Norma Legal Oficial del día 29 de Septiembre del año 2010 (29/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES
HA RESUELTO

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de setiembre de 2010

ello, tanto la Constitucion Politica de 1979 como la de 1993 han establecido que MORDAZA normas con rango de ley aprobadas por el Congreso las que establezcan tal configuracion del territorio nacional". (Cfr. STC Nº 00012001-CC/TC, entre otras). Por tanto, es este el organo que conforme a sus respectivas competencias debe establecer la demarcacion territorial. 14. Es mas, resulta pertinente destacar que desarrollando el aludido articulo 102º inciso 7) de la Constitucion, el legislador ha expedido la Ley Nº 27795, de Demarcacion y Organizacion Territorial, MORDAZA en la que se establece de modo preciso que: Articulo 5º.- Son organismos competentes en asuntos y materias de demarcacion territorial: 1. La Presidencia del Consejo de Ministros a traves de su Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial es el organo rector del sistema nacional de demarcacion territorial. Tiene competencia para normar, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar el tratamiento de todas las acciones de demarcacion territorial, a efecto de que se sustenten en criterios tecnicos y geograficos. Tramita ante el Consejo de Ministros, los proyectos de ley de las propuestas que son conformes. 2. Los Gobiernos Regionales a traves de sus Areas Tecnicas en demarcacion territorial, se encargan de registrar y evaluar los petitorios de la poblacion organizada solicitando una determinada accion de demarcacion territorial en su jurisdiccion, verifican el cumplimiento de los requisitos, solicitan la informacion complementaria, organizan y formulan el expediente tecnico de acuerdo con el Reglamento de la materia. Los expedientes con informes favorables son elevados a la Presidencia del Consejo de Ministros. Asimismo tienen competencia para promover de oficio las acciones que consideren necesarias para la organizacion del territorio de su respectiva region. 3. Las entidades del sector publico nacional, incluidas las municipalidades estan obligadas a proporcionar a los precitados organismos, la informacion que requieran dentro de los procesos en tramite, sin estar sujetos al pago de tasa administrativa alguna, con excepcion del soporte magnetico o fisico que contenga la informacion requerida. Asimismo, el articulo 6º, establece como requisito previo lo siguiente: 6.1. Requisito Previo.- La tramitacion de los petitorios de demarcacion territorial se sustanciara siempre que exista el Plan de Acondicionamiento Territorial o Planes Urbanos aprobados por la municipalidad provincial en cuya jurisdiccion se realice la accion de demarcacion territorial. 15. Siendo asi, para este Tribunal queda MORDAZA que tanto la Constitucion, como la mencionada Ley Nº 27795, establecen los organos a los que corresponde la competencia para la respectiva demarcacion territorial, asi como el respectivo procedimiento. 16. No obstante ello, llama la atencion del Colegiado la parsimonia con que se viene afrontando el MORDAZA nacional de saneamiento de limites territoriales, al cual hace referencia el Oficio Nº 105-2010-PCM/ DNTDT, que cursa la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, la cual no se condice con las altas responsabilidades conferidas por la Constitucion, tanto mas si es de publico conocimiento que la imprecision en la delimitacion territorial puede generar violentos incidentes entre pobladores de ambos departamentos y regiones. 17. Finalmente este Tribunal considera necesario hacer una invocacion a los organos responsables para que, dentro de las prioridades y en el plazo razonable mas breve, se culmine con el referido MORDAZA nacional de saneamiento de limites territoriales, lo que, sin duda, contribuira a conseguir la tan ansiada paz social en la justicia. Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitucion Politica del Peru

1. Declarar FUNDADA la demanda de inconstitucionalidad; en consecuencia, sin efecto la Ordenanza Nº 018-2009-MPMN. 2. EXHORTAR al Congreso de la Republica y al Poder Ejecutivo para que, en el ambito de sus competencias, dentro de las prioridades y altas responsabilidades que les confiere la Constitucion y en el plazo razonable mas breve, culminen con el MORDAZA nacional de saneamiento de limites territoriales. Publiquese y notifiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTELLI MORDAZA HAYEN ETO MORDAZA MORDAZA MORDAZA URVIOLA HANI 548668-1

UNIVERSIDADES
Aprueban Reglamento de Concurso Publico para Contrato de Docentes 2010 - II en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA COMISION REORGANIZADORA RESOLUCION Nº 0982-2010-CR-UNJFSC MORDAZA, 14 de setiembre de 2010 VISTOS: El Informe del Vicepresidente Academico en Sesion de la Comision Reorganizadora en Pleno de fecha 14 de setiembre de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nacional Nº 29424 promulgada el 22 de Octubre de 2009, dispone la Reorganizacion Integral de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA por el plazo de dos (02) anos, computados desde la publicacion de la Resolucion Suprema que designa a los miembros conformantes de la Comision Reorganizadora nombrados para el efecto mediante Resolucion Suprema Nº 077-2010-PCM, de fecha 16 de marzo de 2010; Que, a merito de la precitada Ley Nacional, el Presidente de la Comision Reorganizadora de la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tiene las funciones y atribuciones que corresponden al Rector; y, la Comision Reorganizadora en Pleno asume las funciones de Consejo Universitario y Asamblea Universitaria; Que, en el ejercicio de sus funciones la Comision Reorganizadora de la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debe cumplir el mandato legislativo recibido mediante Ley Nacional Nº 29424 precautelando el debido procedimiento y la tutela administrativa efectiva concordante con los principios de equidad, legalidad y justicia; Que, la Comision Reorganizadora ha sido constituida con el objeto de realizar una reorganizacion integral de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que implica dictar las normas y ejecutar acciones correctivas que requiere el MORDAZA de administracion para cumplir sus fines a plenitud, en todas sus areas academico, administrativo e infraestructura;

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