Norma Legal Oficial del día 21 de Septiembre del año 2010 (21/09/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

426088

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 21 de setiembre de 2010

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican el Anexo de la Res. Nº 1212010-OS/CD, que aprobo el MORDAZA para establecer el "Procedimiento de Reajuste de las Tarifas de Distribucion de la Concesion de MORDAZA y Callao"
RESOLUCION DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 226-2010-OS/CD

MORDAZA, 20 de setiembre del 2010 VISTO: El Informe N° 333-2010-GART, elaborado por la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (OSINERGMIN). CONSIDERANDO: Que, el Articulo 107° del TUO del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2008-EM establece que OSINERGMIN definira factores y cuentas de equilibrio tarifario entre consumidores de bajo consumo y el resto, de tal forma de garantizar el equilibrio entre los costos y los ingresos aprobados; Que, el Numeral 16.7 del Reglamento de la Ley de Promocion de la Industria del Gas Natural aprobado por Decreto Supremo N° 040-99-EM establece que OSINERGMIN podra incluir en las tarifas diversos factores de reajuste que considere, entre otros, la evolucion de la demanda y el costo involucrado en la liquidacion de la Capacidad Minima y de la Garantia; Que, con fecha 17 de diciembre del 2009, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion OSINERGMIN N° 261-2009-OS/CD, que establecio en su articulo 14° los factores de ajuste FA1, FA2, FAI, FAD y FCM, para efectuar el reajuste de las Tarifas Unicas de Distribucion por efecto de un cambio significativo en la base tarifaria utilizada para la fijacion de las mismas; Que, mediante Resolucion Suprema N° 037-2010-EM del 28 de MORDAZA del 2010 se aprobo la Adenda al Contrato BOOT para la implementacion de la Tarifa Unica de Distribucion en la concesion de MORDAZA y Callao, la misma que fue suscrita el 6 de MORDAZA del 2010; Que, la Tarifa Unica de Distribucion entro en vigencia el 08 de MORDAZA del 2010 y tiene una vigencia de 4 anos a partir de dicha fecha; Que, con la implementacion de la Tarifa Unica de Distribucion, es necesario establecer tambien la aplicacion de los factores de ajuste por revision de la Capacidad Minima de la Red Principal y por la liquidacion de la Garantia de la Red Principal (GRP) de la concesion de distribucion en MORDAZA y Callao, tal como lo establece el Numeral 16.7 del Reglamento de Promocion indicado; Que, siendo necesario que OSINERGMIN establezca un procedimiento para la aplicacion de los factores de ajuste, que abarque todos los aspectos relacionados al reajuste tarifario, mediante Resolucion N° 1212010-OS/CD, se aprobo el MORDAZA para establecer el

"Procedimiento de Reajuste de las Tarifas de Distribucion de la Concesion de MORDAZA y Callao", el mismo que incluye tambien el procedimiento para fijar la metodologia para la determinacion de las variaciones significativas respecto a las bases utilizadas para la aprobacion de la tarifa de distribucion de gas natural; Que, mediante Resolucion Suprema N° 046-2010-EM, del 16 de MORDAZA del 2010, el Ministerio de Energia y Minas publico la "Aclaracion del Contrato BOOT de Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao"; Que, mediante la Resolucion N° 211-2010-OS/ CD, se adecuo la estructura tarifaria de la Resolucion N° 261-2009-OS/CD y sus modificatorias, lo cual se efectuo cinendose estrictamente a lo dispuesto en la Adenda Aclaratoria, no debiendo transgredir, ningun derecho que cualquiera de las partes, asi como de cualquier Consumidor o Consumidor Inicial (conforme las disposiciones del Contrato BOOT) MORDAZA adquirido via Contrato BOOT o via los contratos que hubieran suscrito con la Concesionaria; Que, debido a los cambios surgidos en los ultimos meses en el escenario en donde se desarrolla la distribucion de gas natural de MORDAZA y Callao, se han alargado las reuniones de coordinacion para establecer la adecuacion de los factores de reajuste a aplicarse; Que, es necesario efectuar reuniones de coordinacion adicionales para cumplir con la finalidad de los factores de ajuste, adecuar el procedimiento al escenario actual y considerar posibles cambios que se puedan generar en el mismo dentro del periodo de vigencia de la Tarifa Unica de Distribucion; Que, el Informe Legal N° 333-2010-GART, complementa la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, el Decreto Supremo N° 036-2010-EM, el respectivo Contrato de Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas. RESUELVE: Articulo 1°.- Modifiquese el Anexo de la Resolucion N° 121-2010-OS/CD a partir del item "f" del mismo de la siguiente manera:
ANEXO MORDAZA PARA ESTABLECER EL "PROCEDIMIENTO DE REAJUSTE DE LAS TARIFAS DE DISTRIBUCION DE LA CONCESION DE MORDAZA Y CALLAO"
Item MORDAZA Entidad Facultades OSINERGMIN y el Concesionario se reunen para tratar aspectos de la metodologia para determinar las variaciones significativas de los costos de inversion del Plan Quinquenal de Inversiones aprobado por OSINERGMIN. OSINERGMIN y el Concesionario se reunen para tratar aspectos de la metodologia para determinar las variaciones significativas de la demanda y de otras variables. Plazos Dentro de los 40 dias calendarios siguientes a la MORDAZA reunion de trabajo. Dentro de los 20 dias calendarios siguientes a la tercera reunion de trabajo.

f

Tercera reunion de trabajo para tratar Concesionario la base tarifaria y respecto a los costos OSINERGMIN de inversion.

Cuarta reunion de trabajo para tratar g la base tarifaria respecto a la demanda y otros.

Concesionario y OSINERGMIN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.