Norma Legal Oficial del día 11 de Noviembre del año 2010 (11/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Vertice 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 Area Perimetro 565758-2

Coordenadas Datum PSAD56 UTM MORDAZA 18 Sur Este (X) Norte (Y) 483962.019 8303801.875 483963.065 8303806.155 483964.452 8303812.102 483967.591 8303821.344 483971.087 8303831.187 483971.672 8303836.803 483972.664 8303842.205 483973.743 8303846.256 483974.892 8303851.704 483976.718 8303861.624 483978.198 8303869.125 483980.044 8303877.827 483981.612 8303884.161 483983.359 8303891.769 483986.004 8303901.801 483987.984 8303919.682 483989.833 8303926.767 483992.741 8303937.429 483998.938 8303962.497 484000.395 8303968.839 484670.725 8303895.194 484690.870 8303763.810 484653.333 8303463.648 484468.870 8303113.800 484202.498 8302882.945 729127.204 3411.7677 M2 M

Autorizan viaje de personal militar para participar en la V Reunion Ordinaria de la Comision Binacional Fronteriza (COMBIFRON) Colombia - Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 497-2010-DE/CCFFAA MORDAZA, 10 de noviembre de 2010 Vista, la Carta del Comandante General de las Fuerzas Militares de Colombia de fecha 20 de octubre de 2010; CONSIDERANDO. Que, mediante la Declaracion Conjunta de los Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa del Peru y Colombia, con ocasion de la Primera Reunion del Mecanismo de Consulta y Coordinacion Politica, suscrita el 13 de agosto de 2007, se constato el excelente nivel en que se encuentran las relaciones entre ambos paises, sustentadas en valores compartidos tales como la defensa y promocion de la democracia, el respeto a los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario, la solidaridad, la observancia del derecho internacional, el libre comercio, el desarrollo sostenible y la lucha contra la pobreza y la exclusion social, particularmente en la MORDAZA de frontera en comun; Que, en la mencionada Declaracion Conjunta se aprobo la creacion de la Comision Binacional Fronteriza entre la Republica del Peru y la Republica de Colombia (COMBIFRON), la misma que estara presidida alternadamente por el Jefe de la MORDAZA Division del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y por el Jefe de Inteligencia y Contrainteligencia Militar Conjunta de las Fuerzas Militares de Colombia; Que, durante el desarrollo de la IV Reunion Ordinaria de la Comision Binacional Fronteriza (COMBIFRON) realizada en la MORDAZA de Iquitos - Peru, entre el 14 y 17 de MORDAZA de 2010; se acordo la celebracion de la proxima V Reunion Ordinaria a efectuarse en la MORDAZA de Bogota Colombia, conforme se aprecia en el MORDAZA Entendimiento

que obra en el Anexo "D" (Acta de Entendimientos) de la Acta de la Reunion en mencion; Que, mediante la Carta del Visto, el Comandante General de las Fuerzas Militares de Colombia hace la invitacion al General de Ejercito Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y a los Oficiales representantes de las Fuerzas Armadas del Peru, para participar en la V Reunion Ordinaria de la Comision Binacional Fronteriza (COMBIFRON), Colombia - Peru, que se realizara en la MORDAZA de Bogota - Colombia, del 15 al 19 de noviembre de 2010; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del General de Brigada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la MORDAZA Division del Estado Mayor del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y Presidente de la COMBIFRON - Peru, MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario Ejecutivo Permanente de la COMBIFRON - Peru y MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario de Actas de la COMBIFRON - Peru, como integrantes de la Delegacion Militar conformada por Oficiales representantes de las Fuerzas Armadas del MORDAZA, que participara en la V Reunion Ordinaria en mencion; Que, el inciso d) del articulo 6º de la Ley Nº 29605, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, de fecha 21 de octubre de 2010, establece que el Ministro de Defensa desarrolla entre sus funciones especificas, promover el fortalecimiento de las relaciones bilaterales y multilaterales en materia de seguridad y defensa, en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el citado viaje se encuentra considerado en el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Ano 2010, rubro 5.: Medidas de Confianza Mutua, item 42, aprobado por Resolucion Suprema Nº 130-2010-DE/SG de fecha 01 de MORDAZA de 2010; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 - Normas reglamentarias sobre las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004/ DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, Estando a lo recomendado por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar del 15 al 19 de noviembre de 2010, el viaje al exterior en Comision de Servicio del personal militar que se indica a continuacion, para que participen como integrantes de la Delegacion Militar de las Fuerzas Armadas del Peru en la V Reunion Ordinaria de la Comision Binacional Fronteriza (COMBIFRON), Colombia - Peru, que se realizara en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia:
- General de Brigada EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA CRUZ; y, - MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima - Bogota - Lima): US$ 628.33 x 3 personas Viaticos: US$ 200.00 x 3 personas x 4 dias Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 3 personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados.

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