Norma Legal Oficial del día 15 de Octubre del año 2010 (15/10/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

427614

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de octubre de 2010

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Proyecto de Directiva de Procedimiento de Queja por Defectos de Tramitacion en los Procedimientos de Solucion de Controversias entre Empresas ante el OSIPTEL
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 141-2010-CD/OSIPTEL MORDAZA, 12 de octubre de 2010 MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados; Que en ese sentido, el Proyecto de Directiva de Procedimiento de Queja por Defectos de Tramitacion en los Procedimientos de Solucion de Controversias entre Empresas ante el OSIPTEL debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto de dicho proyecto, definiendose un plazo para la remision de los comentarios respectivos; Conforme a las funciones previstas en el inciso b) del articulo 75º del Decreto Supremo Nº 008-2001PCM, Reglamento General del OSIPTEL, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 398; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del Proyecto de Directiva de Procedimiento de Queja por Defectos de Tramitacion en los Procedimientos de Solucion de Controversias entre Empresas ante el OSIPTEL y su Exposicion de Motivos. Articulo Segundo.- Disponer un plazo de veinte (20) dias calendario contados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios, adjuntando MORDAZA de los mismos en formato electronico, respecto del Proyecto de Resolucion referido en el articulo precedente, al OSIPTEL (Calle de la Prosa Nº 136, San MORDAZA, Lima), pudiendo remitirlos via fax al numero: (511) 475-1816 o mediante correo electronico a la direccion: sid@osiptel.gob.pe. En todos los casos, los comentarios deberan enviarse de acuerdo al formato establecido en el anexo adjunto a la presente resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria Tecnica del Tribunal de Solucion de Controversias del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten, asi como la MORDAZA a la Alta Direccion de sus correspondientes recomendaciones. Registrese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo ANEXO Formato para la MORDAZA de comentarios al Proyecto de Directiva de Procedimiento de Queja por Defectos de Tramitacion en los Procedimientos de Solucion de Controversias entre Empresas ante el OSIPTEL
Articulo del Proyecto 1º 2º 3º .......... Comentarios Generales Otros Comentarios Comentario

MATE- Defectos de : Solucion de RIA OSIPTEL
VISTOS:

Proyecto de Directiva de Procedimiento de Queja por Tramitacion en los Procedimientos de Controversias entre Empresas ante el

(i) El Proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General, que dispone la publicacion para comentarios del Proyecto de Directiva de Procedimiento de Queja por Defectos de Tramitacion en los Procedimientos de Solucion de Controversias entre Empresas ante el OSIPTEL; (ii) El Informe Nº 002-ST-TSC/2010 que sustenta el Proyecto de Resolucion al que se refiere el numeral precedente y recomienda su publicacion para comentarios, y con la conformidad de la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que, acorde con lo senalado en el articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos, Ley Nº 27332 y sus modificatorias, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ejerce, entre otras, la funcion normativa que comprende la facultad de dictar en el ambito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el inciso b) del articulo 25º del Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, Reglamento General del OSIPTEL establece que en ejercicio de la funcion normativa pueden dictarse reglamentos o disposiciones de caracter general referidas a las reglas a las que estan sujetos los procesos que se sigan ante cualquiera de los organos funcionales del OSIPTEL, incluyendo, entre otros, a los procedimientos de solucion de controversias. Que, tomando en consideracion la experiencia obtenida por las instancias de solucion de controversias del OSIPTEL en la tramitacion de procedimientos de queja, asi como la necesidad de precisar aspectos procesales con el objetivo de dotar de predictibilidad y seguridad a aquellos involucrados en los procedimientos de solucion de controversias, el OSIPTEL ha considerado conveniente aprobar una Directiva de Procedimiento de Queja por Defectos de Tramitacion en los Procedimientos de Solucion de Controversias entre Empresas ante el OSIPTEL; Que, el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 008-2001PCM, Reglamento General del OSIPTEL, establece que toda decision del OSIPTEL debera adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse MORDAZA conocidos y predecibles por los administrados; Que, el articulo 27º del Decreto Supremo Nº 008-2001PCM, Reglamento General del OSIPTEL, dispone que constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos, normas y disposiciones regulatorias de caracter general que dicte el OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.