Norma Legal Oficial del día 25 de Septiembre del año 2010 (25/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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A) ARIZONA 2009 - 4 B) 630000809 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 104-2010-GR-GRSEMH-LL 25/06/2010 E) 17 F) V1:N9095 E738 V2:N9095 E739 V3:N9094 E739 V4: N9094 E742 V5: N9093 E742 V6:N9093 E743 V7:N9091 E743 V8:N9091 E741 V9:N9092 E741 V10:N9092 E740 V11:N9093 E740 V12:N9093 E738 13.- A) ZARZAL 03 B) 630007709 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 105-2010-GRGRSEMH-LL 25/06/2010 E) 17 F) V1:N9109 E757 V2:N9106 E757 V3:N9106 E755 V4:N9107 E755 V5:N917 E754 V6: N9108 E754 V7:N9108 E756 V8:N9109 E756 14.- A) EL MORDAZA DE ORO B) 630005309 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 106-2010-GR-GRSEMH-LL 25/06/2010 E) 17 F) V1:N9114 E728 V2:N9113 E728 V3:N9113 E727 V4:N9114 E727 15.- A) MORDAZA XXI B) 630008809 C) S.M.R.L. EXITO XXIII D) 107-2010-GR-GRSEMH-LL 25/06/2010 E) 17 F) V1: N9131860.07 E756175.98 V2:N9133927.70 E759600.14 V3: N9132215.62 E760633.96 V4:N9130 147.99 E757209.79 16.A) EL MORDAZA AIRON B) 630007809 C) ERICKSEN LINDOLFO MORDAZA PEREYRA D) 108-2010-GR-GRSEMH-LL 25/06/2010 E) 17 F) V1:N9115 E737 V2:N9114 E737 V3:N9114 E735 V4:N9115 E735 17.- A) ARIZONA 2009 - 3 B) 630000909 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 109-2010-GRGRSEMH-LL 25/06/2010 E) 17 F) V1:N9089 E757 V2:N9089 E759 V3:N9087 E759 V4:N9087 E757 18.- A) ARIZONA 2009 B) 630000409 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 1102010-GR-GRSEMH-LL 30/06/2010 E) 17 F) V1:N9082 E736 V2:N9082 E737 V3:N9080 E737 V4:N9080 E736.

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Regulan procedimiento para la expedicion de constancias de posesion especial para los pobladores que se encuentran dentro de los alcances de la Ley Nº 28687
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 215-2010/MDA
Ancon, 31 de agosto del 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE ANCON Visto en la sesion ordinaria de la fecha, el Informe Nº 604-2010 GDUYT/MDA del 27 de MORDAZA 2010, suscrito por la Gerente de Desarrollo MORDAZA y Transporte e Informe Legal Nº 109-2010 GAL/MDA-VM del 11 de agosto del 2010, suscrito por la Gerente de Asesoria Legal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal la funcion normativa a traves de ordenanzas, las que tienen rango de ley conforme a las garantias consagradas en el numeral 4) articulo 200 de nuestra Carta Magna. Que, de conformidad con el articulo 195) de la MORDAZA acotada, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, de manera que son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, y derechos municipales conforme a ley, asi como tambien para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y acondicionamiento territorial, y desarrollar y/o regular actividades en materia de saneamiento, concordante con el articulo IV del titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, mediante Ley Nº 28687 - Ley de Desarrollo Complementario de la formalizacion de la propiedad informal, acceso al suelo y dotacion de servicios basicos se regula el MORDAZA de formalizacion de la propiedad informal,

el acceso al suelo para uso de vivienda de interes social orientado a los sectores de menores recursos economicos y establece el procedimiento para la ejecucion de obras de servicios basicos de agua, desague y electricidad en las areas consolidadas y en MORDAZA de formalizacion. Que, las empresas prestadoras de servicios como parte de los requisitos para poder atender los requerimientos de la poblacion sin saneamiento fisico-legal, sugieren que se expida una MORDAZA de posesion a traves de los Gobiernos Locales, pedido que ha sido acogido a traves de la Ley Nº 28687 y su Reglamento D.S. Nº 0172006 Vivienda, es asi que esta MORDAZA MORDAZA establece en su articulo 28º los requisitos para el otorgamiento del Certificado o MORDAZA de Posesion, articulo 29º las causales por las cuales no procede su otorgamiento y articulo 30º se aprueba el Formato para la Emision de Certificado y Constancias de Posesion Especial, los mismos que no constituyen reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular. Asimismo en su articulo 31º precisa "las empresas prestadoras de servicios publicos a merito del certificado o MORDAZA de posesion otorgaran la factibilidad del servicio a los titulares de dichos documentos, para lo cual presentaran su solicitud acompanado de su MORDAZA o certificado de posesion y el plano simple de la ubicacion del inmueble... / Que, el Titulo III del Decreto Supremo Nº 017-2006 VIVIENDA, establece las facilidades para la prestacion de servicios basicos y senala que las Municipalidades Distritales en cuya jurisdiccion se encuentra ubicada una posesion informal o la Municipalidad Provincial cuando se encuentre dentro del Cercado, otorgaran a cada posesionario el Certificado o MORDAZA de Posesion para fines de otorgamiento de la factibilidad de servicios basicos, sin que ello constituya reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular, senalando ademas los requisitos para su otorgamiento, causales para denegar el otorgamiento entre otros aspectos. Que, es necesario regular el procedimiento para el otorgamiento de constancias de posesion en nuestra jurisdiccion dirigido para los pobladores que se encuentran dentro de los alcances de la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos. Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transporte mediante Informe Nº 604-2010-GDUYT/MDA, senala que la gerencia a su cargo ha venido otorgando las constancias de posesion al tenor de la Ordenanza 172 MDA, hoy en dia sin vigencia; sin embargo dicho servicio conforme a los lineamientos de nuestra MORDAZA corresponde a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Proyeccion Social a traves de la Sub-Gerencia de Participacion Vecinal. Que, mediante Informe Legal Nº 109-2010 GAL/ MDA-VM, de fecha 11 de agosto del 2010, la Gerencia de Asesoria legal opina favorable por la dotacion de este servicio por considerar que el mismo se encuentra enmarcado dentro de las funciones y competencias exclusivas de la Municipalidad, siendo atribucion del Concejo Municipal la aprobacion de Ordenanzas, ello de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 9 inciso 8). Estando a lo dispuesto en el articulo 9 inciso 8) en concordancia con el articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y, con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta se aprobo la siguiente : ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE POSESION ESPECIAL PARA LOS POBLADORES QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DE LOS ALCANCES DE LA LEY Nº 28687 LEY DE DESARROLLO Y COMPLEMENTARIA DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL, ACCESO AL SUELO Y DOTACION DE SERVICIOS BASICOS Articulo 1º.- Alcances.- La presente Ordenanza tiene por finalidad facilitar el acceso a los Servicios Basicos de personas y organizaciones que no cuenten con habilitacion MORDAZA, no pudiendo acogerse a la presente, los que se encuentren incursos en procesos judiciales por la propiedad del terreno, ni los que cuenten con zonificacion no compatible para el uso de vivienda. Articulo 2º.- Base legal.- La presente MORDAZA se sustenta en los siguientes dispositivos legales vigentes:

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