Norma Legal Oficial del día 29 de Septiembre del año 2010 (29/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Que, la materializacion de la Ley Nacional Nº 27424, es producto de las graves irregularidades e inconductas funcionales de las ex autoridades universitarias de la UNJFSC y sus organos de cogobierno; Que, estando al MORDAZA de la proteccion de las leyes asumido en el Art. 51º de la Constitucion Politica del Estado, toda ley jerarquicamente es superior a cualquier otra MORDAZA, consecuentemente se encuentra en instancia superior a todo Decreto Supremo; MORDAZA si la Ley que constituye la Comision Reorganizadora prescribe en el Art. 6º de la Ley Nacional Nº 29424: Derogase o dejese en suspenso segun el caso, las normas que se opongan a la presente Ley; Que, habiendose declarado la Nulidad de la Resolucion Nº 028-2006-CU-UH, de fecha 17 de Marzo de 2006, resulta Nulo todo lo actuado debiendo de cubrirse en lo inmediato las plazas vacantes con Concurso Publico para Contrato de Docentes 2010-II, a fin de prever academicamente el precitado semestre; Que, la Vicepresidencia Academica es la encargada de precautelar, conducir y supervisar la implementacion del Semestre Academico 2010-II, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 3º de la Resolucion Nº 0859-2010CR-UNJFSC; Que, la Resolucion Nº 0671-2010-CR-UNJFSC de fecha 14 de MORDAZA de 2010, autoriza la apertura de Procedimientos Administrativos Disciplinario por la comision de falta administrativa por parte de los miembros de los organos de gobierno que efectuaron modificaciones contrarias a la Ley Universitaria; para posteriormente viabilizar la conduccion del MORDAZA, referido al Concurso Publico de Merito para el Nombramiento y Contrato de Docentes 2006-I contrario a la Ley Universitaria, Ley MORDAZA para el sistema universitario nacional; Que, en atencion del Art. 43º de la Ley Universitaria Nº 23733, es inherente a la docencia: la investigacion, la ensenanza, la capacitacion permanente y la produccion intelectual; y, siendo que la precitada Ley Universitaria fue promulgada el 09 de Diciembre de 1983, resulta plenamente obligatorio poseer grado academico de Maestro o Doctor o Titulo Profesional con la debida experiencia academica y profesional que garanticen las cuatro (04) funciones basicas de todo docente universitario; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 3.1 y 3.2 del Art. 3º de la Ley Nacional Nº 29424, en concordancia con lo prescrito por la Resolucion Suprema Nº 077-2010-PCM, Ley Universitaria Nº 23733 y Ley Nacional Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Acuerdo de la Comision Reorganizadora en Pleno, en Sesion de fecha 14 de Setiembre de 2010; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR EL REGLAMENTO DE CONCURSO PUBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2010-II, en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para Plazas Vacantes de la Relacion de Catedras por Facultades que adjunta la Vicepresidencia Academica y que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- AUTORIZAR la Convocatoria a Concurso Publico para Contrato de Docentes 2010-II, en las plazas organicas y vacantes en numero de 117, para las Facultades de la Universidad, cuya relacion se adjunta y forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- APROBAR EL CRONOGRAMA MODIFICADO 2010-II, que en anexo por separado forma parte integrante de la presente Resolucion y dejar sin efecto alguno la MORDAZA, reglamentos o actos resolutivos contrarios. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a las Instancias correspondiente de la Universidad, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA GANOZA Secretario General 549294-1

Aclaran la Res. Nº 0859-2010-CRUNJFSC emitida por la Comision Reorganizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA RESOLUCION Nº 1018-2010-CR-UNJFSC MORDAZA, 22 de setiembre de 2010 VISTO: El Oficio Nº 247-2010-O.RR.HH.ySA, que corre en el Expediente Nº 10-052111 de fecha 06 de Setiembre de 2010, presentado por el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos y Servicios Auxiliares de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el mismo que solicita acciones para el cumplimiento de la Resolucion Nº 0859-2010-CR-UNJFSC, de fecha 24 de Agosto de 2010, el Acuerdo de la Comision Reorganizadora en Pleno, en su Sesion de fecha 21 de Setiembre de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nacional Nº 29424, promulgada el 23 de octubre de 2009, dispone la Reorganizacion Integral de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por el plazo de dos (02) anos, computados desde la publicacion de la Resolucion Suprema que designa a los miembros conformantes de la Comision Reorganizadora nombrados para el efecto mediante Resolucion Suprema Nº 077-2010-PCM, de fecha 16 de marzo del 2010; Que, a merito de la precitada Ley Nacional, el Presidente de la Comision Reorganizadora de la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tiene las funciones y atribuciones que corresponden al Rector; y, la Comision Reorganizadora en Pleno asume las funciones de Consejo Universitario y Asamblea Universitaria; Que, mediante la Resolucion Nº 0859-2010-CRUNJFSC, de fecha 24 de Agosto de 2010, se resuelve DECLARAR NULA la Resolucion Nº 028-2006-CU-UH de fecha 17 de marzo de 2006 que aprueba el Reglamento de Concurso Publico de Meritos para Nombramiento y Contrato Docente 2006-I, por agravio al interes publico; se valida y respeta, los Actos Academicos que se han impartido hasta la fecha de la emision de la presente Resolucion; y, se dispone que la Vicepresidencia Academica, Vicepresidencia Administrativa (Direccion General de Administracion), Oficina de Asesoria Juridico Legal, Oficina de Recursos Humanos y Servicios Auxiliares y dependencias pertinentes ejecuten las acciones tendentes para el cumplimiento de la presente Resolucion. Que, por otro lado, es menester precisar en este mismo orden de ideas, que si bien se ha declarado NULO el Reglamento de Concurso Publico de Meritos para Nombramiento y Contrato Docente 2006-I; se hace necesario, precisar que la NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO debe generar una secuencia de actos administrativos donde contengan finalidades concretas de manera inequivoca y precisa, es decir por un ACTO DE SECUENCIA es atendible la debida aclaracion de la Resolucion Nº 0859-2010-CR-UNJFSC de fecha 24 de Agosto de 2010, que ha sido materia de expedicion, siempre y cuando no cambie los fines y objetivos de la precitada Resolucion; Que, la simetria juridica construida sobre la base causa y efecto; y, en la aplicacion de la hermeneutica juridica, es atendible el pedido de aclaracion de la Resolucion Nº 08592010-CR-UNJFSC de fecha 24 de Agosto de 2010; Estando a lo acordado por el Pleno de la Comision Reorganizadora en su Sesion de fecha 21 de Setiembre de 2010, y En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 3.1 y 3.2 del Art. 3º de la Ley Nacional Nº 29424, en concordancia con lo prescrito por la Resolucion Suprema Nº 077-2010-PCM;

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