Norma Legal Oficial del día 28 de Septiembre del año 2010 (28/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 28 de setiembre de 2010

a la Oficina de Planificacion y Presupuesto, se otorgue disponibilidad presupuestal para atender, entre otros, a los convenios citados en el considerando precedente; Que, en atencion a lo solicitado, el Jefe (e) de la Oficina de Planificacion y Presupuesto del Programa, mediante Memorando Nº 1440-2010-DVMPEMPE/CPOPP del 06 de setiembre de 2010, otorga la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 1384-2010/MTPE/4/10.1, por un monto total de S/. 912 139,06 (Novecientos doce mil ciento treinta y nueve y 06/100 nuevos soles), correspondiendole la suma de S/. 257 915,92 (Doscientos cincuenta y siete mil novecientos quince y 92/100 nuevos soles), a sesenta y cuatro (64) convenios que han sido suscritos con Organismos Ejecutores del Sector Publico; Que, mediante Informe Legal Nº 550-2010-DVMPEMPE/ CP-UAL del 08 de setiembre de 2010, el Jefe de la Unidad de Asesoria Legal del Programa, informa por la viabilidad de la transferencia financiera solicitada, por lo que corresponde expedir la Resolucion Ministerial sobre el particular; Con las visaciones del Director Nacional, del Secretario Ejecutivo y del Jefe (e) de la Oficina de Planificacion y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru", y del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2010; el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru", por un monto de S/. 257 915,92 (Doscientos cincuenta y siete mil novecientos quince y 92/100 nuevos soles), por concepto del rubro "Otros -Transferencia al Organismo Ejecutor", a favor de los Organismos del Sector Publico senalados en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Disponer que el anexo a que se refiere el articulo precedente se publique en la pagina Web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo: www. mintra.gob.pe, el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha accion la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Articulo 3º.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo el Tramite de la Publicacion de la Presente resolucion el Diario Oficial El Peruano y proceda a dar cuenta al Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 548997-2

Civil y el Informe No. 269-2010-MTC/12.04 del 23 de agosto de 2010 emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 29465, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiendose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el articulo 1 del Decreto de Urgencia No. 0012010, preciso que para el caso de las entidades publicas del Poder Ejecutivo, las excepciones a la restriccion establecida en el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 29465, se canalizan a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Helicopteros del Sur S.A. ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de octubre de 2010, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento No. 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Helicopteros del Sur S.A. ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, el costo del viaje de inspeccion, esta integramente cubierto por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de la respectiva orden de inspeccion, y referida en el Informe No. 524-2010MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 29465, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia No. 001-2010, y a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Banda MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara desde el 24 al 30 de octubre de 2010, a la MORDAZA de Kremenchung, Republica de Ucrania, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nos. 524-2010MTC/12.04 y 269-2010-MTC/12.04.

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Ucrania, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 168-2010-MTC MORDAZA, 27 de septiembre de 2010 VISTO: El Informe No. 524-2010-MTC/12.04 del 25 de agosto de 2010 emitido por la Direccion General de Aeronautica

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