Norma Legal Oficial del día 15 de Octubre del año 2010 (15/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de octubre de 2010

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex Presidentas del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 737-2010-MIMDES MORDAZA, 13 de octubre de 2010 Visto el Informe Nº 051-2010-CEPPAD/RM.2752009-MIMDES de la Comision Especial Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para los Presidentes y ex-Presidentes de Directorio de las Sociedades de Beneficencia Publica en el ambito nacional, constituida por Resolucion Ministerial Nº 442-2007-MIMDES y modificada por Resolucion Ministerial Nº 275-2009-MIMDES; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 359-2009-SBP-C-P del 26 de agosto de 2009, el Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao remitio a la Direccion Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF el Informe Nº 035-2006-SBP-C-OCI, "Examen Especial a la Unidad de Personal. Periodo 2005", correspondiente a la Accion de Control Nº 02-0495-2006003; Que, mediante Oficio Nº 1338-2009/INABIF.DE del 18 de septiembre de 2009, la Direccion Ejecutiva del INABIF remitio a la Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES el Informe Nº 035-2006SBP-C-OCI, a fin que se procediera a la implementacion de la Recomendacion Nº 02 del referido Informe, sobre la instauracion del MORDAZA administrativo disciplinario a las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidentas del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao; Que, mediante Nota Nº 193-2009-MIMDES/SG, recibida el 15 de octubre de 2009, la Secretaria General del MIMDES remitio a la Titular del Sector el Oficio Nº 13382009/INABIF.DE, recomendando que dicho documento fuese puesto en conocimiento de la Comision Especial Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios (CEPPAD) del MIMDES; Que, mediante Informe Nº 051-2010-CEPPAD/ RM.275-2009-MIMDES, la CEPPAD ha remitido a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social sus conclusiones acerca de la responsabilidad administrativa de las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidentas del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao; Que, en su Informe Nº 051-2010-CEPPAD/RM.275-2009MIMDES, la CEPPAD ha senalado que, de acuerdo con lo manifestado por el Organo de Control Institucional de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao en la Observacion Nº 5, la modificacion de la Plaza Nº 001 de Secretario General (Cargo clasificado como Abogado IV ­ SBP) por el cargo de confianza de Director de Sistema Administrativo III ­ Nivel F3, del Grupo Ocupacional D - (Directivo), infringiendo la normativa vigente, origino un pago en exceso de la remuneracion y del CAFAE, durante el periodo de MORDAZA de 2002 a junio de 2006, cuyo monto ascendio a S/. 103,396.29 (Ciento tres mil trescientos noventa y seis con 29/100 nuevos soles); Que, asimismo, la CEPPAD refiere que dicha modificacion incumplio la prohibicion de recategorizacion de plazas, con incremento de remuneraciones y del CAFAE y, por lo tanto, infringio la normativa legal vigente, asi como inobservo el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de la entidad, aprobado por Resolucion Gerencial Nº 072-97-GG-SBC; Que, al respecto, la CEPPAD ha precisado que fue mediante Resolucion Presidencial Nº 006-2002-P/SBC del 18 de febrero de 2002, suscrita por la ex-Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica

del Callao, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que se declaro como cargo de confianza la Plaza Nº 001, cargo clasificado de Abogado IV y cargo estructural de Secretario General de la Presidencia de la Alta Direccion de la Sociedad de Beneficencia del Callao; habiendo designado posteriormente en dicho cargo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Resolucion Presidencial Nº 022-2002-P/SBC del 2 de MORDAZA de 2002; Que, por otro lado, la CEPPAD ha indicado que durante el ejercicio del cargo de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, se emitio la Resolucion Presidencial Nº 074-2002-P/SBC del 5 de MORDAZA de 2002, a traves de la cual se designo a la senora MORDAZA MORDAZA Urcia MORDAZA en el cargo de Secretaria General; Que, en tal sentido, la CEPPAD ha resaltado en su Informe Nº 051-2010-CEPPAD/RM.275-2009-MIMDES que la decision de modificar la plaza de Secretario General de Abogado IV a un cargo de confianza de Director Administrativo Sistema III (Nivel F-3) ocasiono que la Unidad de Personal y el CAFAE pagaran remuneraciones e incentivos adicionales al Secretario General en el periodo comprendido entre MORDAZA de 2002 a junio de 2006, distintos de los que habria correspondido otorgarsele de acuerdo al nivel establecido en el CAP de la entidad; Que, segun afirma la CEPPAD, la situacion descrita se habria debido a la emision de la Resolucion Presidencial Nº 006-2002-P/SBC del 18 de febrero de 2002, dictada por la entonces Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien no tuvo en cuenta el Oficio Nº 384-02/INABIF-GPR del 11 de marzo de 2002, a traves del cual la Unidad Gerencial para el Desarrollo de la Poblacion en Riesgo del INABIF le informo que no era posible atender la solicitud de financiamiento de la plaza solicitada, sugiriendole que evaluase la posibilidad de cubrir la plaza con ingresos directamente recaudados, siempre que la misma se encontrase prevista en el CAP de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao y presupuestada en el Presupuesto Institucional de Apertura ­ PIA correspondiente al ejercicio fiscal 2002; Que, adicionalmente y en relacion con lo anterior, la CEPPAD ha senalado que el Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP de la entidad para el ejercicio presupuestal del 2002 fue aprobado con Resolucion Gerencial Nº 1382001-GG-SBC del 28 de diciembre de 2001 en el que no se encuentra el cargo de Secretario General y que, mediante Resolucion Gerencial Nº 090-2002-GG/SBC del 26 de MORDAZA de 2002, se volvio a aprobar el PAP 2002 en via de regularizacion con vigencia a partir del 1 de febrero del mismo ano; mientras que el Presupuesto Institucional de Apertura ­ PIA se aprobo con Resolucion Gerencial Nº 005-2002-GG/ SBC del 4 de enero de 2002, es decir MORDAZA de la declaracion como cargo de confianza del Secretario General; Que, por otro lado, en cuanto a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la CEPPAD indica que, en su calidad de Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, procedio a nombrar a la senora MORDAZA MORDAZA Urcia MORDAZA en el cargo de Secretaria General con Nivel F-3, sin tener en cuenta los documentos de gestion, como son el Cuadro Analitico de Personal y Presupuesto Analitico de Personal; Que, atendiendo a lo expuesto, la CEPPAD ha manifestado que, conforme a lo establecido en el articulo 10 del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, el Presidente del Directorio es la mas alta autoridad individual de dicha Beneficencia, ejerce la representacion oficial y permanente de la Institucion, y tiene como funciones, entre otras, las de (i) convocar y presidir las sesiones del Directorio y la Asamblea General de Socios; (ii) velar por el cumplimiento de los acuerdos del Directorio y ejercer la representacion oficial de la Institucion ante los poderes y organismos del Estado, asi como ante los organismos internacionales, gobiernos extranjeros y misiones diplomaticas; y, (iii) revisar y proponer al Directorio el proyecto de presupuesto general, entre otros planes, programas, proyectos y convenios necesarios para el buen desarrollo institucional; Que, por las consideraciones MORDAZA expuestas, la CEPPAD estima que existen elementos de juicio que

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