Norma Legal Oficial del día 24 de Noviembre del año 2010 (24/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de noviembre de 2010

Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 569625-1

1,037.52 m2, de propiedad de la sucesion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zumaeta MORDAZA de Vidalon, ubicado en la Av. MORDAZA s/n, barrio de Bellavista, lircay; terreno con un perimetro de 212.23 ml., cuyos linderos y medidas perimetricas son: - Por el frente: con la Av. MORDAZA con 12 ml. - Por la izquierda: con el fundo Perseverancia, con 93.56 ml. - Por la derecha: con el fundo Perseverancia, con 94.67 ml. - por el fondo con el rio Sicra (futuro MORDAZA de Evitamiento), con 12 ml. Que el area de terreno a expropiarse no cuenta con inscripcion registral, unicamente con titulo de propiedad a favor de sucesion MORDAZA senalada; que dicha expropiacion se efectua para la ejecucion de la obra publica: "apertura de via de acceso al MORDAZA Evitamiento sobre el rio Sicra, distrito de Lircay, provincia de Angaraes - Huancavelica", obra municipal de necesidad y utilidad de desarrollo publico de la MORDAZA de Lircay. Que, los miembros del Concejo Municipal debatieron el Informe Nº 044-2010/MPAL-GM/JCCHC, de fecha 11 de noviembre de 2010, aprobandolo por Unanimidad; Que, el Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, es atribucion del MORDAZA ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad, en consecuencia resulta ineludible la donacion dineraria aprobada por los miembros del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo previsto por el Articulo 9º numeral 26) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del tramite de lectura del acta, adopto por unanimidad el siguiente: ACUERDO: Primero.- APROBAR, la expropiacion por causa de necesidad publica un area de terreno de 1,037.52 m2, de propiedad de la sucesion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zumaeta de Vidalon, ubicado en la Av. MORDAZA s/n, Barrio de Bellavista, Lircay; con un perimetro de 212.23 ml., descrita en la parte considerativa del presente Acuerdo, y como beneficiario de la expropiacion, la Municipalidad Provincial de Angaraes. Segundo.- AUTORIZAR al senor MORDAZA para que mediante Resolucion de Alcaldia apruebe el expediente tecnico y a traves de las areas correspondientes se realicen las tramitaciones del MORDAZA de expropiacion. Tercero.- DISPONER la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA V. ANYAIPOMA MORDAZA MORDAZA 569658-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL ANGARAES
Aprueban expropiacion de terreno por necesidad publica
ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2010/MPAL-CM

Lircay, 11 de noviembre del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANGARAES ­ LIRCAY POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Angaraes ­ Lircay, en Sesion Extraordinaria Nº 022-2010/MPAL-CM, de fecha 11 de noviembre de 2010; VISTO: El Informe Nº 044-2010/MPAL-GM/JCCHC, de fecha 11 de noviembre de 2010, emitido por el Gerente Municipal, sobre aprobacion Iniciativa Legislativa de Expropiacion de Terrenos para Acceso de MORDAZA de Evitamiento. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º, modificado por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion; Que, a traves del documento de Vistos el Gerente Municipal, presenta la documentacion sustentatoria para la Iniciativa Legislativa de Expropiacion de Terreno para acceso al MORDAZA Evitamiento; Mediante Informe Legal Nº 021-2010/AL/MPAL/ AAR, de fecha 18 de marzo de 2010, emitido por el Asesor Legal de la Municipalidad Provincial de Angaraes ­ Lircay, se senala el procedimiento a seguir para el MORDAZA de expropiacion del terreno de propiedad de la Sucesion Intestada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zumaeta de Vidalon, destinado a la apertura del acceso al MORDAZA de Evitamiento sobre el rio Sicra, distrito de Lircay, provincia de Angaraes ­ Huancavelica; Que, mediante Ley Nº 27117 ­ Ley General de Expropiaciones senala que la expropiacion consiste en la transferencia forzosa, autorizada unicamente por Ley expresa del Congreso a favor del Estado a iniciativa del Poder Ejecutivo, Regiones o Gobiernos Locales, previo pago en efectivo de la indemnizacion justipreciada que incluye compensacion por el eventual perjuicio; Que, por el Articulo 94º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, las municipalidades esta facultadas para requerir la expropiacion de bienes inmuebles por causa de necesidad publica, para la ejecucion de los planes de desarrollo local o la prestacion de los servicios publicos, con fines municipales acordado por el concejo provincial con el MORDAZA aprobatorio de mas de la mitad de numero legal de Regidores; Que, por causas de necesidad publica la Municipalidad Provincial de Angaraes ­ Lircay, requiere la expropiacion del terreno de un area de terreno de

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPEN
Modifican la Ordenanza Nº 011-2007MPCH
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2010-MPCH

Chepen, 18 de octubre del 2010 Visto el Informe Nº 500-2010-JA-MPCH de la Oficina de Asesoria Juridica; y,

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