Norma Legal Oficial del día 30 de Septiembre del año 2010 (30/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

426709

Que, conforme lo dispuesto en el articulo 183º de la Constitucion Politica del Estado es competencia funcional del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que, el articulo 98 del Decreto Supremo Nº 015-98PCM, Reglamento de Inscripciones del RENIEC, senala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que, en el MORDAZA de la politica social que ejecuta el RENIEC, desde el ano 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtencion del DNI, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situacion de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indigenas, las personas con discapacidad, las ninas, los ninos y adolescentes, entre otros; Que, en ese sentido, mediante Resolucion Jefatural Nº 910-2009/JNAC/RENIEC (30DIC2009), se aprobo la MORDAZA para la obtencion y expedicion del DNI, en todo MORDAZA de tramites, para las personas adultas mayores a partir de los ochenta (80) anos de edad en forma gratuita, hasta el 31DIC2010; Que, la citada Resolucion establece tambien que los tramites indicados en dicho documento se podrian efectuar en el domicilio del ciudadano en los distritos de MORDAZA Metropolitana y Callao. La solicitud del servicio se efectuaria en forma telefonica por los interesados o sus familiares, quienes se comunicaran a la linea gratuita 0800-11040 de la Gerencia de Imagen Institucional o al numero telefonico 2237921 del Servicio de Atenciones Especiales de la Gerencia de Operaciones Registrales; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 059-2010 (27AGO2010), se dictaron las medidas economicas y financieras de caracter urgente, con el fin de crear el Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el adulto mayor "Gratitud", cuyo objeto es transferir, de manera directa, subvenciones economicas a los adultos en condicion de extrema pobreza a partir de los setenta y cinco (75) anos de edad. Precisandose en la MORDAZA que los beneficiarios deberan ser acreditados con su Documento Nacional de Identidad (DNI); Que, en virtud a ello, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante los documentos del visto, concluye que debe adecuarse la Resolucion Jefatural Nº 910-2009/ JNAC/RENIEC (30DIC2009), a efectos que el beneficio de gratuidad para todo MORDAZA de tramites, para la obtencion del DNI para personas adultas mayores a partir de los setenta y cinco (75) anos hasta el 31DIC2010; Que, se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolucion Jefatural a los ciudadanos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 6502010-JNAC/RENIEC (20JUL2010) y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Articulo Primero de la Resolucion Jefatural Nº 910-2009/JNAC/RENIEC (30DIC2009); el cual quedara redactado en los siguientes terminos: "Articulo Primero.- Aprobar la MORDAZA para la obtencion y expedicion del DNI, en todo MORDAZA de tramites, para las personas adultas mayores a partir de los setenta y cinco (75) anos en forma gratuita, desde la expedicion de la presente Resolucion hasta el 31DIC2010, con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados". Articulo Segundo.- Mantener vigente las disposiciones de los articulos MORDAZA y tercero de la Resolucion Jefatural Nº 910-2009/JNAC/RENIEC (30DIC2009). Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 550260-1

Cambian denominacion de la Agencia Huancavelica por Oficina Registral Huancavelica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 852 -2010/JNAC/RENIEC MORDAZA, 28 de setiembre del 2010 VISTO: El Oficio Nº 003984-2010/GOR/RENIEC (27SET2010) e Informe Nº 000244-2010/GOR/RENIEC (23SET2010), de la Gerencia de Operaciones Registrales; y el Informe Nº 001603-2010/GAJ/RENIEC (27SET2010), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497 establece que la Jefatura Nacional del RENIEC queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integracion de las Oficinas del Registro del Estado Civil, pudiendo como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme lo refiere la Octava Disposicion Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; Que, en cumplimiento de dicho mandato legal, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC ha venido emitiendo diversas resoluciones jefaturales por las cuales se han incorporado progresivamente las oficinas registrales de diversas municipalidades, para lo cual resulta necesario adoptar las acciones administrativas pertinentes a efectos que la gestion administrativa de los procedimientos registrales se efectue conforme a ley; Que, los articulos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, senalan que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion, supresion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion, y otros; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 832-2010/ JNAC/RENIEC (23SET2010), se dispone revocar las facultades registrales e incorporar el acervo documentario de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Huancavelica al RENIEC, la cual sera efectiva a partir del 30SET2010; Que, en virtud a ello, segun manifiesta la Gerencia de Operaciones Registrales, mediante los documentos del visto, debido a la ampliacion de los servicios registrales se hace necesario el cambio de denominacion de la Agencia Huancavelica por Oficina Registral Huancavelica, la misma que se encuentra ubicada en Avenida MORDAZA de MORDAZA Nº 161 del distrito, provincia y departamento de Huancavelica; Que, resulta necesario se haga de conocimiento de la ciudadania lo dispuesto en la presente resolucion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado con Decreto Supremo Nº 015-98PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 6502010/JNAC/RENIEC (20JUL2010); y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Cambiese la denominacion de Agencia Huancavelica por Oficina Registral Huancavelica, la misma que se encuentra ubicada en Avenida MORDAZA de MORDAZA Nº 161 del distrito, provincia y departamento de Huancavelica, teniendo como fecha de inicio de funciones

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