Norma Legal Oficial del día 29 de Septiembre del año 2010 (29/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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sesion ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 04 de agosto de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, en el articulo 3º del Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Publicas y Privadas..."; en concordancia con el articulo 10° del mismo cuerpo normativo, que establece: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: p) Pronunciarse sobre la vacancia de los miembros de las Comisiones Organizadoras por las causales especificadas en el Reglamento de la materia";...t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatutos o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Posgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 1002005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece que: "Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comision Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal."; Que, en el articulo 20º del Reglamento, establece que: "Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria..."; Que, en el articulo 21º del Reglamento, establece: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, en el articulo 25º del Reglamento, modificado mediante Resolucion Nº 202-2009-CONAFU de fecha 22 de junio de 2009 y su fe de erratas de fecha 25 de agosto de 2009, establece que: "De la Comision de Gobierno de la Universidad. Se constituira al termino del tercer ano de funcionamiento de la Universidad, estara integrada por los miembros de la Comision Organizadora, los Coordinadores de Facultad y/o los Responsables de MORDAZA, segun sea el caso, un representante de la Promotora, en el caso de las universidades privadas, estudiantes elegidos por sus pares en la proporcion de un MORDAZA, de conformidad con lo establecido en la Ley Universitaria y un representante de los graduados si los hubiera. La Comision de Gobierno hace las veces de Consejo Universitaria"; Que, con Oficio Nº 217-2010-UNIA-P recibido con fecha 03 de agosto de 2010, el Dr. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision de Gobierno sugiere considerar a la Magister MORDAZA Y. MORDAZA MORDAZA, para ocupar el cargo de la Vicepresidencia Academica de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia; Que, por Resolucion Nº 262-2010-CONAFU de fecha 25 de MORDAZA de 2010, resuelve en su articulo segundo: "CONFORMAR A LA COMISION DE GOBIERNO de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia..."; Que por Resolucion Nº 288-2010-CONAFU de fecha 09 de junio de 2010, resuelve en su articulo segundo: REESTRUCTURAR LA COMISION DE GOBIERNO de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, en lo que corresponde al cargo de la Presidencia y vicepresidencia Administrativa; quedando conformada de la siguiente manera: Presidente: MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Academico: MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Vicepresidente Administrativo: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mondragon;

Que, mediante Resolucion N° 320-2010-CONAFU de fecha 21 de MORDAZA de 2010, se resolvio: "Articulo Primero.ACEPTAR LA RENUNCIA del Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Vicepresidente Academico... y Articulo Segundo: DECLARAR LA VACANCIA del cargo de Vicepresidente Academico de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia". Que mediante escrito presentado el 03 de agosto de 2010 el Presidente de la Comision de Gobierno, informa que en Sesion Ordinaria de fecha 30 de junio del presente ano, se acordo: "Aprobar la Propuesta presentada por el Lic. Harold Choquetico MORDAZA, Responsable de la MORDAZA Profesional de Educacion Primaria, para sugerir al CONAFU considerar a la Mag. MORDAZA Y. Corrtez MORDAZA, en el cargo de Vicepresidenta Academica de la UNIA" Que, por Oficio Nº 541-2010-CONAFU-CDAA de fecha 03 de agosto de 2010 el Consejero de Asuntos Academicos informa al Pleno del CONAFU, que de acuerdo a lo convenido mediante acuerdo 272 de la Sesion Ordinaria del Pleno llevada acabo el 21 de MORDAZA de presente ano, se ha venido evaluado las hojas de MORDAZA de los profesionales Dr. MORDAZA MORDAZA Saenz; Dr. MORDAZA Bacco MORDAZA MORDAZA y el Dr. MORDAZA MORDAZA CCanto; los mismo que fueron propuestos para ocupar el cargo de Vicepresidente Academico de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia; Que, en sesion ordinaria de fecha 04 de agosto de 2010, el Pleno del CONAFU luego de evaluar las hojas de MORDAZA de todos los profesionales que fueron propuestos; mediante Acuerdo Nº 292-2010-CONAFU, el Pleno convino por UNANIMIDAD: Reconocer al Dr. MORDAZA Bacco MORDAZA MORDAZA como Vicepresidente Academico de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad alo dispuesto en el 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.-. RECONOCER al Dr. MORDAZA BACCO MORDAZA MORDAZA como Vicepresidente Academico de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia. Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. ANGELMIRO MORDAZA MESTANZA Presidente MORDAZA JAQUELINY MORDAZA MORDAZA Secretaria General 549023-2

Admiten a tramite solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de la MORDAZA Peruana
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 342-2010-CONAFU MORDAZA 18 de agosto de 2010 VISTOS:, El Escrito s/n recibido con fecha 11 de enero de 2010, el Oficio N° 147-2010-CONAFU-P de fecha

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