Norma Legal Oficial del día 14 de Octubre del año 2010 (14/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania AEROMASTER DEL PERU S.A.C., la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, a fin de incrementar material aeronautico a los ya autorizados a traves de la Resolucion Directoral Nº 001-2007-MTC/12 del 05 de enero del 2007, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL autorizados) AERONAUTICO: (ademas de los

- Airbus 318 - Airbus 319 - Airbus 320 - Airbus 321 - Airbus 330 - Boeing 737 - Boeing 767 - Embraer 120 - Embraer 145 - Embraer 170 - Embraer 190 Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 001-2007-MTC/12 del 05 de enero del 2007 continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 545001-1

Prorrogan plazo para el inicio de la prestacion de servicios portadores de larga distancia nacional e internacional otorgado a Sky Telecom Peru S.A.C. y aprueban Adenda
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 459-2010-MTC/27 MORDAZA, 14 de septiembre de 2010 VISTO, el Expediente Nº 2007-019648 del 14 de junio de 2007, MORDAZA con escritos de registro Nº 2007019648-A del 18 de junio de 2007, Nº 2007-019648-B de fecha 12 de MORDAZA de 2007, Nº 2007-014648-C de fecha 19 de octubre de 2007, Nº 2007-019648-D de fecha 14 de MORDAZA de 2008 y escrito con P/D Nº 084469 de fecha 11 de junio de 2010, por el que la empresa SKY TELECOM PERU S.A.C. solicita prorroga del plazo para el inicio de la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado y no conmutado, otorgados a su favor mediante Resolucion Ministerial Nº 340-2006-MTC/03; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 340-2006MTC/03, del 27 de MORDAZA de 2006, se otorgo a la empresa SKY TELECOM PERU S.A.C., concesion para la prestacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional internacional en las modalidades conmutado y no conmutado, por el plazo de veinte (20) anos, en las provincias de MORDAZA, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA y MORDAZA, de los

departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA y MORDAZA respectivamente; suscribiendose el respectivo contrato de concesion el 14 de junio de 2006; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2398-2006MTC/17 de fecha 06 de noviembre de 2006, se resolvio asignar a la empresa SKY TELECOM PERU S.A.C. el codigo 800-80050, para la prestacion de comunicaciones de larga distancia mediante el uso de Tarjetas de pago; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2511-2006MTC/17, de fecha 30 de noviembre de 2006, notificada el 01 de diciembre de 2006, se asigno el codigo de identificacion 1908 a favor de SKY TELECOM PERU S.A.C., para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; Que, asimismo, mediante Resolucion Directoral Nº 0132-2007-MTC/27 de fecha 23 de octubre de 2007, notificada el 25 de octubre de 2007 se resuelve asignar a la empresa SKY TELECOM PERU S.A.C., 1 codigo de punto de senalizacion nacional y 1 codigo de punto de senalizacion internacional, para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; Que mediante el expediente de la vista y sus escritos ampliatorios la empresa SKY TELECOM PERU S.A.C. solicita prorroga del plazo para el inicio de la prestacion del servicio otorgado a su favor mediante Resolucion Ministerial Nº 340-2006-MTC/03; Que, en ese sentido, el numeral 6.02 de la clausula sexta de dicho contrato de concesion, establece la obligacion de la empresa SKY TELECOM PERU S.A.C. de iniciar la prestacion del servicio en un plazo que no excedera de doce (12) meses, computados desde la fecha efectiva; entendiendose como tal, la fecha de suscripcion del contrato de concesion, segun lo dispuesto en la clausula cuarta del mismo contrato, es decir, desde el 14 de junio de 2006; Que, el articulo 134º del MORDAZA Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo No. 020-2007-MTC, senala que en el contrato de concesion se establece en forma especifica el plazo para que el concesionario inicie la prestacion del servicio de telecomunicaciones concedido. Dicho plazo no esta sujeto a prorroga, salvo por caso fortuito o fuerza mayor; Que, el plazo de (12) meses para que la empresa SKY TELECOM PERU S.A.C. inicie la prestacion del servicio otorgado a su favor mediante Resolucion Ministerial Nº 340-2006-MTC/03, vencio el 14 de junio de 2007; Que, la clausula decimo MORDAZA del contrato de concesion, senala que la concesionaria quedara exonerada del cumplimiento de las obligaciones contenidas en dicho contrato, incluyendo las sanciones y los danos derivados de su incumplimiento, solo en la medida y por el periodo en que dicho cumplimiento sea obstaculizado o impedido por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados y calificados como tales por EL MINISTERIO; Que, en aplicacion supletoria del articulo 1315º del Codigo Civil, se define el caso fortuito o fuerza mayor como la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecucion de la obligacion o determina su cumplimiento parcial, MORDAZA o defectuoso; Que, de la documentacion presentada por la empresa SKY TELECOM PERU S.A.C., se advierte que las demoras en la adquisicion del equipamiento, al haberse encontrado en un MORDAZA de transferencia por el que la empresa americana Audiocodes, Inc, adquirio los derechos de la empresa Nuera Communications, conforme se ha acreditado con el documento de fecha 08 de junio de 2007, en donde el representante de la empresa Audiocodes solicita se le otorgue un MORDAZA plazo para atender el requerimiento de equipos por parte de la concesionaria Sky Telecom S.A.C. y el retraso en la asignacion de la numeracion por parte de la Administracion, lo que se evidencia con la solicitud presentada con fecha 18 de setiembre de 2006, la misma que fue atendida con la Resolucion Directoral Nº 2398-2006-MTC/17 de fecha 06 de noviembre de 2006 en la que se resuelve asignar a la empresa SKY TELECOM PERU S.A.C. el codigo 80080050, para la prestacion de comunicaciones de larga distancia mediante el uso de Tarjetas de pago. Asimismo, con Resolucion Directoral Nº 2511-2006-MTC/17 de fecha 30 de noviembre de 2006, por la cual se asigno el codigo de identificacion a favor de la administrada, para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia

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