Norma Legal Oficial del día 28 de Septiembre del año 2010 (28/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 28 de setiembre de 2010

61-00030-10 C) S.M.R.L. CANTERAS ASOCIADAS I D) R.D.R. Nº 047-2010-GORE-ICA/DREM/M 31-08-10 E) 18 F)V1:N8 517 000.00 E395 000.00 V2:N8 516 000.00 E395 000.00 V3:N8 516 000.00 E394 000.00 V4:N8 517 000.00 E394 000.00. Registrese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Direccion Regional de Energia y Minas - GORE- ICA 548627-1

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban Reglamento del Servicio de Taxi Callao - SETACA en la Provincia Constitucional del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000047 Callao, 17 de setiembre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 17 de setiembre de 2010; aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en su articulo Nº 9 inciso 8 establece, que es atribucion del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo, su articulo 81 dentro del MORDAZA de las funciones especificas establecidas en los numerales 1.1 y 1.2 establece que el rol de las municipalidades provinciales comprende normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial, asi como tambien, normar y regular el servicio publico de transporte terrestre MORDAZA e interurbano de su jurisdiccion, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia; asimismo, el numeral 1.6 senala como funcion especifica el normar, regular y controlar la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza; Que, la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181, en el articulo 17, apartado 17.1, literal a) senala que las municipalidades provinciales, en su respectiva jurisdiccion y de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales, tienen competencia en materia de transporte y MORDAZA terrestre para emitir las normas y disposiciones, asi como realizar los actos necesarios para la aplicacion de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ambito territorial; Que, el Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA ­ Codigo de MORDAZA, en su articulo 5 establece que en materia de MORDAZA terrestre, las Municipalidades Provinciales, en su respectiva jurisdiccion, tienen como competencia normativa emitir normas y disposiciones complementarias necesarias para la aplicacion del

referido Reglamento dentro de su respectivo ambito territorial, asimismo, tienen como competencia de gestion administrar el MORDAZA de acuerdo al precitado Reglamento y las normas nacionales complementarias; Que, el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, en su articulo 11 establece que las Municipalidades Provinciales en materia de transporte terrestre cuentan con las competencias previstas en este Reglamento, encontrandose facultadas para dictar normas complementarias aplicables a su jurisdiccion, sujetandose a los criterios previstos en la Ley, al referido Reglamento y a los demas reglamentos nacionales; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000019 del 30 de octubre de 2001 se aprobo el Reglamento de Servicio de Taxi Callao ­ SETACA, en sus diversas modalidades dentro de la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000002 del 9 de marzo de 2005 se modifica el Reglamento de Servicio de Taxi Callao ­ SETACA en los articulos 4º, 18º y 29º; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000043 del 8 de agosto de 2008 se establecieron medidas de control y disposiciones que regulen el servicio de taxi que se brinda dentro de las instalaciones del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, las cuales deben seguir manteniendose para preservacion del orden y seguridad de los usuarios del mismo. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000001 del 24 de enero de 2009 se modifica el Reglamento de Servicio de Taxi Callao ­ SETACA en los articulos 5º, 14º, 18º, 21º, 22º y 23º y se incorpora el articulo 32º; Que, el servicio de taxi es una actividad legitima que favorece el transporte del publico en la MORDAZA, constituyendo un componente necesario para desarrollar normalmente la MORDAZA de los ciudadanos; por tanto, dicha actividad requiere ser regulada para garantizar el orden en la MORDAZA, la seguridad de los ciudadanos que son usuarios de dicho servicio, la formalizacion empresarial y la profesionalizacion de los conductores de vehiculos que ofrecen esta modalidad de servicio de transporte de pasajeros; . Que, asimismo la seguridad de los ciudadanos es uno de los principales objetivos de la gestion; siendo por tanto, necesario dictar normas para mejorar las condiciones del servicio de transporte publico de pasajeros en la modalidad de taxi; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000223, el mismo que aprobo el Reglamento del Servicio de Taxi Callao ­ SETACA en la Provincia Constitucional del Callao, derogandose las disposiciones de las Ordenanzas Municipales Nº 000019-2001, Nº 000002-2005 y Nº 000001-2009 asi como los articulos 9 y 10 de la Ordenanza Municipal Nº 000043 del 8 de agosto de 2008, asimismo, modificandose los articulos 6 y 11 de la referida Ordenanza Municipal Nº 000043-2008, el cual tiene como antecedentes el Memorando Nº 20502010-MPC/GGTU de la Gerencia General de Transporte MORDAZA, el Memorando Nº 1533-2010-MPC-GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, asimismo, el Informe Nº 1014-2010MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, todos los cuales opinan favorablemente a la aprobacion de la presente Ordenanza al encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TAXI CALLAO ­ SETACA EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento del Servicio de Taxi Callao ­ SETACA - en la Provincia Constitucional del Callao asi como el Anexo I denominado Cuadro de Tipificacion de Infracciones al Servicio de Taxi, el cual es parte integrante de la presente ordenanza municipal. Articulo 2º.- Modificase el articulo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 000043 de fecha 8 de agosto de 2008, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: "Articulo 6º.- De los paraderos de taxi temporales existentes en el tercer carril.

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