Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2010 (30/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de octubre de 2010

VISTO: el Memorando Nº 1235-2010-MSB-GM de fecha 26.10.2010 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 069-2010MSB-GR de fecha 21.10.2010 de la Gerencia de Rentas e Informe Nº 171-2010-MSB/GR/URT de fecha 21.10.2010 de la Unidad de Recaudacion Tributaria, por el cual se propone la ampliacion del plazo de vigencia del Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria aprobado mediante Ordenanza Nº 445-2010. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, mediante Ordenanza Nº 445-MSB publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 22 de MORDAZA de 2010, se aprueba un Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito, cuyo plazo de vigencia termino el 27 de MORDAZA de 2010. Que, en merito a las facultades establecidas en la tercera disposicion final de la Ordenanza Nº 445-MSB, mediante Decreto de Alcaldia Nº 009-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldia Nº 010-2010-MSB-A y Decreto de Alcaldia Nº 011-2010-MSBA, se prorroga el plazo de vigencia del beneficio aprobado, hasta el 30 de octubre del 2010. Que, siendo politica de la actual administracion el brindar las maximas facilidades a los vecinos del distrito a fin de que puedan regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias, se considera necesario prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 445-MSB, senalado precedentemente. Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, de la Gerencia de Rentas y de la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a lo establecido en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de noviembre del 2010, el plazo de vigencia establecido en el articulo 10º de la Ordenanza Nº 445-MSB, prorrogado mediante Decreto de Alcaldia Nº 009-2010-MSB-A, Decreto de Alcaldia Nº 0102010-MSB-A y Decreto de Alcaldia Nº 011-2010-MSB-A. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Tecnologias de la Informacion, Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Administracion y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia

de Municipalidades, modificada por la Ley Nº 28961, por UNANIMIDAD de votos de sus miembros y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas: ACORDO: Articulo 1º.- DECLARAR la VACANCIA del cargo de Regidor del Concejo Municipal de Surquillo que ejerciera el senor MORDAZA MORDAZA ARANAGA MORDAZA, al producirse la causal prevista en el articulo 22º numeral 1) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, modificada por la Ley Nº 28961. Articulo 2º.- Encargar a la Secretaria General la comunicacion del presente Acuerdo al MORDAZA Nacional de Elecciones para los efectos de la proclamacion del ciudadano accesitario de la lista electoral que corresponda para que ocupe el cargo de Regidor declarado vacante. Articulo 3º.- Dispongase la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

561125-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 247-MDS
Mediante Oficio Nº 277-2010/SG-MDS la Municipalidad Distrital de Surquillo solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 247-MDS, publicada en la edicion del 27 de octubre de 2010. En el Por Cuanto: DICE: (...) unanime DEBE DECIR: (...) por mayoria

561133-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA
Autorizan participacion del Equipo Tecnico del FOMECC Huamanga en evento a celebrarse en Colombia
ACUERDO DE CONCEJO N° 166-2010-MPH/CM
VISTO: En la fecha, en Sesion Extraordinaria de Concejo el Punto 3 de la Agenda sobre Participacion en el Encuentro de los Proyectos FOMEECC en la MORDAZA de Medellin Colombia, y el Informe Nº 102-2010-MPH-A/12 de fecha 26 de octubre del 2010; para su evaluacion y tratamiento por el Pleno del Concejo; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607 y en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

561211-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Declaran la vacancia del cargo de Regidor del Concejo Municipal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 140-2010-MDS
Surquillo, 22 de octubre de 2010. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, estando a lo expuesto por la Secretaria General a traves del Informe Nº 014-2010/SG-MDS de fecha 22.OCT.2010, de conformidad con lo previsto en el articulo 22º numeral 1) de la Ley Nº 27972, Ley Organica

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