Norma Legal Oficial del día 24 de Noviembre del año 2010 (24/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de noviembre de 2010

el MORDAZA coactivo no se encuentre con medida cautelar; y, de S/. 50.00 Nuevos Soles cuando se hubiesen trabado medidas cautelares en forma de retencion. Este caso es aplicable a todo concepto. En el caso de que la medida cautelar de embargo hubiese sido dictada en forma de inscripcion en los Registros Publicos de predios o de vehiculos, las costas de levantamiento de dicha informacion seran asumidas por el deudor tributario. Con el acogimiento al Beneficio se levantaran las medidas cautelares y se suspendera o concluira el procedimiento de Cobranza Coactiva iniciada. 3.6. Deudas por multas de Regularizacion de Licencia de Funcionamiento: se condonara el 100% de la multa impuesta por iniciar o desarrollar una actividad comercial sin la respectiva autorizacion, siempre que se solicite la Licencia y se acredite el cumplimiento de las condiciones de seguridad por medio del Certificado de Inspeccion Tecnica de Defensa Civil correspondiente. 3.7. Deudas por Regularizacion de Licencia de Edificacion: se abonara por todo concepto los derechos administrativos de S/. 2.00 nuevos soles por metro MORDAZA, siendo el monto minimo la suma de S/. 200.00 nuevos soles, cifra que sera cancelada al momento de la MORDAZA del expediente, y siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en la Ley Nº 29090. Articulo 4.- Acogimiento a la presente Ordenanza El acogimiento a la presente ordenanza se podra realizar de la siguiente manera: 4.1. Mediante el pago al contado: Se realizara en forma automatica a traves del pago de la deuda directamente en MORDAZA de palacio municipal y/o agencia municipal. En este caso el pago registrado constituye la MORDAZA del acogimiento. 4.2. Mediante pago fraccionado: Conforme a lo establecido en la presente Ordenanza con el pago al contado de por lo menos el 30% del monto total de la deuda tributaria y no tributaria que tuviera con la Municipalidad y el convenio de fraccionamiento. En cualquiera de las formas senaladas en los numerales 4.1 y 4.2 del presente articulo, implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria. En consecuencia, el administrado o el deudor tributario deberan desistirse de la continuacion de procesos de reclamo administrativo y judicial, presentando un escrito de desistimiento de su pretension ante el organo que corresponde. Articulo 5.- Convenios de fraccionamiento Los contribuyentes que con anterioridad a la vigencia del beneficio otorgado hayan suscrito convenios de fraccionamiento, por los periodos comprendidos y hasta el Tercer Trimestre del 2010, podran cancelar sus cuotas Insolutas restantes sin los intereses respectivos. Articulo 6.- Obligaciones en ejecucion coactiva Los incentivos establecidos en los articulos precedentes alcanzaran a los contribuyentes y/o deudores que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva, asi como a los contribuyentes responsables o infractores que a la fecha gozan del beneficio extraordinario de fraccionamiento de pago por el saldo de la deuda, asimismo a los contribuyentes que hubieren perdido dicho beneficio. Articulo 7.- De los recursos impugnatorios en tramite Los contribuyentes que deseen acogerse a los beneficios establecidos por la presente Ordenanza y que tengan en tramite recursos de reclamacion y/o de apelacion, deberan presentar una solicitud de desistimiento de tales recursos. Articulo 8.- Vigencia La presente Ordenanza entrara en vigencia, a partir del dia siguiente de su publicacion y vence el 30 de noviembre de 2010. Vencido este plazo se procedera a ejecutar la cobranza del total de la deuda. Articulo 9.- Pagos Anteriores Los montos pagados con anterioridad a la presente Ordenanza no seran materia de devolucion o compensacion alguna.

DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al Senor MORDAZA a que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias y/o reglamentarias, incluyendo la ampliacion de la vigencia del beneficio de la presente Ordenanza, de ser necesaria la misma. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Planeamiento y Administracion Financiera, Gerencia de Tecnologias de la Informacion, y Secretaria General el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 570387-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 315-MSI que aprobo suspension temporal de recepcion de determinadas solicitudes de autorizacion municipal referentes a publicidad exterior
ORDENANZA Nº 319-MSI

EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA, Visto, en sesion ordinaria de la fecha, la propuesta del senor MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA Cantella Salaverry, presentada por la regidora MORDAZA de Monzarz Stier; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 315-MSI de fecha 1° de octubre de 2010 se aprobo, la suspension temporal de la recepcion de determinadas solicitudes de autorizacion municipal de ubicacion de elementos de publicidad exterior por un periodo de noventa (90) dias calendario o hasta la emision de la MORDAZA que modifique la Ordenanza N° 248MSI que regula la ubicacion de elementos de publicidad exterior en el Distrito de San MORDAZA, publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 02 de octubre de 2010; Que, estando proximo a vencer el periodo de suspension temporal MORDAZA senalado, es necesario atender el pedido formulado de la ampliacion de la misma hasta el 30 de enero del ano 2011, en tanto las nuevas autoridades municipales electas puedan contar con el tiempo suficiente para la realizacion de un analisis que permita determinar los aspectos tecnicos necesarios a incorporar en la Ordenanza N° 248-MSI; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º, numeral 8, y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo aprobo por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 315-MSI SOBRE SUSPENSION TEMPORAL PARA LA RECEPCION DE DETERMINADAS SOLICITUDES DE AUTORIZACION MUNICIPAL DE UBICACION DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Unico.- Ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 315-MSI publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 02 de octubre del ano 2010, que aprobo la suspension temporal para la recepcion de

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