Norma Legal Oficial del día 15 de Octubre del año 2010 (15/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de octubre de 2010

Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 555743-2

de Infraestructura de Riego -PMIR, con los nombres, apellidos y numero del Documento Nacional de Identidad de los Presidentes de los Comites de Mantenimiento PMIR -2010, hasta por la suma de Doce Millones Quinientos Doce Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 12 512 00,00), para la atencion en una primera fase de 404 distritos y 1839 actividades que es necesario aprobar; De conformidad con la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Legislativo N° 997; SE RESUELVE:

Aprueban relacion de actividades de infraestructura de riego a nivel distrital y nombres de los Presidentes de los Comites de Mantenimiento PMIR 2010 a nivel nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0667-2010-AG MORDAZA, 14 de octubre de 2010 VISTO: El Oficio N° 1832-2010-AG/DGIH-DG de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica, sobre aprobacion de las actividades de riego y nombres de los Presidentes de los Comites de Mantenimiento PMIR-2010; CONSIDERANDO: Que, el articulo 12° inciso b) de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2010 faculta al Ministerio de Agricultura a destinar recursos hasta por la suma de Ciento Cincuenta y Tres Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 153 000 000.00) para el mantenimiento o construccion de infraestructura de riego; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 043-2010, se autorizo al Ministerio de Agricultura ejecutar, con cargo a su presupuesto institucional en la Generica del Gasto Bienes y Servicios y dentro del limite autorizado para dicha generica por el Decreto de Urgencia N° 037-2010, los gastos para el mantenimiento de infraestructura de riego, priorizando los distritos mas pobres y con menores recursos, comprendiendo MORDAZA, bocatomas, obras de arte, aforadores, MORDAZA, reservorios, micro presas, y otras estructuras de distribucion de agua de riego; Que, por Resolucion Ministerial N° 0451-2010-AG de fecha 07 de MORDAZA de 2010 se autorizo una Modificacion Presupuestaria entre Unidades Ejecutoras del Pliego 013 Ministerio de Agricultura, que le permita a la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central, contar con los recursos necesarios de hasta CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 000 000,00), para la atencion del mantenimiento de infraestructura de riego en el presente ano Fiscal; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0516-2010AG de fecha 20 de agosto de 2010, se aprobo el Manual para la Implementacion del "Programa de Mantenimiento de la Infraestructura de Riego - PMIR 2010", precisando en el item VIl - PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS, numerales 7.1 y 7,2, la aprobacion mediante Resolucion Ministerial de las actividades de infraestructura de riego materia de financiamiento, informacion que se publicara en los locales de las Juntas de usuarios donde se ejecutara la actividad de mantenimiento y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Agricultura, asi como las gestiones y vigilancia que debera efectuar la Oficina de Administracion como Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura-Administracion Central; Que, la Direccion de Proyectos de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica mediante Oficio N° 0032010-AG-DGIH-DP/PERPEC de fecha 22 de setiembre de 2010 remite adjunto el Informe N° 026-2010-AG-DGIH/ F.G.RA, sobre relacion de infraestructura de riego materia de financiamiento por el Programa de Mantenimiento

Articulo 1º.- Aprobar, la relacion de actividades de infraestructura de riego a nivel distrital y los montos asignados a cada una de ellas, hasta por un monto de Doce Millones Quinientos Doce Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 12 512 00,00), en su primera etapa, con los nombres, apellidos y documento nacional de identidad de los Presidentes de los Comites de Mantenimiento PMIR -2010 a nivel nacional, a cargo de la ejecucion de mantenimiento de la infraestructura de riego. Articulo 2°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y la relacion de actividades de mantenimiento de infraestructura de riego con los nombres, apellidos y numero del documento nacional de identidad de los Presidentes de los Comites de Mantenimiento PMIR - 2010, sera publicada en los locales de las Juntas de Usuarios donde se ejecutara la actividad y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 555743-3

Aprueban Procedimiento para Aplicacion de las Pruebas de Anillo en Leche y MORDAZA Indirecta en Leche para Diagnostico de Brucelosis Bovina
RESOLUCION JEFATURAL Nº 319-2010-AG-SENASA La MORDAZA, 7 de octubre de 2010. CONSIDERANDO: Que, la Septima Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1059, que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, faculta a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria para dictar las normas, disposiciones, directivas, y medidas que MORDAZA necesarias para complementar, especificar o precisar el contenido normativo de esta Ley, su Reglamento o disposiciones complementarias, o que se requieran para su mejor aplicacion; Que, conforme a lo normado en el inciso k) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA -, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; entre las funciones y atribuciones de la Jefatura Nacional esta emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; Que, los articulos 9º y 11º del Reglamento de Control y Erradicacion de Brucelosis Bovina, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2000-AG, establecen la aplicacion de las pruebas del Anillo en Leche y MORDAZA para el diagnostico de dicha enfermedad; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria del Reglamento mencionado en el parrafo anterior indica que el SENASA dictara las normas y demas disposiciones que fueran necesarias para dar cumplimiento a lo estipulado en dicho Reglamento; Que, es necesario contar con un procedimiento para aplicacion de las pruebas de Anillo en Leche y MORDAZA Indirecta en Leche para diagnostico de Brucelosis Bovina a nivel nacional;

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