Norma Legal Oficial del día 28 de Septiembre del año 2010 (28/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, martes 28 de setiembre de 2010

tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable del Ejercito del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, a personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, con la finalidad de participar en el V Concurso Ecuestre Internacional Confraternidad "Ciudad Heroica de Tacna", organizada por la 3ra. Brigada de Caballeria del Ejercito del Peru, desde el 27 al 30 de setiembre del 2010:
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. GENERAL DE BRIGADA MORDAZA CAPITAN CAPITAN MORDAZA 1º CABO 2º CABO 2º CABO MORDAZA ARRIAGADA MORDAZA GATICA BORQUEZ MORDAZA MORDAZA ZABALA MORDAZA GREZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PRISSING MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, del 01 de octubre al 31 de diciembre de 2010, para participar en el Curso de MORDAZA y el Curso de Francotiradores: 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CENTURIO 2. CABO MORDAZA MORDAZA LABROUSSE Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 548750-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1053-2010-DE/SG MORDAZA, 24 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 1000 de fecha 14 de setiembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar del Ejercito Sur de los Estados Unidos de MORDAZA realizara una visita de de coordinacion al Ejercito del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable del Ejercito del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, a los siguientes efectivos del Ejercito Sur de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, del 04 al 07 de octubre de 2010, para una reunion de coordinacion con el Ejercito del Peru: 1. MORDAZA 2. CAPITAN 3. MORDAZA 4. MORDAZA 5. MORDAZA COSTELLO, MORDAZA A. CUERVO, MORDAZA SPAMER, MORDAZA FOWLKES, MORDAZA CRIPE, MORDAZA

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 548750-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1052-2010-DE/SG MORDAZA, 24 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 1022 de fecha 21 de setiembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la VII Conferencia Bilateral de Estados Mayores entre los ejercitos de la Republica del Peru y MORDAZA, se acordo llevar a cabo el Curso de MORDAZA y de Francotiradores en las escuelas especializadas del Ejercito del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable del Ejercito del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica;

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 548750-3

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