Norma Legal Oficial del día 24 de Noviembre del año 2010 (24/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de noviembre de 2010

de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades­; ACORDO: Articulo Primero.- Autorizar al senor MORDAZA, Arq. MORDAZA MORDAZA Aizcorbe MORDAZA, para que participe en representacion de la Municipalidad de La MORDAZA en la XV Cumbre de Mercociudades y en la 58º Reunion del Frente Nacional de Alcaldes, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Belo Horizonte, Republica Federal de Brasil, desde el 30 hasta el 4 de diciembre del 2010. Asimismo, se autoriza el otorgamiento de licencia al senor MORDAZA desde el 5 hasta el 8 de diciembre del 2010 en merito a lo expuesto en los considerandos del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Autorizar que los gastos del pasaje aereo (ida y vuelta) y los impuestos respectivos MORDAZA cubiertos por la Municipalidad de La MORDAZA con cargo a la partida presupuestal correspondiente, precisando que los gastos de hospedaje, alimentacion y transporte interno local desde el 30 de noviembre hasta el 4 de diciembre del 2010 seran cubiertos por los organizadores del evento. Articulo Tercero.- Disponer que dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al viaje que se autoriza, el senor MORDAZA de la Municipalidad de La MORDAZA presente ante el Concejo un informe de las acciones y gestiones realizadas durante los eventos a los cuales ha asistido, de conformidad a las normas legales glosadas en los considerandos. Articulo Cuarto.- Encargar el despacho de la Alcaldia al MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Tan Kuong, desde el 30 de noviembre hasta el 8 de diciembre del 2010. Articulo Quinto.- Encargar, a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo, y a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento del mismo de acuerdo a su competencia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 570406-1

de Reglamentacion Especial denominada el "Damero de Gamarra", conformado por las zonas A y B; Que, en merito a ello se ha observado un incremento exponencial en la construccion de establecimientos comerciales en el "Damero de Gamarra"; sin embargo en muchos casos estas se han ejecutado de manera informal, es decir sin la debida autorizacion municipal; por lo que, a fin de salvaguardar la integridad y la seguridad de quienes concurren en gran afluencia a este emporio comercial durante las festividades navidenas y de fin de ano, resulta necesario tomar medidas preventivas que permitan efectuar una correcta fiscalizacion y evaluacion del riesgo que todas las construcciones existentes representan, a fin de evitar siniestros de consecuencias considerables; Que, ademas de la situacion descrita a nivel de las construcciones en el Damero de MORDAZA, se ha observado que la excesiva afluencia de publico durante las festividades de navidad y ano MORDAZA genera gran caos vehicular, por lo que ante una situacion de emergencia o concurrencia de algun siniestro se encontrarian obstruidos los ingresos y salidas del damero, impidiendo la evacuacion correspondiente; por lo que, en merito a lo expuesto es de MORDAZA importancia ejecutar un plan especial de seguridad y prevencion en esta MORDAZA del distrito, Estando a los fundamentos expuestos y a los informes de vistos, en uso de las facultades conferidas en los articulos 42º y 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­; DECRETA: Articulo Primero.- Suspender toda obra que se encuentre en ejecucion o por ejecutarse en el Damero de MORDAZA (Zonas A y B), de conformidad con el perimetro y los limites establecidos en la Ordenanza Nº 35/MDLV de fecha 23 de noviembre de 1999, desde la entrada en vigencia del presente Decreto de Alcaldia hasta el 4 de enero de 2011. Articulo Segundo.- Precisar que solo se permitira de manera excepcional, la continuidad de las obras que por su situacion no representen ningun MORDAZA de riesgo, lo cual sera determinado por la Subgerencia de Defensa Civil, previa evaluacion. Articulo Tercero.- La Gerencia de Seguridad Ciudadana de conformidad a sus funciones y atribuciones debe de mantener permanentemente vigiladas las rejas que protegen las entradas al Damero de MORDAZA, ubicando a un responsable en cada una de las mismas, a fin de estas MORDAZA abiertas en caso de una evacuacion o del ingreso de vehiculos de apoyo para las emergencias que pudieran suscitarse. Articulo Cuarto.- La Subgerencia de MORDAZA y Transporte conforme a sus funciones y en coordinacion con la Policia Nacional debe: a) Evitar la obstruccion y sobresaturacion en las vias de circulacion y evacuacion del Damero de Gamarra. b) Prohibir el estacionamiento de autos en doble y triple fila. c) Restringir el ingreso de vehiculos cuando los estacionamientos esten totalmente ocupados. d) Ordenar el estacionamiento de vehiculos de forma paralela en la Av. MORDAZA La Catolica (Damero A), Jr. MORDAZA Unanue (Damero B), y Jr. MORDAZA Von Humboltd (Damero B), e) No permitir el ingreso de vehiculos que prestan servicio de taxi no autorizado al Damero A, estableciendo como unico ingreso a esta MORDAZA por la Av. Mexico hasta Jr. MORDAZA con Jr. Belgica y como unica salida por Jr. Belgica con Jr. MORDAZA, coordinando con los responsables de dichas rejas. f) Permitir el estacionamiento de vehiculos solo en las cuadras 11 y 12 del Jr. MORDAZA Bazo, quedando prohibido en las demas cuadras de dicha via, asi como en aquellas que no esten consideradas como zonas de estacionamiento. g) Tomar las medidas que resulten necesarias para evitar obstrucciones en el ingreso y salida de los vehiculos de emergencia. Articulo Quinto.- La Gerencia de Desarrollo Economico y la Gerencia de Fiscalizacion y Control conforme a sus funciones y atribuciones deberan coadyuvar al cumplimiento de las siguientes disposiciones:

Suspenden obras en ejecucion o por ejecutarse en el Damero de MORDAZA (Zonas A y B)
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2010/MLV

La MORDAZA, 17 de noviembre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTOS; el Informe Nº 292-10-GAJ/MDLV de fecha 16 de noviembre de 2010 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; el Informe Nº 322-2010-MDLV-GDUSGDC de fecha 12 de noviembre de 2010 emitido por la Subgerencia de Defensa Civil, adjuntando el Informe Nº 319-2010-SGDC-GDU/MDLV de fecha 11 de noviembre de 2010 de la misma area, los Informes Nº 165-10-GDEMDLV y Nº 168-10-GDE-MLV, del 10 y 12 de noviembre de 2010, respectivamente, ambos emitidos por la Gerencia de Desarrollo Economico, y el Memorandum Nº 152-2010SGTT-GDU-MLV emitido por la Subgerencia de MORDAZA y Transporte, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico; Que, con la finalidad de propiciar el desarrollo comercial y garantizar la inversion privada existente, la Municipalidad de La MORDAZA emitio la Ordenanza Nº 035/ MDLV de fecha 23 de noviembre de 1999, creando la MORDAZA

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