Norma Legal Oficial del día 21 de Septiembre del año 2010 (21/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 21 de setiembre de 2010

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 12 de agosto del 2010, el Informe Nº 004-181-00000166 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria, emite opinion tecnica y legal con relacion a la solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 343-MDJM, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, estas deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion. Que, en el caso de la Provincia de MORDAZA, a traves del Edicto Nº 227 se otorgo al Servicio de Administracion Tributaria, la facultad de emitir opinion tecnica acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que MORDAZA sometidas a la ratificacion del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (Inciso. s del articulo 6º). Que, en esa misma linea y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Metropolitana Nº 607, respecto a que las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de MORDAZA deberan formular sus solicitudes de ratificacion ante el Servicio de Administracion Tributaria, dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza Nº 727, la cual precisa que la MORDAZA de las solicitudes de ratificacion de las Ordenanzas que aprueban derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) deberan efectuarse hasta el ultimo dia habil del mes de junio. Que en el presente caso, mediante Oficio Nº 398-2010-MDJM/SG del 28 de MORDAZA del 2010, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA solicito la ratificacion de la Ordenanza Nº 343-MDJM, que aprueba los derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional. Que, dicha solicitud ha sido tramitada y evaluada segun la Ordenanza Nº 607, de acuerdo con lo establecido en su Sexta Disposicion Final, en la que se dispone su aplicacion respecto de las solicitudes de ratificacion de Ordenanzas que aprueben derechos administrativos ingresadas a partir del 1º de MORDAZA del 2004, asi como, de conformidad con los lineamientos de la Directiva Nº 001-006-00000001; en atencion a lo preceptuado en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, en cuya primera Disposicion Transitoria se dispuso que en tanto se implemente la nueva metodologia de costos en todas las entidades de la Administracion Publica, estas podran aprobar, modificar o ratificar sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos utilizando las pautas metodologicas contenidas en la Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA (referida en el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM), para efectos de sustentar tecnicamente los Procedimientos Administrativos de sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos, siempre que esta MORDAZA sido expedida con anterioridad a la publicacion del citado Decreto Supremo. Que, el Servicio de Administracion Tributaria ha procedido a la evaluacion legal y tecnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones de la Ordenanza Nº 607, la Directiva Nº 001-006-00000001, a traves de las cuales se establecio el procedimiento para la ratificacion de las Ordenanzas tributarias por las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de MORDAZA, asi como las normas legales vigentes a efectos de determinar la legalidad y racionalidad del establecimiento de los derechos de tramite correspondiente a cada procedimiento establecido, respectivamente, emitiendo en este caso la Gerencia de Asuntos Legales del SAT, el Informe Tecnico Legal

Nº 004-181-00000166 de fecha 04 de agosto del 2010, el mismo que concluye, entre otros, en lo siguiente: 1. Los 117 derechos correspondientes a un total de 89 procedimientos y servicios administrativos contenidos en la Ordenanza Nº 343-MDJM, que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del informe del Servicio de Administracion Tributaria, han sido establecidos de conformidad con las normas que definen las competencias municipales y la simplificacion administrativa. 2. De la evaluacion tecnica efectuada se concluye que los ingresos que la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA piensa percibir, producto de la aplicacion de los derechos de tramite por los procedimientos y servicios administrativos listados en el Anexo Nº 1, financiaran el 97.58% de los costos por la prestacion de los mismos, la diferencia de los costos debera ser cubierta por la Municipalidad Distrital.
Costo Proyectado (S/.) Procedimientos y servicios administrativos: 89 Derechos: 117 Total 537,197.87 537,197.87 Ingreso Proyectado (S/.) 524,205.03 524,205.03

Fuente: Expediente Ordenanza Nº 343-MDJM Elaboracion: SAT - Gerencia de Asuntos Legales

3. Finalmente, a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 29566, MORDAZA que modifica la Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, corresponde que la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA adopte las medidas respectivas respecto de la inexigibilidad de los requisitos de: i) MORDAZA literal de dominio, ii) certificado de parametros urbanisticos y edificatorios, iii) boletas de habilitacion de los profesionales que intervienen en el tramite y iv) documentos que se encuentren en los archivos de las municipalidades, para la tramitacion de los procedimientos de edificaciones y habilitaciones urbanas. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en su Dictamen Nº 189-2010-MML-CMAEO; ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la ratificacion de 117 derechos correspondientes a un total de 89 procedimientos y servicios administrativos, contenidos en la Ordenanza Nº 343-MDJM, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de MORDAZA Maria; que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del Informe Nº 004-181-00000166 del Servicio de Administracion Tributaria. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion y de la Ordenanza Nº 343-MDJM; asi como del Anexo Nº 1 que contiene el listado de los derechos de tramite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha Comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el MORDAZA legal vigente. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2º de la Ordenanza Nº 607.

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