Norma Legal Oficial del día 18 de Noviembre del año 2010 (18/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

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antepecho, presentando como remate del volumen, una suerte de MORDAZA o mansarda tambien ornamentado; Que, como producto de las reformas realizadas en la decada del 60 del siglo pasado, se simplifico el lenguaje y tratamiento de la fachada, siguiendo la tendencia modernista de la epoca, eliminandose el remate del volumen exagonal y la ornamentacion de la misma; Que, el inmueble consta de semi sotano, primer y MORDAZA piso, y presenta retiros en la parte frontal, laterales y posterior. En un inicio la edificacion estuvo destinada a vivienda unifamiliar, ampliandose la construccion a un MORDAZA nivel a los pocos meses de que su propietario mejorara la finca (1909), determinandose por la implementacion de la escalera exterior de MORDAZA adosada al inmueble que conduce a la vivienda del nivel citado, asi como por su acceso forzado, el cambio posterior a uso bifamiliar; Que, el semisotano presenta un amplio ambiente con ingreso por el retiro lateral derecho del lote y ventanas hacia el lado MORDAZA del mismo; dicho ambiente ha sido subdividido en tres espacios destinados a sala de ingreso, oficina y deposito. A traves de un vano en la sala de ingreso se accede a otro ambiente subdividido destinado a oficinas con ventanas en el MORDAZA de fachada posterior del inmueble. Contiguo a una de ellas -lado izquierdoexiste un ambiente de deposito al cual se accede solo desde el patio trasero. El resto de ambientes son pequenos servicios higienicos adosados al MORDAZA de la fachada posterior. Los ambientes del primer piso se organizan en base a un pequeno hall de distribucion y corredor central, a lo largo de los cuales se ubican los ambientes (seis a cada lado) de MORDAZA y dormitorios. Finalizando el corredor central se ubica transversalmente un corredor hacia el cual abren los ambientes de comedor, despensa y servicio higienico; contiguos a los ultimos ambientes citados se ubican el dormitorio de servicio y la cocina, ambos con ventana en el MORDAZA de fachada posterior y acceso a traves de una galeria conformada por pies derechos y balaustrada de MORDAZA hacia la cual abren tambien otra MORDAZA y ventanas del comedor. Cabe senalar que a esta galeria de igual manera se llega mediante una escalera ubicada al lado del servicio higienico del semisotano. El MORDAZA piso repite la distribucion de la planta del nivel inferior, registrandose algunas subdivisiones de ambientes en la parte posterior, aquella que corresponde en el primer nivel a comedor, despensa, cocina y otros. De esta manera los ambientes que se ubican hacia el lado del hall (recepcion) y del corredor central estan destinados a oficinas, sala-comedor y dormitorio; el resto de ambientes que abren al corredor transversal complementan la vivienda de este nivel (estar, servicio higienico, dormitorios, patio, planchador, cocina) presentando tambien galeria de MORDAZA con vista hacia la parte posterior del lote; Que, la fachada hacia la avenida MORDAZA presenta composicion asimetrica, vanos rectangulares en la MORDAZA de ingreso del primer nivel, puertas de balcon y ventanas del MORDAZA nivel; y las ventanas del primer piso son en arco de medio punto. El plano de fachada es parcialmente discontinuo por el volumen exagonal que presenta el inmueble hacia el extremo izquierdo. Los paramentos del MORDAZA son lisos, no poseen zocalo; la escasa ornamentacion que presenta la conforman las molduras sencillas que enmarcan los vanos de puertas y ventanas, las balaustradas de MORDAZA de los balcones de antepecho a ras y del balcon volado de antepecho en el MORDAZA piso, asi como las cornisa media y final de sencillo molduraje que remata el inmueble. El vano de ingreso se halla flanqueado por dos columnas de fuste estriado apoyadas sobre pedestales, que soportan un pequeno entablamento de friso liso sin ornamentacion sobre el que descansa el balcon volado de antepecho. La carpinteria de puertas y ventanas es de madera; Que, la fachada posterior al interior del lote es tripartita, conformada por un pano central atrasado con respecto a los laterales. Los paramentos son lisos, los vanos de puertas y ventanas son rectangulares y la carpinteria de los mismos es de madera. El pano central presenta en sus dos niveles, una galeria conformada por pies derechos y balaustrada de madera; Que, se trata de un inmueble con valor historico, debido a que en el MORDAZA piso del mismo nacio el escritor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa, Premio Nobel de Literatura

2010, conformandose como un importante referente para la memoria colectiva de la MORDAZA de MORDAZA y de la Nacion; asi mismo, por sus caracteristicas formales, constituye un ejemplo de arquitectura civil domestica de inicios del siglo XX y un componente representativo de la evolucion MORDAZA y edilicia de la MORDAZA de MORDAZA, correspondiendo a una antigua vivienda que mantiene sus caracteristicas arquitectonicas en general (composicion de fachada, distribucion, acabados y ornamentacion interior) a pesar de las intervenciones realizadas en la estructura y ornamentacion exterior, asi como tecnologicas (uso de materiales y sistemas constructivos innovadores en la epoca) y urbanisticas (emplazamiento, volumetria, relacion con el entorno) originales, componiendo junto con las edificaciones del entorno MORDAZA inmediato, un conjunto monumental singular caracterizado por la implantacion de las nuevas tipologias de MORDAZA suburbanas a manera de villas o chalets de estilos diversos, tipicas de las corrientes romanticas y academicistas de la epoca a nivel nacional, presentando valores culturales que justifican su proteccion y ameritan conservacion integral; Que, en la Sesion Nº 05 de fecha 05 de noviembre de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo, en base a los considerandos precedentes, emitio el Acuerdo Nº 09 donde propone la declaracion como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion del inmueble ubicado en Av. Boulevard MORDAZA (hoy Av. MORDAZA Nº 101), distrito, provincia y departamento de MORDAZA, MORDAZA donde nacio el escritor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa, Premio Nobel de Literatura 2010; Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura, el cual constituye un organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico con pliego presupuestal del Estado. A traves del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de setiembre de 2010, se aprobo la fusion del Ministerio de Cultura, bajo la modalidad de absorcion, con diversas entidades dentro de las cuales se encuentra el Instituto Nacional de Cultura. La referida MORDAZA contempla que el MORDAZA de fusion para el Instituto Nacional de Cultura concluyo el 30 de setiembre de 2010, por lo que todo procedimiento administrativo posterior a dicha fecha se entendera con el Ministerio de Cultura; Que, por Decreto de Urgencia Nº 066-2010 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 01 de octubre de 2010, se establecieron medidas extraordinarias orientadas a transferir los recursos vinculados al MORDAZA de fusion a favor del Ministerio de Cultura, asi como tambien se establecen disposiciones para garantizar de manera inmediata el adecuado funcionamiento del Ministerio de Cultura. Conforme a lo dispuesto en la Unica Disposicion Complementaria y Transitoria los documentos de gestion del Instituto Nacional de Cultura - INC mantienen vigencia y son de aplicacion en el Ministerio de Cultura hasta la aprobacion de los respectivos documentos de gestion que deberan ser aprobados en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2010MC, del 06 de octubre de 2010, se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos que correspondian aprobar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, en tanto se aprueben los documentos de gestion del Ministerio de Cultura; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, conforme a lo senalado en el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de realizar una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion;

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