Norma Legal Oficial del día 30 de Septiembre del año 2010 (30/09/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

426674

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de setiembre de 2010

la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Permiso de Operacion sobre Otras Actividades Aeronauticas ­ Aerodeportivo con Ultraligeros de acuerdo al inciso d) del Articulo 167º de la Ley de Aeronautica Civil, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: Otras Actividades Aeronauticas - Aerodeportivo con Ultraligeros, segun el inciso d) del Articulo 167º de la Ley 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - MXP-1000 Tayrona ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS - Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA, Tacna. BASE DE OPERACIONES: - MORDAZA SUB-BASE DE OPERACIONES: - Ica - MORDAZA Articulo 2º.- El Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 3º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion. Articulo 4°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 5º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 6º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley N° 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 540000-1

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Delimitan areas territoriales intangibles correspondientes a los Establecimientos Penitenciarios de MORDAZA y Tumbes de la Oficina Regional Norte Chiclayo
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 711-2010-INPE/P MORDAZA, 15 de setiembre de 2010 VISTO, el Oficio Nº 470-2010-INPE/17 de fecha 09 de setiembre de 2010, de la Oficina Regional Norte Chiclayo, relativo a la delimitacion del area territorial intangible correspondiente al Establecimiento Penitenciario de MORDAZA de su jurisdiccion; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 15-94-JUS se declaro como MORDAZA Reservada las areas donde funcionan los Establecimientos Penitenciarios y sus Dependencias conexas y, mediante Decreto Supremo Nº 002-99-JUS se modifico el articulo MORDAZA del citado dispositivo legal, a fin de comprender un area territorial intangible paralela al limite del terreno donde se encuentran ubicados los Establecimientos Penitenciarios, en una extension de doscientos (200) metros a su alrededor, con prohibicion expresa de construir viviendas u otro MORDAZA de edificaciones dentro de ese perimetro; Que, mediante Oficio Nº 470-2010-INPE/17 de fecha 09 de setiembre de 2010, la Oficina Regional Norte Chiclayo del INPE, senala que personas estarian construyendo viviendas dentro del perimetro del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA, asi como una carretera ubicada aproximadamente a 50 mts. de distancia, por lo que en salvaguarda de los intereses de la institucion solicita que se declare dicho recinto penitenciario dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94-JUS y su modificatoria Decreto Supremo Nº 002-99-JUS; Que, resulta pertinente senalar que el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA de la Oficina Regional Norte Chiclayo alberga internos de MORDAZA peligrosidad, procesados y sentenciados por los delitos de Homicidio, Robo Agravado, Trafico Ilicito de Drogas y otros que revisten gravedad y que estan considerados en los referidos Decretos Supremos; por lo que corresponde emitir el acto administrativo por el que se declare como MORDAZA Reservada a dicho centro penitenciario, a fin de evitar fugas masivas mediante la modalidad de construccion de tuneles hacia zonas adyacentes, asi como para optimizar las condiciones de seguridad que garanticen el normal desarrollo del regimen penitenciario; Contando con la visacion de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 654, Decretos Supremos Nº 15-94-JUS y Nº 002-99-JUS, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y Resolucion Suprema Nº 005-2010-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar al Establecimiento Penitenciario de MORDAZA de la Oficina Regional Norte Chiclayo, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94JUS y su modificatoria por el Decreto Supremo Nº 00299-JUS, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Comprender un area territorial intangible paralela al limite del terreno del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA de la Oficina Regional Norte Chiclayo, en una extension de doscientos (200) metros a su

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.