Norma Legal Oficial del día 22 de Octubre del año 2010 (22/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

427965

CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 34 798,14 m², ubicado en la Av. Cajamarquilla a una distancia de 4.5 kilometros de la Carretera Central, en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Informe Tecnico Nº 6375-2010SUNARP-Z.R.N. Nº X/OC de fecha 31 de MORDAZA de 2010, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, senala que el predio en consulta no figura inscrito y no se superpone con predios inscritos circundantes a este; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 21 de setiembre de 2010, se verifico que el citado terreno presenta topografia plana y se halla parcialmente ocupado por viviendas de la Asociacion Urbanizacion Popular Los Cedros de MORDAZA, viviendas de la Asociacion de Propietarios Virgen del Buen Paso, viviendas de la Asociacion Los Claveles de Cajamarquilla y la empresa FERROCAS E.I.R.L. y presenta una MORDAZA libre de edificacion sobre la que existen juegos para ninos, un MORDAZA y un area destinada a cancha deportiva; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 34 798,14 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 0142004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos i) y s) del Articulo 39º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a promover la inmatriculacion de predios a favor del Estado cuando se carece de titulos probatorios de dominio, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la SBN" y Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0637-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 06 de octubre de 2010; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 34 798,14

m², ubicado en la Av. Cajamarquilla a una distancia de 4.5 kilometros de la Carretera Central, en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA descrito en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones
557928-1 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 263-2010/SBN-GO-JAR

San MORDAZA, 19 de octubre del 2010 Visto el Expediente Nº 240-2010/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 22 011,62 m², ubicado entre el Kilometro 13 y 16, al lado Oeste de la Via Denominada Serpentin de Pasamayo, en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 22 011,62 m², ubicado entre el Kilometro 13 y 16, al lado Oeste de la Via Denominada Serpentin de Pasamayo, en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Informe Tecnico Nº 4716-2010SUNARP-Z.R.Nº.IX/OC, de fecha 28 de MORDAZA de 2010, la Oficina Registral de MORDAZA, senala que el predio en consulta se ubica en zonas donde en la Base Grafica de la oficina de Catastro, la cual se encuentra en MORDAZA de elaboracion y actualizacion de predios inscrito, a la fecha no se ha identificado antecedentes Registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 25 de agosto de 2010, se verifico que el terreno se caracteriza por ser una faja larga de aproximadamente 10 metros de ancho, de de naturaleza eriaza, de forma irregular, de topografia accidentada, suelo arenoso y se encuentra desocupado. Asimismo, el acceso al predio es por el Serpentin de Pasamayo pasando el control de Peajes de la Empresa Norvial S.A; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 22 011,62 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva

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