Norma Legal Oficial del día 18 de Noviembre del año 2010 (18/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de noviembre de 2010

de las Personas, tiene entre otras funciones proponer las politicas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atencion de salud de las personas y el modelo de atencion integral de salud, con alcance sectorial e institucional; Que, asimismo, el articulo 57º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece que la Direccion General de Epidemiologia es el organo responsable de conducir el Sistema de Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica y del analisis de situacion de salud del Peru; Que, mediante el documento del visto, el Despacho Viceministerial propone la conformacion de una Comision Sectorial encargado de implementar un Plan de Prevencion, Contencion, Monitoreo y Control frente a un posible brote de la epidemia de colera en el Peru; Que, mediante Nota Informativa Nº 1691-2010-DGSP/ MINSA, el Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, ha emitido opinion favorable para que se constituya dicha Comision Sectorial; Que, mediante Memorando Nº 2303-2010-DGE/ MINSA, el Director General de la Direccion General de Epidemiologia, ha emitido opinion favorable respecto a la conformacion de la mencionada Comision Sectorial, senalando que es necesario fortalecer las acciones de vigilancia epidemiologica, prevencion y control frente a una posible epidemia de colera en nuestro pais; Que, el numeral 1 del articulo 36º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fines especificos para cumplir funciones de fiscalizacion, propuesta o emision de informes tecnicos; Que, en virtud a lo expuesto, resulta conveniente conformar una Comision Sectorial cuya funcion principal sea la de elaborar y coordinar el desarrollo del Plan de Vigilancia, Prevencion y Control ante una posible epidemia de colera en el Peru; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Direccion General de Epidemiologia, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Articulo 8° de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Conformacion de la Comision Sectorial Conformar la Comision Sectorial encargada de elaborar y coordinar el desarrollo del Plan de Vigilancia, Prevencion y Control ante una posible epidemia de colera en el Peru, la misma que estara integrada por: La Viceministra de Salud, quien lo presidira. Un representante de la Direccion General de Epidemiologia, quien MORDAZA las veces de Secretario Tecnico. Un representante de la Direccion General de Salud de las Personas. Un representante de la Direccion General de Promocion de la Salud. Un representante de la Direccion General de Salud Ambiental Un representante de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Un representante de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento. Un representante de la Oficina General de Administracion. Un representante de la Oficina General de Defensa Nacional. Un representante de la Oficina General de Comunicaciones. Un representante del Instituto Nacional de Salud. Un representante del Seguro Integral de Salud. Asimismo, participaran como invitados a las sesiones de la Comision Sectorial un representante de cada uno de los siguientes organos: Comando de Salud del Ejercito del Peru, Sanidad de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, Direccion de Sanidad de la Fuerza Aerea del Peru, Direccion

de Salud de la Policia Nacional del Peru; asi como la Asociacion de Clinicas Privadas. Articulo 2°.- Designacion de representantes Los representantes senalados en el articulo 1° seran designados mediante comunicacion dirigida a la Presidencia de la Comision Sectorial, dentro de los tres (3) dias habiles siguientes a la publicacion de la presente resolucion. Articulo 3º.- Instalacion de la Comision Sectorial La Comision Sectorial se instalara en un plazo no mayor de ocho (8) dias calendario contados a partir de la publicacion de la presente resolucion, debiendo presentar al Despacho Ministerial el informe sobre el encargo senalado en el articulo 1° en un plazo no mayor de treinta (30) dias habiles, contados desde el dia de su instalacion. Articulo 4º.- Atribuciones de la Comision Sectorial Los funcionarios y servidores de las entidades, institutos, direcciones y demas organos que integran el Sector Salud deben entregar oportunamente la informacion que requiera la Comision Sectorial, asi como asistir a las reuniones a las que MORDAZA convocados. Articulo 5º.- Funcionamiento La instalacion y el desarrollo de las actividades de la Comision Sectorial no generaran gastos adicionales al tesoro publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 567681-2

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan representante del Ministerio ante el Organo de Direccion de la MORDAZA de Proteccion y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Peru - CAJAPATRAC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 291-2010-TR MORDAZA, 16 de noviembre de 2010 VISTO: La carta de renuncia formulada por MORDAZA MORDAZA Canchis Aremburgo, a la designacion efectuada mediante Resolucion Ministerial N° 330-2009-TR, como delegado y representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante el Organo de Direccion de la MORDAZA de Proteccion y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Peru - CAJAPATRAC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 25249, se crea la MORDAZA de Proteccion y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Peru - CAJAPATRAC; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-91-TR, se establecieron las normas reglamentarias de la Ley Nº 25249, determinandose en su articulo 9º, que la estructura de la CAJAPATRAC, esta constituida por un Organo de Direccion, un Organo de Control y un Organo Ejecutivo; Que, el referido Decreto Supremo establece que el Organo de Direccion esta integrado, entre otros, por un delegado del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, la Primera Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 006-91-TR, establece que la designacion de los representantes del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, se formalizara por Resolucion Ministerial de este Sector;

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