Norma Legal Oficial del día 23 de Octubre del año 2010 (23/10/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

428014

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de octubre de 2010

a) Justificar que las dependencias premiadas MORDAZA las que alcanzaron mejor desempeno al interior de su agrupacion. b) Justificar que el porcentaje de personas premiadas al interior de cada grupo sea el mismo. c) Justificar que el personal premiado en cada dependencia ha cumplido con los requisitos senalados en el Reglamento. d) Acreditar que se ha cumplido el plazo para la publicacion de la Directiva a que hace referencia el literal a) del articulo 8º del presente Reglamento. e) Acreditar que las dependencias premiadas cumplieron con las disposiciones de la Directiva a que hace referencia el literal a) del articulo 8° del presente Reglamento. 559306-2

mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el diario oficial El Peruano. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de octubre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas REGLAMENTO DEL MORDAZA POR DESEMPENO A FAVOR DEL DIEZ POR CIENTO (10%) DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN LA POLICIA NACIONAL DEL PERU CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Del MORDAZA por Desempeno El MORDAZA por Desempeno es un incentivo que se otorga por unica vez a favor del diez por ciento (10%) del personal de la Policia Nacional del Peru, conforme a lo senalado en el articulo 4º del presente Reglamento, por los resultados alcanzados en el cumplimiento de metas y objetivos institucionales y la mejora en la gestion institucional durante el periodo evaluado. Articulo 2º.- Naturaleza del MORDAZA por Desempeno El MORDAZA por Desempeno no tiene caracter remunerativo, compensatorio, ni pensionable; y no se encuentra sujeto a cargas sociales. Asimismo, no constituye base de calculo para la Compensacion por Tiempo de Servicios o cualquier otro MORDAZA de bonificaciones, asignaciones o entregas. Articulo 3º.- Monto de los recursos a distribuir El monto de los recursos a ser distribuidos es equivalente al uno por ciento (1%) de la planilla de remuneraciones anualizada, correspondiente al Presupuesto Inicial de Apertura del Ministerio del Interior del ano 2010. Dicho monto sera distribuido entre sus beneficiarios de conformidad con lo dispuesto en el Anexo Nº 01 "Calculo del monto individual del MORDAZA por Desempeno", y sera otorgado con la planilla de pagos de remuneraciones del mes de diciembre de 2010. En ningun caso el personal beneficiado recibira mas de un MORDAZA por Desempeno. Articulo 4º.- Alcance del MORDAZA a) El MORDAZA por Desempeno se otorga al personal de la Policial Nacional del Peru segun el procedimiento establecido en el presente Reglamento, en un numero equivalente al 10% del personal de la Policia Nacional del Peru calculado al final del periodo de evaluacion. Dicho otorgamiento no alcanza a los cadetes y alumnos de las escuelas de formacion, personal civil, ni a las personas sujetas al Decreto Legislativo Nº 1057, en el MORDAZA de lo establecido por el literal 8.3 del articulo 8º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010. b) El MORDAZA tambien se otorga al personal que MORDAZA cesado durante el ano 2010, pero que ha tenido la condicion de activo durante el periodo de evaluacion, siempre que cumpla los requisitos establecidos en el presente Reglamento. Articulo 5º.- De la agrupacion de las dependencias Para efectos de la aplicacion del presente Reglamento, las dependencias de la Policia Nacional del Peru se encuentran distribuidas en:

Aprueban el Reglamento del otorgamiento del MORDAZA por Desempeno a favor del diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en la Policia Nacional del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 211-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 8.3 del articulo 8º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 autoriza, entre otros, al Ministerio del Interior a otorgar un MORDAZA por Desempeno por el cumplimiento de metas y objetivos institucionales, a favor del diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en la Policia Nacional del Peru, el cual sera otorgado en el mes de diciembre de 2010, en funcion a la evaluacion, medicion y calificacion del desempeno de dicha entidad. Asimismo, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas reglamente el otorgamiento del citado MORDAZA, y para tal fin el Ministerio del Interior presenta un plan que contenga la linea de base y las propuestas de indicadores; Que, a efectos de mejorar la gestion publica a traves de un buen desempeno del citado personal, resulta pertinente el otorgamiento de un incentivo por la mejora de resultados en la prestacion de servicios publicos; Que, considerando que en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, aprobado por la Ley Nº 29465, se han consignado los recursos necesarios para atender el MORDAZA por Desempeno, es necesario dictar las normas reglamentarias para que el Ministerio del Interior pueda realizar las acciones conducentes al otorgamiento del citado Bono; De conformidad con lo establecido por el articulo 118º numeral 8) de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 8º numeral 2 inciso e) de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el articulo 8º numeral 8.3 de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento Apruebese el Reglamento del otorgamiento del MORDAZA por Desempeno a favor del 10% del personal que presta servicios en la Policia Nacional del Peru, establecido en el articulo 8º numeral 8.3 de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, el cual consta de doce (12) articulos, dos (02) disposiciones complementarias finales y cuatro (04) Anexos. Articulo 2º.- Publicacion Publiquese los Anexos referidos en el articulo 1º del presente Decreto Supremo, en el MORDAZA electronico institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.