Norma Legal Oficial del día 25 de Septiembre del año 2010 (25/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 2010

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban la Tabla de Infracciones, Sanciones Administrativas y Medidas Complementarias - TISAMC
ORDENANZA Nº 310-MSI
EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN ISIDRO; POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA, Visto, en sesion ordinaria de Concejo de fecha 15 de setiembre de 2010, los dictamenes N° 78-2010-CAJ-LS/MSI, de la Comision de Asuntos Juridicos, Laborales y Sociales y N° 71-2010-ADM-FIN-SIS-FIS/MSI de la Comision de Administracion, Finanzas, Sistemas y Fiscalizacion; y, CONSIDERANDO:

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Autorizan viaje de funcionaria a Espana para asistir al Primer Dialogo MORDAZA Latinoamericano sobre Cohesion Social y Politicas Locales
ACUERDO Nº 000225
Callao, 17 de setiembre de 2010 El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesion Ordinaria celebrada el dia 17 de setiembre de 2010, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004; CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 305-MSI de fecha 14 de MORDAZA de 2010, se establecio el MORDAZA Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas - RASA; Que, resulta necesario aprobar una nueva Tabla de Infracciones, Sanciones Administrativas y Medidas Complementarias -TISAMC que se adecue a las competencias, lineamientos y potestades establecidas en el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas-RASA, permitiendo dotar de eficacia y celeridad al MORDAZA de fiscalizacion de las normas municipales y otorgar seguridad juridica a los administrados; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA TABLA DE INFRACCIONES, SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y MEDIDAS COMPLEMENTARIAS-TISAMC
Articulo Primero.- Aprobar la Tabla de Infracciones, Sanciones Administrativas y Medidas ComplementariasTISAMC de la Municipalidad de San MORDAZA, la misma que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Entiendase que para el caso de la aplicacion de la clausura como medida complementaria, podra tener una duracion minima de 7 y MORDAZA de 30 dias habiles. Asimismo, para la ejecucion de la paralizacion de obra como medida complementaria podra tener una duracion minima de 3 dias y MORDAZA de 30 dias habiles. Articulo Tercero.- Derogar la Ordenanza Nº 227-MSI y demas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Fiscalizacion a traves de la Subgerencia de Inspecciones el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano". Articulo Sexto.- Disponer que el texto de la Tabla de Infracciones, Sanciones Administrativas y Medidas Complementarias-TISAMC de la Municipalidad de San MORDAZA, aprobada en el articulo primero y que forma parte de la presente Ordenanza, MORDAZA publicadas en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www.munisanisidro.gob. pe), en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peruano.gob.pe). POR TANTO: Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA a los quince dias del mes de setiembre del ano dos mil diez. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA

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Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9 inciso 11 establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior que, en comision de servicios o representacion de la Municipalidad, realicen el MORDAZA, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, MORDAZA el ambito de aplicacion y alcances para dicha actividad; en el articulo 5 de su reglamento, establece el gasto que por concepto de viaticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos, los que seran calculados conforme a la escala de viaticos por zonas geograficas, senalando que para Europa corresponde US$ 260.00 dolares americanos diarios por persona y el articulo 8 establece que se podra adicionar por una sola vez el equivalente de dos dias de viaticos, por concepto de gastos de instalacion y traslado, cuando el viaje es a cualquier continente, excepto al continente americano; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010 Nº 29465 en el articulo 10. numeral 1 establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, y los viajes que efectuen los trabajadores de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (Sunat) vinculados con el cumplimiento de sus objetivos estrategicos, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autonomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas, y modificatoria. Todos los viajes se realizan en categoria economica. En las entidades del Poder Ejecutivo, las excepciones adicionales a la restriccion establecida en el primer parrafo se canalizan a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante resolucion suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. En el caso de los Organismos Constitucionalmente Autonomos, la excepcion es autorizada por resolucion del titular de la entidad; en los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolucion o acuerdo de excepcion es publicado en el Diario Oficial El Peruano

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