Norma Legal Oficial del día 23 de Octubre del año 2010 (23/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

428021

Articulo 3°.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 559306-12

Promocion del Proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil ­ Centro Norte", conforme a lo establecido en el inciso 3º del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674. Articulo 3º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 559306-13

Ratifican acuerdos de PROINVERSION que aprueban la modalidad y el plan de promocion, bajo el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 674, del proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil ­ Centro Norte"
RESOLUCION SUPREMA N° 113-2010-EF MORDAZA, 22 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 097-2010-EF, publicada con fecha 11 de setiembre de 2010, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 04 de agosto de 2010, por el cual se acordo incorporar al MORDAZA de promocion de inversion privada el proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil ­ Centro Norte", bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; Que, en sesion del Consejo Directivo de PROINVERSION, de fecha 07 de setiembre de 2010, se acordo que la modalidad bajo la cual se promovera la inversion privada en el Proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil ­ Centro Norte", sera la indicada en el literal a) del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, asimismo en la sesion indicada en el considerando precedente, el Consejo Directivo de PROINVERSION aprobo el Plan de Promocion del Proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil ­ Centro Norte", conforme a lo establecido en el inciso 3º del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, los acuerdos senalados en los considerandos precedentes deben ser ratificados por resolucion suprema; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674 y la Ley Nº 26440; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 07 de setiembre de 2010, mediante el cual se acordo aprobar que la modalidad bajo la cual se promovera la inversion privada en el Proyecto "Integracion de las Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social a la red del Servicio Movil ­ Centro Norte", sera la indicada en el literal a) del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674. Articulo 2º.- Ratificar el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 07 de setiembre de 2010, mediante el cual se aprobo el Plan de

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 021-2010-EF/15.01 MORDAZA, 22 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo N° 318-2009-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2010; Que, por Decreto Supremo N° 138-2010-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas por el Decreto Supremo N° 318-2009-EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 1 al 15 de octubre de 2010; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias:
PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Del 1/10/2010 al 15/10/2010 Maiz 267 Azucar 689 Arroz 530 Leche entera en polvo 3 690

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TRAGODARA Viceministro de Economia 559010-1

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