Norma Legal Oficial del día 23 de Octubre del año 2010 (23/10/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

428016

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de octubre de 2010

Articulo 8º.- De la evaluacion La evaluacion de los indicadores para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno se realiza de acuerdo a los siguientes lineamientos: a) El organo de la Policia Nacional del Peru, designado segun lo establecido en el articulo 7º del presente Reglamento, es el encargado de la evaluacion de los indicadores de las distintas dependencias para la entrega del MORDAZA por Desempeno, de conformidad con el Capitulo IV del presente Reglamento. b) Finalizado el periodo de evaluacion a que hace referencia el articulo 9º del presente Reglamento y en un plazo no menor a cinco (5) dias calendario MORDAZA de la remision del informe senalado en el literal c) del presente articulo, la Policia Nacional del Peru da a conocer, mediante publicacion en el MORDAZA electronico institucional, el resultado de la evaluacion mostrando el valor de cada uno de los indicadores por dependencia, el promedio final del indicador y el ranking de dependencias por grupo senalando en la misma las dependencias ganadoras. c) En un plazo de quince (15) dias calendario de terminado el periodo de evaluacion el Titular del Ministerio del Interior remite a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas un informe de evaluacion dando conformidad al cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente Decreto Supremo y consignando el resultado de la evaluacion y seleccion de las dependencias ganadoras al interior de cada grupo, de acuerdo a los lineamientos metodologicos senalados en el Anexo Nº 03 "Guia Metodologica para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno" que forma parte de la presente norma. d) Dicho informe es refrendado por los organos de asesoria juridica, administracion y planificacion y presupuesto de la entidad o quienes MORDAZA sus veces. Asimismo, tambien es remitido al Organo de Control Institucional de la entidad y publicado en el MORDAZA electronico institucional de dicha entidad. Articulo 9º.- Periodo de evaluacion La evaluacion para la seleccion de las dependencias cuyo personal sera beneficiario del MORDAZA por Desempeno se efectua por el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 15 de noviembre del presente ano fiscal. CAPITULO IV DE LA ASIGNACION DEL MORDAZA Articulo 10º.- De la determinacion del personal beneficiario El personal beneficiario del MORDAZA por Desempeno se determina de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Las dependencias se ordenan en cada grupo en orden descendente, ocupando la primera ubicacion en el grupo aquella dependencia que alcance un mejor desempeno, de acuerdo a los indicadores establecidos en el articulo 6º de la presente MORDAZA y tal como se describe en el Anexo Nº 03 "Guia Metodologica para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno", que forma parte de la presente norma. b) El porcentaje de personal beneficiado con el MORDAZA al interior de cada grupo es el mismo. La estimacion de dicho porcentaje se describe en el Anexo Nº 03 "Guia Metodologica para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno", que forma parte de la presente norma. c) El porcentaje obtenido se aplica sobre el numero total de personas de cada grupo, obteniendo de esta manera el numero de beneficiarios al interior de cada grupo. d) Al interior de cada grupo se determina como beneficiarios del MORDAZA, al personal de la dependencia que obtuvo el primer lugar en el grupo, ordenado segun lo senalado en el literal a), asi como al personal de las siguientes dependencias ubicadas inmediatamente despues en orden descendente hasta premiar al numero de

beneficiarios senalado en el literal c), siempre que cumplan con los requisitos senalados en este Reglamento. e) Si como resultado de la aplicacion del procedimiento senalado en los numerales precedentes, no hubiera posibilidad de beneficiar a todo el personal de la MORDAZA dependencia ganadora del grupo sino solo a un numero limitado de personas, el MORDAZA responsable de dicha dependencia realiza una evaluacion individual para seleccionar a los beneficiarios del MORDAZA por Desempeno, de acuerdo a lo senalado en la Directiva a la que se refiere el articulo 7º del presente Reglamento. Articulo 11º.- Requisitos para la percepcion del MORDAZA por Desempeno El personal beneficiado de conformidad con lo senalado en el articulo precedente tiene derecho a percibir el MORDAZA por Desempeno siempre que reuna todos y cada uno de los siguientes requisitos: a) Haber sido destacado durante el 2010 al menos la mitad mas uno de los dias que comprende el periodo de evaluacion, en las dependencias que resulten ganadoras de la competencia por desempeno, de conformidad con el procedimiento a que se refiere el articulo 10º del presente Decreto Supremo. b) No contar con sanciones disciplinarias de arresto de rigor impuestas durante el periodo evaluado. c) No encontrarse con una medida preventiva que disponga la situacion de disponibilidad por medida disciplinaria de separacion temporal del cargo y del cese temporal del empleo por un periodo mayor a treinta (30) dias. d) No encontrarse en situacion de disponibilidad o de retiro por infraccion disciplinaria o insuficiencia profesional, durante el periodo evaluado. e) No encontrarse con sentencia judicial condenatoria. Adicionalmente, el organo encargado de la evaluacion debe certificar que los beneficiarios del MORDAZA no se encuentren en alguno de los supuestos senalados en los incisos b), c), d) y e) en el periodo comprendido entre la fecha de termino del periodo de evaluacion y la fecha de entrega del Bono. En caso contrario, dichos bonos deberan otorgarse al personal de la MORDAZA dependencia ganadora del grupo de acuerdo a la evaluacion individual que realice el MORDAZA responsable de la dependencia, de acuerdo a lo senalado en la Directiva a la que se refiere el articulo 7º del presente Reglamento. Articulo 12º.- Del Financiamiento El MORDAZA por Desempeno se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio del Interior. Para tal efecto, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Decreto Supremo transferira los recursos necesarios para su otorgamiento en el MORDAZA del articulo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Dicha transferencia se efectuara luego de verificar el cumplimiento de lo senalado en el articulo 8º del presente Reglamento y que el Informe a que se refiere el numeral c) del articulo 8º cuente con lo siguiente: a) Justificar que las dependencias premiadas MORDAZA las que alcanzaron mejor desempeno al interior de su agrupacion. b) Justificar que el porcentaje de personas premiadas al interior de cada grupo sea el mismo. c) Justificar el personal premiado en cada dependencia ha cumplido con los requisitos senalados en el Reglamento. d) Acreditar que se ha cumplido el plazo para la publicacion de la Directiva a que hace referencia el articulo 7º del presente Reglamento. e) Acreditar que las dependencias premiadas cumplieron con las disposiciones de la Directiva a que hace referencia el articulo 7º del presente Reglamento.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.