Norma Legal Oficial del día 18 de Noviembre del año 2010 (18/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

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JUSTICIA
Acceden a solicitud de extradicion activa de ciudadano peruano y disponen su MORDAZA a los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 218-2010-JUS MORDAZA, 17 de noviembre de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 100-2010/ COE-TC, del 25 de octubre de 2010, sobre la solicitud de extradicion activa a los Estados Unidos de MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA NAJAR MORDAZA, formulada por la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 19 de MORDAZA de 2010 y Resolucion Aclaratoria de fecha 13 de octubre de 2010, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA NAJAR MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud - Homicidio Calificado - Ejecucion Extrajudicial, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros; y, por el Delito contra la Humanidad - Desaparicion Forzada, en agravio de MORDAZA Ipurre MORDAZA y otros (Expediente Nº 65-2010); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 100-2010/COE-TC, del 25 de octubre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrito en MORDAZA el 25 de MORDAZA de 2001; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA NAJAR MORDAZA, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud - Homicidio Calificado - Ejecucion Extrajudicial, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros; y, por el Delito contra la Humanidad - Delito de Desaparicion Forzada, en agravio de MORDAZA Ipurre MORDAZA y otros. Articulo 2º.- Disponer su MORDAZA por via diplomatica a los Estados Unidos de MORDAZA, de

conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 568381-9

Acceden a solicitud de extradicion pasiva de ciudadano peruano y disponen su entrega a la Republica MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 219-2010-JUS MORDAZA, 17 de noviembre de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 106-2010/ COE-TC, del 02 de noviembre de 2010, sobre la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instruccion Nº 46 de la Capital Federal de la Republica Argentina; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 23 de setiembre de 2010, declaro procedente la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito de Abuso Deshonesto, en agravio de una menor de edad (Expediente Nº 88-2010); Que, el literal "b" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 106-2010/COE-TC, del 02 de noviembre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en Buenos Aires el 11 de junio de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA

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