Norma Legal Oficial del día 24 de Noviembre del año 2010 (24/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES
Movimiento de carga
Descripcion Importacion de crudo (MB) Exportacion de combustible industrial (MB) Total (MB) 2010 0.00 2014 0.00 2019 0.00 1,580.00 1,580.00 2024 0.00 1,580.00 1,580.00

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anteriores otorgados a favor de terceros. Asimismo, el numeral 31-B.3 del citado articulo, senala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones evaluara el informe tecnico remitido por la Autoridad Portuaria Competente y otorgara, en caso de considerarlo pertinente, la autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena. Finalmente, el numeral 31-B.4 senala que la autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena sera otorgada mediante la expedicion de una Resolucion Suprema refrendada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El otorgamiento de la autorizacion temporal de uso de area acuatica o franja riberena se regula por el silencio administrativo negativo; Que, en el presente caso, mediante Acuerdo de Directorio No. 843-182-17/06/2010/D adoptado en la Sesion No. 182, el Directorio de la APN resolvio aprobar el Informe No. 0292010-APN/DT/CRC emitido por la Direccion Tecnica de la APN, a traves del cual se recomienda aprobar la solicitud de autorizacion temporal de uso de area acuatica presentada por PETROPERU S.A., ubicada en la MORDAZA de Talara, distrito y provincia de Talara, departamento de MORDAZA, por un periodo de dos (02) anos; Que, a traves del Memorando No. 488-2010-APN/ DIPLA e Informe Tecnico No. 038-2010-APN/DIPLA/ ESG emitidos por la Direccion de Planeamiento y Estudios Economicos de la APN, y el Informe No. 0292010-APN/DT/CRC de la Direccion Tecnica de dicha entidad, se indico que en el puerto de Talara existen dos instalaciones portuarias operadas por la empresa PETROPERU S.A., denominadas "Muelle de Carga Liquida" y "Terminal Multiboyas Punta Arenas", donde arriban, permanecen y zarpan, los buques tanques que efectuan previamente operaciones de carga y descarga de hidrocarburos y sus productos derivados como son: gas licuado de petroleo, gasolinas de diversos octanajes, solventes, naftas - virgen y craqueada - kerosene, diesel y petroleo industrial, entre otros; PETROPERU S.A., tiene previsto potenciar la Refineria Talara considerando que el trafico de petroleo crudo y combustible industrial se incrementara progresivamente, haciendo necesaria una modernizacion de la infraestructura portuaria ya existente, asi como el desarrollo de un proyecto de habilitacion portuaria que permita atender la demanda a nivel nacional e internacional; Que, los citados informes de la APN refieren ademas, que el Plan Maestro elaborado por PETROPERU S.A., cumple con todos los puntos considerados en el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, habiendo sido presentado de acuerdo a lo indicado en el Reglamento, para que se le otorgue una autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena ubicada en la MORDAZA de Talara, distrito y provincia de Talara, departamento de MORDAZA, por un periodo de dos (02) anos; asimismo, se senala que el area acuatica y franja riberena a otorgar no vulnera derechos de terceros en la MORDAZA solicitada; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 29, 30, 31, 32 y 35 del Reglamento, la empresa PETROPERU S.A., a efectos de desarrollar infraestructura portuaria en areas acuaticas y franjas riberenas, debera obtener previamente una autorizacion temporal y posteriormente una autorizacion definitiva para el uso de areas acuaticas, las cuales son otorgadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; asi como una habilitacion portuaria que otorga la Autoridad Portuaria Nacional para iniciar la ejecucion de obras de construccion, ampliacion o modificacion de infraestructura portuaria, habiendo la citada empresa previsto para el desarrollo del proyecto una inversion de S/. 6,874,281.00 (Seis Millones Ochocientos Setenta y Cuatro Mil Doscientos Ochenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles), y de S/. 9,666,332.00 (Nueve Millones Seiscientos Sesenta y Seis Mil Trescientos Treinta y Dos y 00/100 Nuevos Soles) durante los anos 2010 y 2011, respectivamente; Que, asimismo, se advierte que el proyecto que PETROPERU S.A., se propone ejecutar sobre un area total de 127,314.16 m2 (Ciento Veintisiete Mil Trescientos Catorce con 16/100 Metros Cuadrados), comprende la instalacion de un MORDAZA amarradero multiboyas para buques tanque de mayor porte, que contara con dos lineas de tuberia submarina de 30" de diametro cada una, para recibir petroleo crudo y embarcar petroleo industrial; la proyeccion de trafico de carga y volumenes a movilizar por dicho terminal en un horizonte de veinte anos se detalla a continuacion:

2029 0.00 1,580.00 1,580.00

1,094.45 1,580.00 1,094.45 1,580.00

MB: Millones de Barriles Movimiento de naves
Descripcion Embarque estimado Desembarque estimado Total 2010 183 28 211 2014 260 28 288 2019 260 28 288 2024 260 28 288 2029 260 28 288

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 9 del Decreto Supremo No. 041-2007-MTC, posteriormente a la aprobacion de la autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena, la Autoridad Portuaria Nacional emitira una liquidacion del Derecho de Vigencia Anual, la que debera ser cancelada por el titular de la autorizacion en el plazo de ocho (08) dias habiles contados desde su notificacion; De conformidad con lo establecido en la Constitucion Politica del Peru, en la Ley No. 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley No. 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC, la Ley No. 27943 ­ Ley del Sistema Portuario Nacional, el Decreto Legislativo No. 1022, el Decreto Supremo No. 003-2004-MTC, el Decreto Supremo No. 041-2007-MTC, el Decreto Supremo No. 027-2008-MTC, el Decreto Supremo No. 016-2005MTC, y la Resolucion Ministerial No. 061-2008-MTC/01; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion de la Autorizacion Temporal de Uso de Area Acuatica y Franja Riberena Otorgar a la empresa PETROPERU S.A., una autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena, ubicada en la MORDAZA de Talara, distrito y provincia de Talara, departamento de MORDAZA, sobre un area total de 127,314.16 m2 (Ciento Veintisiete Mil Trescientos Catorce con 16/100 Metros Cuadrados), segun las siguientes coordenadas DATUM WGS 84:
AREA ACUATICA DATUM WGS 84 - MORDAZA 17
VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 COORDENADAS UTM NORTE ESTE 9494521.677 468744.906 9494383.247 468947.178 9494332.247 468981.178 9494274.193 468996.678 9494278.632 469013.302 9494269.222 469015.961 9494253.802 468994.444 9494247.356 468983.112 9494222.169 468966.675 9494220.667 468925.460 9494212.092 468887.771 9494192.465 468864.298 9494189.287 468856.935 9494195.866 468830.797 9494196.055 468806.763 9494194.831 468754.794 9494198.700 468708.561 9494200.487 468677.862 9494200.487 468651.755 9494203.971 468640.539 9494204.348 468631.774 9494201.230 468609.521 9494204.115 468603.773 9494219.455 468597.471 9494334.507 468599.469 9494349.195 468608.143 9494395.247 468588.677 9494453.495 468680.379 9494479.231 468713.978 COORDENADAS GEOGRAFICAS LATITUD SUR LONGITUD OESTE 04° 34' 23.045" 81° 16' 54.378" 04° 34' 27.556" 81° 16' 47.815" 04° 34' 29.217" 81° 16' 46.712" 04° 34' 31.108" 81° 16' 46.210" 04°34' 30.964" 81° 16' 45.670" 04° 34' 31.271" 81° 16' 45.584" 04° 34' 31.772" 81° 16' 46.282" 04° 34' 31.982" 81° 16' 46.650" 04° 34' 32.802" 81° 16' 47.184" 04° 34' 32.851" 81° 16' 48.522" 04° 34' 33.129" 81° 16' 49.745" 04° 34' 33.768" 81° 16' 50.507" 04° 34' 33.872" 81° 16' 50.746" 04° 34' 33.657" 81° 16' 51.594" 04° 34' 33.651" 81° 16' 52.374" 04° 34' 33.690" 81° 16' 54.061" 04° 34' 33.563" 81° 16' 55.561" 04° 34' 33.505" 81° 16' 56.558" 04° 34' 33.504" 81° 16' 57.405" 04° 34' 33.391" 81° 16' 57.769" 04° 34' 33.378" 81° 16' 58.053" 04° 34' 33.480" 81° 16' 58.776" 04° 34' 33.386" 81° 16' 58.962" 04° 34' 32.886" 81° 16' 59.166" 04° 34' 29.139" 81° 16' 59.100" 04° 34' 28.661" 81° 16' 58.818" 04° 34' 27.161" 81° 16' 59.450" 04° 34' 25.265" 81° 16' 56.473" 04° 34' 24.427" 81° 16' 55.382"

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