Norma Legal Oficial del día 25 de Septiembre del año 2010 (25/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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deberan presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en el anexo integrante de la presente Resolucion Suprema, deberan presentar dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes de efectuados los viajes, un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

RELACION DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - LEY N° 27261. COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 08 AL 20 DE NOVIEMBRE DE 2010 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 276-2010-MTC/12.04 Y Nº 534-2010-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION INICIO Nº FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE TUUA (US$) US$ 800.00 US$ 31.00 MTC INSPECTOR MORDAZA Llaque, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DETALLE Inspeccion tecnica de estacion de la empresa Taca Peru, por plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales Inspeccion tecnica de estacion de la empresa Taca Peru, por plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales Inspeccion tecnica de estacion de la empresa Taca Peru, por plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales Inspeccion tecnica de estacion de la empresa Taca Peru, por plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales Inspeccion tecnica de estacion de la empresa Taca Peru, por plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales

1671-2010-MTC/12.04 08-Nov 11-Nov

Medellin

Colombia

1672-2010-MTC/12.04 08-Nov 11-Nov

US$ 600.00 US$ 31.00

MTC

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pineda-Arce Latorre, MORDAZA de MORDAZA

Rio de Janeiro

Brasil

1673-2010-MTC/12.04 08-Nov 11-Nov

US$ 600.00 US$ 31.00

MTC

MORDAZA

MORDAZA

1674-2010-MTC/12.04 09-Nov 12-Nov

US$ 960.00 US$ 31.00

MTC

MORDAZA Lanas, La Habana MORDAZA MORDAZA

MORDAZA

1675-2010-MTC/12.04 17-Nov 20-Nov

US$ 960.00 US$ 31.00

MTC

Banda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

MORDAZA Republica MORDAZA Dominicana

548562-21

Otorgan autorizaciones para prestar servicio de radiodifusion sonora en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 643-2010-MTC/03
MORDAZA, 1 de setiembre de 2010 VISTO, el Expediente Nº 2010-008182 presentado por el senor NELIO MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Yunguyo, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo

que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Television senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interes social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detalla; Que, con Resolucion Directoral Nº 975-2005-MTC/17, de fecha 26 de MORDAZA de 2005, la entonces Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, aprobo el listado de localidades consideradas como fronterizas, comprendiendo en ellas al distrito y provincia de Yunguyo, departamento de MORDAZA, correspondiente a la localidad de Yunguyo; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 080-2004MTC/03, modificada con Resoluciones Viceministeriales Nº 765-2007-MTC/03 y Nº 877-2007-MTC/03; ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada por Resolucion Viceministerial Nº 0712009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Yunguyo, la misma que incluye al distrito y provincia de Yunguyo, departamento de Puno;

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