Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2010 (30/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 13 de MORDAZA del 2011 13 de MORDAZA del 2012 13 de MORDAZA del 2013 13 de MORDAZA del 2014 13 de MORDAZA del 2015

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y en el numeral 3) del articulo 11 de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de Reglamento Apruebese el Reglamento de la Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovacion MORDAZA, que consta de diez (10) Capitulos, ciento nueve (109) articulos y diez (10) Disposiciones Complementarias Finales, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Disposiciones Complementarias El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante Resolucion Ministerial, dictara las disposiciones complementarias que faciliten el cumplimiento del Reglamento de la Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovacion Urbana. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de octubre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29415

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5°.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa recurrente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

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VIVIENDA
Aprueban Reglamento de la Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovacion MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 011-2010-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29415 - Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovacion MORDAZA, se declaro de necesidad publica el MORDAZA de saneamiento fisico legal de predios tugurizados con fines de renovacion MORDAZA, a nivel nacional; Que, la Primera Disposicion Final de citada Ley, dispone que su reglamentacion estara a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; por lo que con Resolucion Ministerial Nº 287-2009-VIVIENDA, se creo la Comision Sectorial de Naturaleza Temporal en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con el objeto de formular el mencionado Reglamento, la misma que estuvo conformada por los representantes de: (i) Direccion Nacional de Urbanismo; (ii) Direccion Nacional de Vivienda, (iii) Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) y (iv) Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (COFOPRI) y en calidad de participantes el Instituto Nacional de Cultura (INC), el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA Metropolitana (SBPLM), la Asociacion de Municipalidades del Peru (AMPE), la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (MML), las Agencias y/o Programas de Cooperacion Tecnica Internacional y los Colegios Profesionales; Que, la mencionada Comision Sectorial de Naturaleza Temporal ha presentado su Informe Final al cual anexaron el proyecto de Reglamento, el mismo que fue publicado en el MORDAZA electronico del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento por el plazo de treinta (30) dias calendario, conforme a lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 093-2010-VIVIENDA; habiendose recibido diversos aportes de la opinion publica;

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Objeto del Reglamento El presente Reglamento regula los procedimientos y las disposiciones establecidas en la Ley Nº 29415 para el saneamiento fisico legal de predios tugurizados con fines de Renovacion Urbana. Asimismo, establece los procedimientos y condiciones que deben aplicarse a los propietarios, moradores/ poseedores interesados, para lograr que los predios tugurizados puedan ser saneados legal y fisicamente con fines de Renovacion Urbana. Las disposiciones de la Ley y del presente Reglamento prevalecen sobre cualquier otra MORDAZA que se le oponga en los temas relacionados con la Ley. En todo aquello no previsto en la Ley y su Reglamento, o en caso de vacio, se aplicara supletoriamente las demas disposiciones legales y del derecho comun que no MORDAZA incompatibles con el objeto y finalidad de la Ley. Articulo 2.- Alcance El presente Reglamento es de aplicacion a nivel nacional y compromete la participacion de los Niveles Nacional, Regional y Local; del sector publico y privado; de los propietarios y de los moradores/poseedores de predios tugurizados y/o en situacion de abandono fisico y/o legal. Articulo 3.- De los terminos En adelante y para los efectos de este Reglamento, se entendera por: - Ley: Ley Nº 29415, Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con fines de Renovacion Urbana. - Reglamento: El presente Reglamento. - VIVIENDA: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. - VMVU: Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. - DNU: Direccion Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. - DNV: Direccion Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento.

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