Norma Legal Oficial del día 28 de Septiembre del año 2010 (28/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 28 de setiembre de 2010

debidamente autorizados por la Municipalidad Provincial del Callao. 12.- Tarjeta Unica de Circulacion: El documento que autoriza al vehiculo para que preste el servicio de taxi, luego de cumplir con los requerimientos senalados en esta ordenanza para dicho servicio. 13.- Vehiculo de Taxi: El vehiculo motorizado, con las caracteristicas de automovil, camioneta station wagon, camioneta panel y otros similares con capacidad no menor de tres (3) ni mayor de diez (10) pasajeros. 14.- Usuario: El pasajero que solicita el servicio de taxi segun su necesidad de viaje, y que sufraga el precio del mismo. Articulo 4.- Clasificacion de las modalidades de prestacion del Servicio de Taxi Callao.Las modalidades de prestacion del Servicio de Taxi Callao son: 1.- Servicio de Taxi Independiente.- Es el servicio de taxi que se presta en vehiculos de propiedad de personas naturales, conducidos por un propietario conductor o conductores libres. 2.- Servicio de Taxi Estacion.- Es el servicio de taxi que prestan personas juridicas como asociaciones, cooperativas o empresa, con una flota minima de quince (15) taxis a traves de sus propios trabajadores, socios o asociados, comunicados con la estacion a traves de radios o telefonos. 3.- Servicio de Taxi Remisse.- Es el servicio de taxi que prestan personas juridicas como empresas con una flota no menor de quince (15) vehiculos con preferencia a pasajeros turistas u otros que lo requieran a traves de sus propios trabajadores socios o asociados. CAPITULO III ORGANISMOS COMPETENTES Articulo 5.- Competencia de la Municipalidad Provincial del Callao.Corresponde a la Municipalidad Provincial del Callao a traves de la Gerencia General de Transporte Urbano: 1.- Regular en la Provincia Constitucional del Callao el Servicio de Taxi Callao - SETACA. 2.- Autorizar a las personas juridicas o personas naturales la explotacion del Servicio de Taxi en sus distintas modalidades de servicio. 3.- Autorizar a las personas que conducen vehiculos para la prestacion del Servicio de Taxi. 4.- Autorizar la instalacion de Paraderos Oficiales del Servicio de Taxi en la Provincia Constitucional del Callao. 5.- Verificar las condiciones de operacion de los vehiculos que prestan el Servicio de Taxi. 6.- Constituir y mantener los registros del Servicio de Taxi Callao. 7.- Fiscalizar el cumplimiento de la presente ordenanza en toda la Provincia del Callao. 8.- Resolver los recursos impugnatorios, quejas relacionadas con el Servicio de Taxi. 9.- Determinar el numero de unidades que prestaran el servicio de taxi en la MORDAZA del Callao, en base a estudios tecnicos que incluiran parametros y condiciones propias de la MORDAZA, priorizando aquellas unidades que cumplan optimamente los requisitos exigidos en la presente ordenanza. Articulo 6.- Promocion de la formacion de personas juridicas.La Municipalidad Provincial del Callao promovera la creacion de personas juridicas entre los autorizados para prestar el servicio de taxi en la modalidad de independiente. Articulo 7.- Competencia de las Municipalidades Distritales.Corresponde a las municipalidades distritales que integran la Municipalidad Provincial del Callao, controlar y supervisar el servicio que ofrecen los conductores de taxi asi como el buen uso de los Paraderos Oficiales del Servicio de Taxi Callao que se implanten en su jurisdiccion, de acuerdo a lo dispuesto en la presente

ordenanza, remitiendo las denuncias a la Gerencia de Transporte y MORDAZA dependiente de la Gerencia General de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao. CAPITULO IV DISPOSICIONES GENERALES Articulo 8.- Fiscalizacion de las disposiciones de la ordenanza.La fiscalizacion del cumplimiento de las disposiciones de esta ordenanza se realiza a traves de: 1. Los ciudadanos, quienes podran formular denuncias por infracciones a esta ordenanza ante la Gerencia General de Transporte Urbano. 2. La Gerencia General de Transporte MORDAZA, de oficio o a pedido de parte, fiscalizara directamente o a traves de los inspectores de transporte el cumplimiento de la presente ordenanza y de lo dispuesto en la Autorizacion correspondiente, por parte de las personas naturales o juridicas, aplicando las sanciones que correspondan en caso de incumplimiento. Articulo 9.- Obligaciones de la municipalidad.Al otorgar la Autorizacion para la explotacion del servicio de taxi, la Municipalidad Provincial del Callao esta obligada a respetar el derecho del titular de la Autorizacion a brindar el servicio de taxi en toda la jurisdiccion de la Provincia del Callao, por el plazo previsto en la autorizacion. Articulo 10.- Obligaciones del conductor de vehiculos de servicio de taxi.Es obligacion del conductor de vehiculo del servicio de taxi: 1. Presentarse correctamente de acuerdo con las normas especificas para cada modalidad del servicio de taxi. 2. Mantener los vehiculos limpios y en correcto funcionamiento. 3. Revisar permanentemente las condiciones de seguridad del vehiculo. 4. No fumar, ingerir alimentos o bebidas mientras atiende un servicio. 5. Velar por la custodia del equipaje, documentos y efectos personales; devolviendolos al propietario o la Municipalidad Provincial del Callao en caso de olvido por el pasajero. 6. No usar equipos de sonido en un nivel de volumen que distraiga la conduccion del vehiculo y perturbe la tranquilidad de sus pasajeros. 7. Conocer las vias, utilizando la ruta mas corta rapida y MORDAZA para sus clientes. 8. Completar la ruta para la cual fue contratado, salvo desperfectos del vehiculo, en cuyo caso debera procurar que otro vehiculo del servicio de taxi complete el servicio. 9. Tratar a los pasajeros en forma cortes durante todo la ruta del servicio. 10. Mantener en los lugares indicados dentro del vehiculo la autorizacion del vehiculo, la autorizacion del conductor, el numero de placa de rodaje del vehiculo, y otros datos que se senalan en la presente ordenanza. Articulo 11.- Obligaciones del propietario del vehiculo de taxi.Los propietarios de los vehiculos del servicio de taxi se obligan a: 1. Que, sus vehiculos MORDAZA conducidos por personas capacitadas en cursos de educacion y seguridad vial y que cuenten con la respectiva credencial de conductor otorgada por la Municipalidad Provincial del Callao. 2. Que, los conductores de taxi de sus vehiculos cumplan con las disposiciones de esta ordenanza y las demas normas del reglamento de MORDAZA y seguridad vial. 3. Mantener el vehiculo del servicio de taxi en buen estado de MORDAZA, funcionamiento y seguridad. 4. Mantener vigentes las polizas de seguros. 5. Llevar un registro de vehiculos de su propiedad y de conductores que prestan el servicio de taxi. 6. Informar a la Municipalidad Provincial del Callao de toda modificacion que se efectue al vehiculo.

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