Norma Legal Oficial del día 11 de Noviembre del año 2010 (11/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

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seran aprobadas por el Titular de la Entidad, el mismo que podra delegar expresamente y por escrito dicha funcion; Que, el ultimo parrafo del Articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, preceptua que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, acorde con el Articulo 16º de la Ley de creacion del Ministerio de Cultura, el Secretario General puede asumir, por delegacion expresa del Ministro, las materias que correspondan a este y que no MORDAZA privativas del cargo de ministro de Estado; Estando a lo visado por el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Cultura la facultad de aprobar los expedientes de contratacion y las bases de los procesos de seleccion referidos a la supervision y ejecucion de la obra de construccion y puesta en funcionamiento del Gran Teatro Nacional, a ser convocada por el Ministerio; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer que a traves de la Direccion General de Promocion y Difusion Cultural se publique la presente Resolucion en el MORDAZA de Web del Ministerio de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OSSIO MORDAZA Ministro de Cultura 564809-1

DEFENSA
Disponen la independizacion registral y transferencia gratuita a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de un lote de propiedad del Ministerio de Defensa ­ MORDAZA de MORDAZA del Peru para promover la inversion privada y concesion del Terminal Portuario de San MORDAZA de Marcona
DECRETO SUPREMO N° 009-2010-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 28521 declara de necesidad y utilidad publicas la construccion del Megapuerto en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; Que, el articulo 5 de la Ley No. 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, modificada por el Decreto Legislativo No. 1022, establece que la titularidad de los bienes de dominio publico portuario corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el caso de los puertos nacionales; Que, el Puerto San MORDAZA de Marcona ha sido reclasificado como Puerto de alcance nacional segun el Decreto Supremo No. 019-2009-MTC, que modifico el Plan Nacional de Desarrollo Portuario; Que, el Ministerio de Defensa ­ MORDAZA de MORDAZA Peru es propietario del predio inscrito en la Ficha No.

50404923 y en la Partida No. 02002823 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Nazca, MORDAZA Registral No. XI Sede Ica, ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, con un area de 1´320,000.00 metros cuadrados; Que, el Decreto de Urgencia No. 121-2009 ha declarado de necesidad nacional y de ejecucion prioritaria en el ano 2010, la promocion de la inversion privada del Terminal Portuario de San MORDAZA de Marcona, entre otros proyectos, estableciendose en el numeral 2 del articulo 4 que los terrenos de propiedad directa o indirecta del Estado que se requieran para efectuar la concesion, seran transferidos gratuita y automaticamente por la entidad titular de los mismos al concedente, por el solo merito del Decreto Supremo que asi lo establezca; Que, asimismo el numeral 2 del articulo 4 del mencionado Decreto de Urgencia establece que la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos queda obligada a registrar los terrenos a nombre de la entidad concedente con la sola MORDAZA de la solicitud correspondiente acompanada del Decreto Supremo a que se refiere el parrafo anterior, libre del pago de derechos; Que, mediante Oficio No. 583-2010-APN/GG, de fecha 14 de junio de 2010, y sobre la base del Informe No. 137-2010-APN-DIPLA de la Direccion de Planeamiento y Estudios Economicos de la Autoridad Portuaria Nacional, el Gerente General de la Autoridad Portuaria Nacional ha comunicado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones que el area terrestre requerida por el proyecto portuario de San MORDAZA de Marcona es de 729,127.204 m2 (72.91 Has.), el mismo que se encuentra dentro del predio MORDAZA mencionado de propiedad del Ministerio de Defensa MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, resulta necesario disponer la independizacion del referido lote del predio de propiedad del Ministerio de Defensa ­ MORDAZA de MORDAZA del Peru y la transferencia gratuita del dominio privado estatal del mismo a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con la finalidad de viabilizar el MORDAZA de promocion de la inversion privada mediante la concesion del Terminal Portuario de San MORDAZA de Marcona, asi como disponer las acciones registrales necesarias para tal efecto; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley No. 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional, la Ley No. 29370 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto de Urgencia No. 121-2009; DECRETA: Articulo 1.- Independizacion registral Dispongase la independizacion registral del lote de 729,127.204 m2 (72.91 Has.) de propiedad del Ministerio de Defensa ­ MORDAZA de MORDAZA del Peru que forma parte del area mayor de 1´320,000.00 m2 inscrita en la Ficha No. 50404923 y en la Partida No. 02002823 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Nazca, MORDAZA Registral No. XI Sede Ica, de acuerdo con el cuadro de coordenadas y la documentacion tecnica que como Anexo forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Transferencia gratuita a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Apruebese la transferencia gratuita del dominio privado estatal durante el plazo que dure la concesion del Terminal Portuario de San MORDAZA de Marcona, del lote independizado a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con la finalidad de promover la inversion privada y concesion del referido terminal portuario. En caso se cancele el MORDAZA de promocion de la inversion privada respecto del Terminal Portuario de San MORDAZA de Marcona, el terreno objeto de la transferencia a que se refiere el articulo 1º precedente, revertira gratuitamente a favor del Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 3.- Inscripciones registrales Por el merito del presente Decreto Supremo, el Registrador Publico competente a cargo del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Nazca, MORDAZA

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