Norma Legal Oficial del día 23 de Octubre del año 2010 (23/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

428020

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de octubre de 2010

2010, hasta por la suma de TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00), a favor de la Universidad Nacional de San MORDAZA, a fin de repotenciar los laboratorios de dicho centro de estudios, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 559306-6

: Gobierno Central : 010 Ministerio de Educacion : 026 Programa Educacion Basica para Todos FUNCION : 22 Educacion PROGRAMA : 047 Educacion Basica SUBPROGRAMA : 0104 Educacion Primaria ACTIVIDAD : 1.043098 Docentes del 1º y 2º eficaces para el logro Aprendizaje en Comunicacion Integral y Logico Matematica COMPONENTE : 3.120616 Dotacion de Material Educativo para el III Ciclo EBR FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros 3 000 000.00 =========== TOTAL 3 000 000.00 =========== A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles

Ratifican acuerdos de PROINVERSION que aprueban la modalidad y el plan de promocion, bajo el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 674, del proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil ­ Selva"
RESOLUCION SUPREMA N° 112-2010-EF MORDAZA, 22 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 097-2010-EF, publicada con fecha 11 de setiembre de 2010, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 04 de agosto de 2010, por el cual se acordo incorporar al MORDAZA de promocion de inversion privada el proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil - Selva", bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; Que, en sesion del Consejo Directivo de PROINVERSION, de fecha 07 de setiembre de 2010, se acordo que la modalidad bajo la cual se promovera la inversion privada en el Proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil - Selva", sera la indicada en el literal a) del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, asimismo en la sesion indicada en el considerando precedente, el Consejo Directivo de PROINVERSION aprobo el Plan de Promocion del Proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil - Selva", conforme a lo establecido en el inciso 3º del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, los acuerdos senalados en los considerandos precedentes deben ser ratificados por resolucion suprema; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674 y la Ley Nº 26440; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ratificar el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 07 de setiembre de 2010, mediante el cual se acordo aprobar que la modalidad bajo la cual se promovera la inversion privada en el Proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil - Selva", sera la indicada en el literal a) del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674. Articulo 2°.- Ratificar el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 07 de setiembre de 2010, mediante el cual se aprobo el Plan de Promocion del Proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil - Selva", conforme a lo establecido en el inciso 3º del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674.

: Gobierno Central : 533 Universidad Nacional de San MORDAZA FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros 3 000 000.00 =========== TOTAL 3 000 000.00 ===========

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1º del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de octubre del ano dos mil diez.

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