Norma Legal Oficial del día 30 de Septiembre del año 2010 (30/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

426671

para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el citado acuerdo. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 549752-1

Declaran resuelto contrato de concesion aprobado por R.M. Nº 67097-MTC/15.03 y dejan sin efecto la R.VM. Nº 353-2000-MTC/15.03
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 437-2010-MTC/03 MORDAZA, 27 de setiembre de 2010 VISTA, la solicitud registrada con P/D Nº 047750 de fecha 06 de MORDAZA de 2008, mediante la cual la empresa H & C TV S.A., solicita la resolucion de su contrato de concesion, el cual le fuera transferido mediante Resolucion Viceministerial Nº 353-2000-MTC/15.03; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 670-97-MTC/15.03 de fecha 26 de diciembre de 1997, se otorgo a la empresa MORDAZA GRANDE TELEVISION E.I.R.L., concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, por el plazo de veinte (20) anos, en el area de cobertura que comprende las ciudades de Barranca, Supe, Supe Puerto, Paramonga y Pativilca, de la provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, suscribiendose el respectivo contrato de concesion el 11 de MORDAZA de 1998; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 353-2000MTC/15.03 de fecha 26 de setiembre de 2000, se aprobo a favor de la empresa H & C TV S.A., la transferencia parcial de la concesion otorgada a la empresa MORDAZA GRANDE TELEVISION E.I.R.L. por Resolucion Ministerial Nº 67097-MTC/15.03 para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la parte que corresponde al area de cobertura la MORDAZA de Barranca, de la provincia de Barranca, del departamento de Lima; habiendose suscrito la respectiva adenda al contrato de concesion el 21 de noviembre de 2000; Que, el articulo 129º del entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establecia entre las obligaciones del concesionario la de pagar oportunamente los derechos, tasas, canon y demas obligaciones que genere la concesion; Que, el literal a) del numeral 17.01, de la clausula decimo setima del contrato de concesion de la empresa H & C TV S.A., establece que el referido contrato quedara resuelto cuando la concesionaria incurra en alguna de las causales de resolucion previstas en el articulo 135º del entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC; Que, el numeral 22.07, de la clausula vigesimo MORDAZA del contrato de concesion de la empresa H & C TV S.A., senala que el referido contrato quedara adecuado de modo automatico a las normas de observancia obligatoria que se dicten al MORDAZA de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el numeral 5) del articulo 144º del entonces Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0272004-MTC, senalaba que el contrato de concesion se resuelve de pleno derecho por el incumplimiento del pago de la tasa durante dos (2) anos calendario consecutivos, sin perjuicio de su formalizacion mediante la resolucion correspondiente; Que, de acuerdo a la Hoja Informativa Nº 00012009-MTC/27 de fecha 01 de enero de 2009, se advierte que la empresa H & C TV S.A. realizo pagos a cuenta de la Tasa correspondiente a los anos 2003 y 2004, los dias 12 noviembre de 2008 y 26 de agosto de 2005,

respectivamente, operando asi la causal de resolucion de pleno derecho; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 237º del entonces Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC (vigente al momento de producirse la causal de resolucion), establecia que los concesionarios tienen la obligacion de efectuar pagos mensuales a cuenta de la tasa anual, la cual sera liquidada en MORDAZA del ano siguiente, debiendo ser abonada la cuota de regularizacion correspondiente. En ese sentido, en tanto el pago de la tasa anual puede ser regularizado hasta MORDAZA del ano siguiente, el incumplimiento de la obligacion se configura desde el dia siguiente, esto es, desde el 01 de mayo; Que, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones de acuerdo a los terminos de su Informe No.519-2009-MTC/27, concluye que la empresa H & C TV S.A., al no haber cumplido con realizar el pago de la tasa por explotacion comercial del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable correspondiente a los anos 2003 y 2004, ha incurrido en causal de resolucion de pleno derecho del contrato de concesion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 670-97-MTC/15.03, en lo que respecta a la MORDAZA de Barranca, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, transferido mediante Resolucion Viceministerial Nº 353-2000-MTC/15.03; por tanto, corresponde declarar improcedente la solicitud de resolucion contractual registrada con P/D Nº 047750 de fecha 06 de MORDAZA de 2008, en razon que la transferencia de concesion quedo resuelta de pleno derecho el 01 de MORDAZA de 2005, esto es, con anterioridad a la fecha de MORDAZA de la solicitud; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria; por el entonces Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC (hoy Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC); el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho al 01 de MORDAZA de 2005 el contrato de concesion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 670-97MTC/15.03, en lo que respecta a la transferencia parcial aprobada mediante Resolucion Viceministerial Nº 3532000-MTC/15.03, a favor de la empresa H & C TV S.A. para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el area que comprende la MORDAZA de Barranca, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, y en consecuencia dejar sin efecto la citada resolucion viceministerial; y, asimismo, declarar improcedente la solicitud presentada con registro P/D Nº 047750. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 549756-1

Reclasifican rutas solicitadas por la Municipalidad Distrital de Cairani, la Municipalidad Provincial de Candarave y el Gobierno Regional de Tacna
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 439-2010-MTC/02 MORDAZA, 28 de septiembre de 2010

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