Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2010 (30/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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restricciones y prohibiciones establecidas en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 163-MDL que Regula la Propaganda Politica en el distrito de Lince, modificada por la Ordenanza Nº 266-MDL. Articulo 3º.- COMPETENCIA.Son competentes para la aplicacion de la presente Ordenanza la Gerencia de Seguridad Ciudadana a traves de la Subgerencia de Fiscalizacion y Control Administrativo, la Oficina de Administracion Tributaria a traves de la Unidad de Recaudacion y Control y la Unidad de Ejecutoria Coactiva. Articulo 4º.- PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACION.4.1 La regularizacion de la infraccion consiste en el retiro, por parte del infractor, de aquella propaganda electoral prohibida en espacios urbanos, asi como la reposicion de los paramentos de bienes publicos o privados que se hayan visto afectados por el pintado o pegado de este MORDAZA de publicidad a su estado original. 4.2 El procedimiento de regularizacion normado en la presente Ordenanza, se inicia a pedido de parte, en cualquier estado del procedimiento sancionador, presentando una solicitud con caracter de declaracion jurada en la cual se manifiesta haber cumplido con subsanar la infraccion detectada por la Subgerencia de Fiscalizacion y Control Administrativo. Si el administrado hubiese interpuesto un recurso administrativo contra la sancion derivada de la comision de una infraccion en el escrito MORDAZA citado debera desistirse de continuar con su impugnacion. 4.3 La Subgerencia de Fiscalizacion y Control Administrativo recibira las solicitudes de acogimiento al presente regimen especial y dentro del plazo de 05 dias utiles procedera a la verificacion de lo declarado por el infractor. 4.4 Verificada la subsanacion de la infraccion, la Subgerencia de Fiscalizacion y Control Administrativo procede a emitir Informe el cual debera anexarse al expediente del procedimiento sancionador. El informe MORDAZA senalado, segun el estado del procedimiento sancionador, debera trasladarse a la Unidad de Recaudacion y Control y/o la Unidad de Ejecutoria Coactiva a efectos procedan a la suspension de la cobranza o ejecucion de las medidas complementarias. 4.5 La Subgerencia de Fiscalizacion y Control Administrativo comunica al administrado via oficio que en merito de lo dispuesto en la presente Ordenanza se ha aprobado la regularizacion de la infraccion haciendose merecedor de los beneficios establecidos en el articulo 5º de la misma. 4.6 Notificado el oficio al infractor de procedencia de acogimiento al presente regimen se da por concluido el procedimiento administrativo sancionador, remitiendose lo actuado a la Unidad de Tramite Documentario y Archivo para su archivo definitivo. 4.7 En caso la Subgerencia de Fiscalizacion y Control Administrativo verificase que lo declarado por el administrado no se ajusta a la realidad comunicara a este que su solicitud es denegada y el procedimiento sancionador continuara. Articulo 5º.- BENEFICIOS.Los infractores cuyas solicitudes de acogimiento al presente regimen MORDAZA declaradas procedentes seran merecedores de los siguientes beneficios: 5.1 Se suspendera el procedimiento sancionador ya no siendo pasibles de la imposicion de la sancion de multa y/o medida complementaria. 5.2 En caso que se MORDAZA impuesto la sancion administrativa esta quedara sin efecto, asi como las medidas complementarias que se hayan dictado. 5.3 De encontrarse consentida la resolucion de sancion administrativa y en MORDAZA de cobranza y/o ejecucion coactiva, se aplicara igualmente lo dispuesto en el numeral 5.2 de este articulo procediendose a la suspension de los procedimientos de cobranza o ejecucion subsidiaria. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, por un periodo de 15 dias calendario. Segundo.- Autorizar al MORDAZA a que mediante Decreto de Alcaldia disponga, de ser necesario, la ampliacion del plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a traves

de la Subgerencia de Fiscalizacion y Control Administrativo y a la Oficina de Administracion Tributaria a traves de la Unidad de Recaudacion y Control y la Unidad de Ejecutoria Coactiva. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Prrorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 348-MPL, que establecio un Regimen de Descuentos Especiales por Obligaciones Tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2010-MPL
Pueblo Libre, 27 de octubre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 348-MPL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de octubre de 2010, se establecio un Regimen de Descuentos Especiales por Obligaciones Tributarias, con vigencia hasta el 30 de octubre de 2010; Que, conforme lo establece la MORDAZA Disposicion Final de la citada Ordenanza, se faculta al MORDAZA a dictar mediante Decreto las medidas complementarias para el adecuado cumplimiento de la misma, incluyendo su prorroga de ser el caso; Que, resulta necesario prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 348-MPL a fin de extender sus beneficios a un mayor numero de contribuyentes; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972: DECRETA: Articulo Primero: PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 348-MPL hasta el 15 de noviembre de 2010. Articulo Segundo: DISPONER que el presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

561902-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia de Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria aprobado mediante Ordenanza Nº 445-MSB
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2010-MSB-A
San MORDAZA, 28 de octubre de 2010 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN BORJA.

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