-Sede MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, solicitan ACOGERSE AL ART. 24º DE LA LEY Nº 29090, LEY DE REGULARIZACION DE HABILITACIONES URBANAS Y DE EDIFICACIONES Y SE DECLARE DE OFICIO LA HABILITACION URBANA; Que las Municipalidades Distritales tienen funciones especificas y exclusivas para regular aspectos relacionados a Habilitaciones Urbanas de predios ubicados dentro de su jurisdiccion, conforme a lo previsto en el numeral 3.6.1 del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que mediante la Ley Nº 29090 - Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, en su articulo 24º, Habilitaciones urbanas de Oficio, se senala que "las Municipalidades Distritales y las Provinciales o la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el ambito del cercado, identificaran los predios registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en Zonas Urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las Municipalidades emitiran la Resolucion que declare Habilitado de Oficio dichos predios y disponga la inscripcion registral de Uso MORDAZA a Urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas Habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de Habilitacion Urbana; Que, la Declaracion MORDAZA de oficio, es un procedimiento excepcional que faculta a las Municipalidades a declarar de oficio la Habilitacion de Predios, que previamente han identificado dentro de zonas urbanas consolidadas y que se encuentran inscritos en los Registros Publicos como rusticos; Que, conforme se advierte de los planos y memoria alcanzada, los predios se encuentran debidamente delimitados como espacio territorial inserto en la trama MORDAZA del distrito y de acuerdo a los antecedentes catastrales y de la base de rentas, presentan una antiguedad de la edificacion variable, y suficiencia de servicios publicos, caracteristicas que determinan que dichas areas deben ser declaradas habilitadas de oficio; Que mediante el Memorandum Nº 1324-2010-GGU/ MDI de fecha 08 de noviembre de 2010, la gerencia de Gestion de Gestion MORDAZA remite le Informe Nº 12132010-DOPP/GGU/MDI, de fecha 05 de noviembre de 2010 el Jefe (e) de la Division de Obras Publicas y Privadas, concluye senalando que las caracteristicas determinan que dichas areas deben ser declaradas habilitadas de oficio y conforme a la evaluacion efectuada y constatandose los Datos Tecnicos de conformidad a los Planos y Memorias Descriptivas de cada uno de los predios, debiendose tener presente que se trata de unos predios que se encuentran ubicados en MORDAZA MORDAZA consolidada con edificaciones y servicios publicos, y de acuerdo al Informe Nº 450-2010-UAL/MDI de fecha 09 de noviembre de 2010, el Jefe de la Unidad de Asesoria Legal, opina que esta situacion la enmarca dentro del alcance del articulo 24 de la ye Nº 29090, que establece la Habilitacion MORDAZA de Oficio, debiendo la Municipalidad emitir la Resolucion correspondiente; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo establecido en el Art. 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, DS Nº 024-2008-Vivienda, Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificacion, ordenanzas Nº 341-MML, Nº 836-MML, Nº 1025-MML y por el Reglamento Nacional de Edificaciones y estando a lo informado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Unidad de Asesoria Legal.

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