Norma Legal Oficial del día 22 de Octubre del año 2010 (22/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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funciones de seguimiento, fiscalizacion o emision de informes tecnicos, siendo su instrumento de creacion formal un Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados; Que, el articulo 4 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, senala que mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente se designa a los miembros de Comisiones Multisectoriales; Que, se ha visto por conveniente designar al representante del Ministro de Economia y Finanzas en el Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Competitividad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y el Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Noda Yamada, Asesor del Despacho Ministerial, como representante del Ministro de Economia y Finanzas en el Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Competitividad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas
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EDUCACION
Incorporan a diversas municipalidades distritales del ambito de intervencion del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres - JUNTOS, al Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa
DECRETO SUPREMO Nº 022-2010-ED

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, atendiendo a lo previsto en el articulo 14º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, mediante la aplicacion del MORDAZA de subsidiariedad, se promueve una asignacion de competencias y funciones a cada nivel de gobierno, en forma equilibrada y adecuada a la mejor prestacion de los servicios del Estado a la comunidad, permitiendo que las actividades de gobierno en sus distintos niveles alcancen mayor eficiencia, efectividad y control de la poblacion; Que, bajo dicho MORDAZA, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM se han definido y establecido politicas de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, entre ellas, en materia de descentralizacion, la de asegurar la pronta y adecuada transferencia de las competencias, funciones y recursos a los Gobiernos Regionales y Locales, respetando los principios de subsidiariedad, gradualidad, complementariedad y neutralidad entre los niveles de gobierno nacional, regional y local, asignandose a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia de Consejo de Ministros la labor de supervision de la politica descrita; Que, en esa misma linea, mediante Decreto Supremo Nº 078-2006-PCM se autorizo al Ministerio de Educacion con la participacion de las Municipalidades a llevar a

cabo un Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa en los niveles de Inicial y Primaria; Plan que fuera aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 00312007-ED, al cual se incorporo posteriormente el nivel MORDAZA, por disposicion del Decreto Supremo Nº 0052008-ED; Que, con arreglo a las citadas disposiciones, cincuenta y seis (56) municipalidades fueron comprendidas en la etapa de iniciacion del Plan aprobado, para el ejercicio de las funciones establecidas en el articulo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en el Decreto Supremo Nº 036-2007PCM, en la Resolucion Ministerial Nº 0031-2007-ED y en el Decreto Supremo Nº 005-2008-ED, implicados en el aludido Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa; Que, el MORDAZA de ejecucion del Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa implica transferir la gestion de todas las instituciones educativas del MORDAZA a los correspondientes gobiernos locales, para lo cual es necesario emitir las normas complementarias que aseguren y faciliten el logro de esta meta, teniendo en cuenta lo previsto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, de otro lado, en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, se establece que la seleccion de las municipalidades que se integran al MORDAZA de municipalizacion de la gestion educativa, se MORDAZA de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Educacion en coordinacion con la Secretaria de Descentralizacion con el fin de garantizar la coherencia del plan de municipalizacion de la gestion educativa con otros procesos de descentralizacion que se realizan en el pais; Que, conforme a dicha MORDAZA, el Ministerio de Educacion y la Secretaria de Descentralizacion han establecido como criterios para incorporar nuevas municipalidades al Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa: a) Incidencia de programas sociales; b) Proximidad geografica a Municipalidades que estan participando en la gestion de la educacion; c) Solicitud de incorporacion voluntaria; d) Ubicacion significativa para la estrategia del Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa y; e) Otros determinados por acuerdo entre el Ministerio de Educacion y la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros. Que, asimismo, la Directiva para el Ano Escolar 2010, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 0341-2009-ED, establece que podran ser incorporadas las instituciones educativas de las otras modalidades y niveles educativos, cuando el respectivo Consejo Educativo Municipal lo apruebe; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2005PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 062-2005PCM, se creo el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres ­ "JUNTOS", adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales ­ CIAS - el cual tiene por finalidad ejecutar transferencias monetarias directas, en beneficio de las familias de los distritos con elevado indice de pobreza y desnutricion; facilitando a las familias beneficiarias, con su participacion y compromiso voluntario, entre otras a prestaciones de educacion orientadas a asegurar la escolaridad sin desercion, con el objetivo de promover el ejercicio de sus derechos a traves de la oferta de servicios de educacion; Que, en ese sentido, para alcanzar la corresponsabilidad institucional operativa entre el Programa JUNTOS y las Municipalidades, para la mejora de las condiciones de disponibilidad, acceso y uso de los servicios educativos, resulta prioritario, que adicionalmente a las 32 municipalidades distritales que ya han avanzado en el MORDAZA de Municipalizacion de la Gestion Educativa y que se encuentran en

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