Norma Legal Oficial del día 23 de Octubre del año 2010 (23/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

428011

Articulo 11º.- De la determinacion del personal beneficiario El personal beneficiario del MORDAZA por Desempeno, se determina de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Las dependencias que cumplan los requisitos establecidos en el articulo precedente, se ordenan en cada grupo en orden descendente, ocupando la primera ubicacion en el grupo aquella dependencia que alcance un mejor desempeno, de acuerdo a los indicadores establecidos en el articulo 6º y conforme a los senalado en el Anexo Nº 05 "Guia Metodologica para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno", que forma parte de la presente norma. b) El porcentaje de personal beneficiado con el MORDAZA al interior de cada grupo sera el mismo. La estimacion de dicho porcentaje se describe en el Anexo Nº 05 "Guia Metodologica para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno", que forma parte de la presente norma. c) El porcentaje obtenido se aplicara sobre el numero total de personas de cada grupo, obteniendo de esta manera el numero de beneficiarios al interior de cada grupo. d) Al interior de cada grupo se determinara como beneficiarios del MORDAZA, al personal de la dependencia que obtuvo el primer lugar en el grupo, asi como al personal de las siguientes dependencias ordenado segun los senalado en el literal a), hasta premiar al numero de beneficiarios senalados en el literal c), siempre que cumplan con los requisitos senalados en este Reglamento. e) Si como resultado de la aplicacion del procedimiento senalado en los numerales precedentes, no hubiera posibilidad de beneficiar a todo el personal de la MORDAZA dependencia ganadora del grupo sino solo a un numero limitado de personas, el responsable de la dependencia debe hacer una evaluacion individual para seleccionar a los beneficiarios del MORDAZA por Desempeno, de acuerdo a lo senalado en la directiva a la que se refiere el literal a) del articulo 8º del presente Reglamento. Articulo 12º.- Requisitos para la percepcion del MORDAZA por Desempeno El personal determinado de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo precedente, tendra derecho a percibir el MORDAZA por Desempeno siempre que reuna de manera conjunta los siguientes requisitos: a) Haber laborado durante el 2010 al menos la mitad mas uno de los dias que comprende el periodo de evaluacion, en las dependencias que resulten ganadoras de la competencia por desempeno, de conformidad con el procedimiento a que se refiere el articulo 11º del presente Decreto Supremo. b) No haber sido sujeto de una sancion disciplinaria por parte de la Oficina de Control de la Magistratura ­ OCMA u Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura - ODECMA durante el periodo de evaluacion. c) No haber sido separado, suspendido o destituido del ejercicio de sus funciones por el organo competente durante el periodo de evaluacion. d) No haber sido sentenciado por delitos dolosos durante el periodo de evaluacion. Adicionalmente, el organo encargado de la evaluacion debe certificar que los beneficiarios del MORDAZA no se encuentren en alguno de los supuestos senalados en los literales b), c) y d) en el periodo comprendido entre la fecha de termino del periodo de evaluacion y la fecha de entrega del Bono. En caso contrario, dichos bonos deberan otorgarse al personal de la MORDAZA dependencia ganadora del grupo de acuerdo a la evaluacion individual que realice el MORDAZA responsable de la dependencia, de acuerdo a lo senalado en la directiva a la que se refiere el literal a) del articulo 8º del presente Reglamento. Articulo 13º.- Del Financiamiento El MORDAZA por Desempeno se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Poder Judicial. Para tal efecto, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Decreto Supremo transferira los recursos necesarios para

su otorgamiento en el MORDAZA del articulo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Dicha transferencia se efectuara luego de verificar el cumplimiento de lo senalado en el articulo 8º del presente Reglamento y que el Informe a que se refiere el literal d) del articulo 8º cuente con lo siguiente: a) Justificar que las dependencias premiadas MORDAZA las que alcanzaron mejor desempeno al interior de su agrupacion. b) Justificar que el porcentaje de personas premiadas al interior de cada grupo sea el mismo. c) Justificar que el personal premiado en cada dependencia ha cumplido con los requisitos senalados en el Reglamento. d) Acreditar que se ha cumplido el plazo para la publicacion de la Directiva a que hace referencia el literal a) del articulo 8º del presente Reglamento. e) Acreditar que las dependencias premiadas cumplieron con las disposiciones de la Directiva a que hace referencia el literal a) del articulo 8º del presente Reglamento. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- El Poder Judicial publicara la relacion de dependencias jurisdiccionales que formaran parte del Anexo Nº 02 "Grupos para la competencia a nivel de las Dependencias Jurisdiccionales", en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo que no excedera a los quince (15) dias calendario de publicacion de la presente norma. 559306-1

Aprueban Reglamento del otorgamiento del MORDAZA por Desempeno a favor del diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en el Ministerio Publico
DECRETO SUPREMO Nº 210-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 8.3 del articulo 8º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 autoriza, entre otros, al Ministerio Publico a otorgar un MORDAZA por Desempeno por el cumplimiento de metas y objetivos institucionales, a favor del diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en dicho pliego, el cual sera otorgado en el mes de diciembre de 2010, en funcion a la evaluacion, medicion y calificacion del desempeno de dicha entidad. Asimismo, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas reglamente el otorgamiento del citado MORDAZA, y para tal fin el Ministerio Publico presenta un plan que contenga la linea de base y las propuestas de indicadores; Que, a efectos de mejorar la gestion publica a traves de un buen desempeno de los empleados publicos, resulta pertinente el otorgamiento de un incentivo por la mejora de resultados en la prestacion de servicios publicos; Que, considerando que en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, aprobado por la Ley Nº 29465, se han consignado los recursos necesarios para atender el MORDAZA por Desempeno, es necesario dictar las normas reglamentarias para que el Ministerio Publico pueda realizar las acciones conducentes al otorgamiento del citado Bono; De conformidad con lo establecido por el articulo 118° numeral 8) de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 8° numeral 2 inciso e) de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el articulo 8° numeral 8.3 de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010;

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